Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 2004 (22/07/2004)


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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, jueves 22 de MORDAZA de 2004

independientes, condiciones que se verifican en el Contrato de Prestamo Nº 1461/OC-PE; Que, el articulo 6º inciso c) del Reglamento para la Designacion de Sociedades de Auditoria, aprobado por Resolucion de Contraloria Nº 140-2003-CG, establece que tratandose de prestamos y/o donaciones efectuadas por organismos internacionales, la solicitud de designacion puede extenderse hasta todo el periodo del financiamiento, siempre que ello sea exigible por el convenio internacional respectivo y/o en las normas del organismo internacional que corresponda; Que, asimismo el articulo 49º del citado Reglamento senala que, cuando las disposiciones de un convenio y/o las normas del organismo internacional establecen un procedimiento especifico para la designacion de una sociedad, la Contraloria General autoriza a la entidad el MORDAZA de seleccion correspondiente; Que, en ese sentido, mediante el documento de visto, se concluye y recomienda que por las razones expuestas, debe autorizarse al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento la conduccion del MORDAZA de seleccion para la contratacion de una sociedad de auditoria que efectue el examen a los estados financieros del Programa de Apoyo al Sector Habitacional - Primera Fase (Contrato de Prestamo Nº 1461/OC-PE) de los ejercicios 2004, 2005 y 2006; En uso de las atribuciones conferidas por los articulos 22º y 32º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, y de conformidad con lo establecido en el articulo 49º del Reglamento para la Designacion de Sociedades de Auditoria; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento la realizacion del MORDAZA de seleccion para la contratacion de una sociedad de auditoria que realice el examen a los estados financieros del Programa de Apoyo al Sector Habitacional - Primera Fase (Contrato de Prestamo Nº 1461/OC-PE) de los ejercicios 2004, 2005 y 2006. Articulo Segundo.- La sociedad de auditoria designada, debera encontrarse inscrita y habil en el Registro de Sociedades de la Contraloria General de la Republica. El Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento informara a la Contraloria General sobre la ejecucion y resultados del MORDAZA de seleccion. Articulo Tercero.- La Sociedad de Auditoria designada y el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento se sujetan a lo dispuesto en el Contrato de Prestamo Nº 1461/OC-PE; y demas disposiciones contenidas en el Reglamento para la Designacion de Sociedades de Auditoria aprobado por Resolucion de Contraloria Nº 140-2003-CG, en lo que resulta aplicable. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Sociedades de Auditoria la supervision de lo autorizado en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 13530

Que, en cumplimiento del Plan Anual de Control del ano 2003 y al mandato legal establecido en el literal a) del articulo 82º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, la Contraloria General de la Republica efectuo un examen especial en el Consejo Transitorio de Administracion Regional MORDAZA, orientado a evaluar el cumplimiento del Convenio Nº 076-2002-CTAR/P suscrito entre la citada entidad; la Direccion Regional de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; y, la Municipalidad Provincial de Condesuyos, para la ejecucion de la obra "Asfaltado de la Carretera Aplao Chuquibamba, Tramo Huario Pacaychacra"; Que, de la revision selectiva de la documentacion sustentatoria de los gastos relacionados con la ejecucion de la citada obra, en la cual se realizo una inversion ascendente a S/. 746,139.45, la Comision Auditora ha determinado que se han efectuado gastos en exceso al haber empleado una mayor cantidad de mano de obra, combustible, asi como gastos generales que no resultaban necesarios para la obtencion de la meta fisica alcanzada en el asfaltado de la carretera por un monto de S/. 92 496,02 (noventa y dos mil cuatrocientos noventa y seis y 02/100 nuevos soles), debiendo indicar que la obra quedo inconclusa, no habiendose ejecutado la construccion de las obras de arte (cunetas) contempladas en el expediente tecnico y en el convenio suscrito, las cuales son indispensables para garantizar la MORDAZA util de la misma, causando un perjuicio economico a la entidad el cual debe ser resarcido con arreglo a lo dispuesto en el articulo 1321º del Codigo Civil; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del articulo 22º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, Ley Nº 27785, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que, en la ejecucion directa de una accion de control, se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo en tal sentido, autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; De conformidad con el inciso d) del articulo 22º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, Ley Nº 27785, y los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 13640

Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de ocasionar perjuicio economico al ex CTAR MORDAZA
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 302-2004-CG MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2004 VISTO, el Informe Especial Nº 127-2004-CG/ZN, resultante del Examen Especial practicado en el Consejo Transitorio de Administracion Regional Arequipa; la Direccion Regional de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; y, la Municipalidad Provincial de Condesuyos, periodo enero a diciembre de 2002, considerando operaciones relacionadas con el Convenio suscrito entre dichas entidades por el periodo MORDAZA citado;

ONPE
Aprueban diseno de cedula de sufragio a utilizarse en la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2004
OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES RESOLUCION JEFATURAL Nº 154-2004-J/ONPE MORDAZA, 20 de MORDAZA del 2004

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