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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JULIO DEL AÑO 2004 (22/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 45

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G32/G39/G36/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 22 de julio de 2004 do por la Unidad de Logística del Hospital Santa Rosa, seña- la lo siguiente: a) Que el día 4 de abril de 2004, se convocó alConcurso Público Nº 0002-2004-HSR referido a la contratacióndel servicio de Aseo y Limpieza del Hospital Santa Rosa,señalando que el día 1 de julio de 2004 el Consejo Superiorde Contrataciones y Adquisiciones del Estado -CONSUCO- DE, puso en conocimiento que el postor “Consorcio Grupo Gerencial Asesoría y Servicios Integrales y Daryza S.R.L”había interpuesto recurso de Revisión contra el otorgamientode la buena pro de dicho proceso de selección, b) Que eltiempo para resolver el recurso de Revisión antes indicado,comprometería la continuidad del servicio de Aseo y Limpie- za del Hospital, el que se encuentra cubierto hasta las 07 horas del día 12 de julio de 2004. c) Que para determinar elplazo de la exoneración por situación de urgencia, no resultaposible aplicar los plazos contenidos en el artículo 178º delReglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, dado que el tiempo que demora la tramitación de un recurso de Revisión ante CONSUCODE desde su presentación has-ta la emisión de la resolución correspondiente, es aproxima-damente sesenta días, teniendo en consideración que el Tribu-nal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado sólo cuen-ta en la actualidad con una sala única, de conformidad a lo dispuesto en la Resolución Nº 128/2004-CONSUCODE/PRE del 3.3.04, siendo el plazo promedio para resolver el solicita-do por el Hospital Santa Rosa, como se puede constatar en lapágina Web del CONSUCODE respecto a las ultimasresoluciones emitidas por el Tribunal de Contrataciones yAdquisiciones del Estado; Que el valor referencial diario de la contratación objeto de exoneración es S/. 1 133.33 (Mil ciento treinta y trescon 33/100 Nuevos Soles) hasta el 9 de setiembre de 2004,de acuerdo a lo indicado en el Informe Técnico Nº 023-2004-SA-HSR-JUL; Que la Oficina de Planeamiento Estratégico del Hospi- tal Santa Rosa, a través del Memorándum Nº 132-2004- SA-DS-HGSR-OPE, señala que se cuenta con la disponi-bilidad presupuestal para el proceso de exoneración delservicio de Aseo y Limpieza por el período de 02 meses enla fuente de financiamiento Recursos Ordinarios y Recur-sos Directamente Recaudados; Que la Unidad de Epidemiología y Salud Ambiental del Hospital, a través del Memo Nº 215-04-SA-DS-HSR-UE,señala sobre la necesidad de contar con el servicio de Aseoy Limpieza, por constituir este, uno de los pilares para pre-venir focos de infección y transmisión de infecciones y quesu ausencia comprometería en forma directa la atención en salud y conllevaría al Hospital a una declaración de emergencia por precariedad sanitaria, necesitando contarpara garantizar la continuidad del servicio, con un mínimode 45 operarios a turno de 8 horas cada uno; Que el servicio de Aseo y Limpieza está considerado en listado de “Servicios Críticos” del Ministerio de Salud, de conformidad a la Resolución Ministerial Nº 099-2004/ MINSA emitida el 31 de enero de 2004 y a lo establecidoen el último párrafo del artículo 16º del Reglamento de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado al esta-blecer que “los bienes y servicios de naturaleza crítica sonaquellos con los que las Entidades Prestadoras de Salud deben contar en forma permanente para asegurar la conti- nuidad de sus actividades operativas”; Estando a lo informado por la Oficina General de Aseso- ría Jurídica mediante Informe Nº 799-2004-OGAJ/MINSA; y, De conformidad con el T.U.O de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y a lo establecido enel literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Minis-terio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar, por situación de urgencia, del proceso de Adjudicación Directa Selectiva la contratacióndel servicio de “Aseo y Limpieza” del Hospital Santa Rosa,por el período comprendido desde la fecha de emisión dela presente resolución hasta el 9 de setiembre de 2004 por un valor referencial diario de S/. 1 133.33 (Mil ciento treinta y tres y 33/100 Nuevos Soles). Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente re- solución en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los 10días hábiles de su emisión, así como la remisión de una copia a la Contraloría General de la República de los docu-mentos que la sustentan, dentro de los 10 días calendariosiguientes a la fecha de aprobación. Artículo 3º.- Disponer que la Oficina de Logística del Hospital Santa Rosa se encargue de realizar la contrata- ción exonerada por la presente resolución con cargo a la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios y Recur-sos Directamente Recaudados, conforme a lo dispuestoen el artículo 105º del Reglamento de la Ley de Contrata-ciones y Adquisiciones del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese. PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 13569 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G43/G69/G72/G63/G75/G6C/G61/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G41/GE9/G72/G65/G61/G20/G61/G20/G41/G72/G67/G65/G6E/G74/G69/G6E/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72 /G65/G6E/G20/G72/G65/G75/G6E/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G45/G73/G74/G61/G64/G6F/G73/G20/G50/G61/G72/G74/G65/G20/G64/G65/G6C /G41/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G20 /G73/G6F/G62/G72/G65/G20 /G53/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20 /G41/GE9/G72/G65/G6F/G73/G53/G75/G62/G72/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G46/G6F/G72/G74/G61/G6C/G65/G7A/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 532-2004-MTC/02 Lima, 13 de julio de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, enconcordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios públicos delos Ministerios, entre otras entidades, la autorización deviaje se otorgará por Resolución Ministerial del Sector quecorresponda, la cual será publicada en el Diario Oficial ElPeruano con anterioridad al viaje, con excepción de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercidapor la Dirección General de Aeronáutica Civil como depen-dencia especializada del Ministerio de Transportes y Co-municaciones; Que, mediante Nota S.S.T.A. Nº 1015, de f echa 7 de junio del año en curso, remitido por la Subsecretaría deTransporte Aerocomercial del Ministerio de PlanificaciónFederal, Inversión Pública y Servicios de Buenos Aires,República de Argentina, ha convocado a las Autoridadesde Aeronáutica Civil de los Estados Parte del Acuerdo so- bre Servicios Aéreos Subregionales de Fortaleza, a la Pri- mera Reunión Anual de su Consejo de Autoridades, deconformidad con lo establecido en el artículo 5º, Capítulo IIdel Reglamento de dicho Acuerdo, que se llevará a caboen la ciudad de Buenos Aires, República de Argentina, losdías 4 y 5 de agosto del presente año; Que, en el referido evento se abordarán, entre otros te- mas, el análisis de los problemas que impidieron la imple-mentación del Acuerdo de Fortaleza; la identificación delos temas de integración en los que sea posible lograr avan-ces conjuntos, atendiendo a la legislación de cada uno delos Estados Parte y la evaluación del proceso de integra- ción en Latinoamérica desde una óptica de largo plazo; Que, en consideración a las funciones asignadas a la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio deTransportes y Comunicaciones, de acuerdo con la Ley Nº27261 y atendiendo a la importancia de los temas mencio-nados en el considerando anterior, resulta necesario auto- rizar el viaje a la ciudad de Buenos Aires, República de Argentina, del señor Juan Carlos Pavic Moreno, Directorde Circulación Aérea de la Dirección General de Aeronáu-tica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones,