Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JULIO DEL AÑO 2004 (22/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 46

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G32/G39/G36/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 22 de julio de 2004 para que participe en el referido evento en representación del citado Ministerio; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nº 27791, Nº 27619 y Nº 28128 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Juan Carlos Pavic Moreno, Director de Circulación Aérea de la Direc-ción General de Aeronáutica Civil, a la ciudad de BuenosAires, República de Argentina, del 3 al 5 de agosto del 2004, para los fines a que se contrae la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que demande el viaje autori- zado precedentemente, será con cargo al presupuesto delMinisterio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdoal siguiente detalle: - Viáticos US$ 600.00 - T.U.U.A. US$ 28.24 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, dentro de losquince (15) días calendario siguientes de efectuado el via- je, el funcionario mencionado en el artículo 1º deberá pre- sentar un informe detallado al Despacho Ministerial, concopia a la Oficina General de Administración del Ministeriode Transportes y Comunicaciones, describiendo las accio-nes realizadas y los resultados obtenidos durante el viajeautorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no otor- ga derecho a exoneración o liberación de impuestos o de-rechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 13552 /G41/G63/G65/G70/G74/G61/G6E/G20/G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6D/G6F/G62/G69/G6C/G69/G61/G72/G69/G61/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G75/G61/G64/G61 /G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G49/G4E/G49/G43/G54/G45/G4C RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 537-2004-MTC/03 Lima, 14 de julio de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Contrato Programa Academia Regional Nº 52547 Versión 2.1, suscrito entre Cisco Systems Inc. yel Instituto Nacional de Investigación y Capacitación deTelecomunicaciones - INICTEL con fecha 4 de octubre de2002, se autorizó al INICTEL a desempeñarse como Acade-mia Regional del Programa Networking Academy de Cisco Systems Inc.; Que, en el literal A de la cláusula 3 del mencionado contrato, se establece como responsabilidad de Cisco Sys-tems Inc., la entrega a favor de la Academia Regional deuna donación de equipo de laboratorio por única vez, conel propósito de realizar los ejercicios de laboratorio esta- blecidos en el material del curso; Que, mediante fax de fecha 21 de octubre del 2003, la Unión Internacional de Telecomunicaciones - UIT, notificóel envío de equipos de laboratorio, efectuada por CiscoSystems Inc. en calidad de donación a favor de INICTEL,por un importe de US$ 7,230.45 (siete mil doscientos trein- ta y 45/100 dólares americanos); Que, con fecha 7 de noviembre del 2003, INICTEL co- munica a Cisco Systems Inc. la conformidad de recepciónde los equipos de laboratorio donados; Que, mediante Memorándum Nº 018-2004-MTC/INIC- TEL-DC de fecha 9 de febrero de 2004, la Dirección de Capacitación del INICTEL ha manifestado su conformidad técnica respecto de los equipos de laboratorio donados porCisco Systems Inc.; Que, con Informe Nº 01-2004-MTC/INICTEL-CGP, el Comité de Gestión Patrimonial de INICTEL, recomienda laaceptación de la donación de los bienes muebles efectua-da por Cisco Systems Inc. a favor del INICTEL; Que, en tal sentido, con Oficio Nº 097-2004-MTC/I- NICTEL-PE, el Presidente Ejecutivo de INICTEL solicitase expida la resolución correspondiente por la cual se for-malice la aceptación de la donación efectuada por CiscoSystems Inc.; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 172º del Reglamento General de Procedimientos Admi-nistrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobadopor Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, las donaciones pro-venientes del exterior, serán aceptadas mediante Resolu-ción Ministerial del Sector al que corresponda el destino de los bienes muebles, la misma que deberá especificar el valor de los bienes donados, por lo que, resulta necesarioaceptar la donación de los bienes que se detallan en elAnexo de la presente Resolución, efectuada por Cisco Sys-tems Inc. a favor del INICTEL; De conformidad con la Ley Nº 27791 y los Decretos Supremos Nºs. 154-2001-EF y 041-2002-MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la donación mobiliaria efec- tuada por Cisco Systems Inc. a favor del Instituto Nacional de Investigación y Capacitación de Telecomunicaciones -INICTEL, organismo público descentralizado del Subsec-tor Comunicaciones del Ministerio de Transportes yComunicaciones, de los bienes detallados en el Anexo ad-junto que forma parte integrante de la presente Resolu- ción, cuyo valor total asciende a US$ 7,230.45 (siete mil doscientos treinta y 45/100 dólares americanos). Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 13525 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G65/G72/G6F/G6E/GE1/G75/G74/G69/G63/G61/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G20/G61/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 541-2004-MTC/02 Lima, 14 de julio de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de via- jes al exterior de servidores y funcionarios públicos, enconcordancia con sus normas reglamentarias aprobadaspor Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorización deviaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivoSector, la que deberá ser publicada en el Diario Oficial ElPeruano con anterioridad al viaje, con excepción de lasautorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el inciso k) del artículo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal2004, dispone restringir al mínimo indispensable los viajesal exterior del país en comisión de servicios, establecien-do que, para el caso del Poder Ejecutivo, éstos serán apro-bados por resolución suprema refrendada por el Presiden- te del Consejo de Ministros y el Ministro del sector corres- pondiente, con excepción de los sectores de RelacionesExteriores, Comercio Exterior y Turismo, así como de laDirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio deTransportes y Comunicaciones, en cuyo caso se aproba-rán por resolución del Titular del Pliego correspondiente; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejer-cida por la Dirección General de Aeronáutica Civil comodependencia especializada del Ministerio de Transportes yComunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticos internacionales es- tablecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviación Civil ypoder mantener la calificación de Categoría - I otorgada al