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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JUNIO DEL AÑO 2004 (09/06/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 14

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G30/G30/G32/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 9 de junio de 2004 Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros ypor el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 10933 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G46/G41/G50/G20/G70/G61/G72/G61 /G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G58/G49/G56/G20/G52/G65/G75/G6E/G69/GF3/G6E/G20/G42/G69/G6C/G61/G74/G65/G72/G61/G6C/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G65/G6E/G74/G72/G65/G20/G43/G6F/G6D/G61/G6E/G64/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G65/G73 /G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G47/G75/G61/G72/G6E/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G41/GE9/G72/G65/G61/G73/G20/G46/G72/G6F/G6E/G74/G65/G72/G69/G7A/G61/G73 /G64/G65/G20/G43/G68/G69/G6C/G65/G20/G79/G20/G50/G65/G72/GFA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 673-2004-DE/FAP Lima, 4 de junio de 2004 Visto el Oficio II-200-AIN3-Nº 0942 del 22 de abril del 2004 del Comandante General del Ala Aérea Nº 3 de la Fuerza Aéreadel Perú, Papeleta de Trámite Nº 0357 EMPE del 10 de mayo del2004 del Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú y Papeleta de Trámite Nº 2085-SGFA del 13 de mayo del 2004 del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú; CONSIDERANDO:Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la República de Chile, del 7 al 11 de junio del 2004, del Perso-nal FAP que se indica en la parte resolutiva, con la finali-dad que participen en la XIV Reunión Bilateral Regionalentre los Comandantes Generales de las GuarnicionesAéreas Fronterizas de Chile y Perú, a realizarse en la ciu- dad de Iquique, por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en beneficio de la Seguridad Nacional, dentrodel ámbito de competencia de la Fuerza Aérea del Perú; Que, la mencionada reunión obedece a los acuerdos esta- blecidos en la 1ra. y 2da. Reunión de los Jefes de Estado Ma-yor General de las Fuerzas Aéreas de Chile y Perú, llevados a cabo en setiembre del 2002 y junio del 2003, respectivamente; Que, de acuerdo a coordinaciones realizadas con la institu- ción anfitriona, la participación del mencionado personal no irro-gará gasto al Tesoro Público, los mismos que serán sufraga-dos íntegramente por la Fuerza Aérea Chilena; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002, los viajes al extranjero que no ocasionen ningún tipo degasto al Estado, serán autorizados mediante Resolución delTitular del sector correspondiente; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27619 - Ley que regula los viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002 y la Ley Nº 28128- Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, a la República de Chile, del 7 al 11 de junio del 2004,al Personal FAP que se indica a continuación, con la finalidadque participen en la XIV Reunión Bilateral Regional entre losComandantes Generales de las Guarniciones Aéreas Fron- terizas de Chile y Perú, a realizarse en la ciudad de Iquique: Mayor General FAP MAYCOCK GUERRERO Lizandro Pablo Coronel FAP R ODRIGUEZ VALENZUELA Walter HéctorComandante FAP CHAPARRO PINTO Jorge Luis Comandante FA P COLINA ROJAS Ricardo Daniel Artículo 2º.- El Comandante General de la Fuerza Aé- rea queda facultado para variar la fecha de inicio y términode la autorización a que se refiere el artículo 1º, sin exce- der el total de días autorizados. Artículo 3º.- La participación del mencionado personal no irrogará gasto al Tesoro Público, los cuales serán sufra-gados íntegramente por la Fuerza Aérea Chilena. Artículo 4º.- La presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de nin- guna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 10802 ECONOMÍA Y FINANZAS /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G22/G4C/G69/G6E/G65/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G71/G75/G65/G20/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G6E/G20/G6C/G61 /G67/G65/G73/G74/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G6E/G65/G67/G6F/G63/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G65/G6E/G64/G65/G75/G64/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G65/G78/G74/G65/G72/G6E/G6F/G20/G61/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G73/G20/G6D/G61/G79/G6F/G2D/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G75/G6E/G20/G61/GF1/G6F/G22 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 310-2004-EF/75 Lima, 8 de junio de 2004 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 035-2000-EF, se adoptaron medidas destinadas a regular el proceso de concertación deoperaciones de endeudamiento externo a plazos mayores deun año, para financiar proyectos del Sector Público; Que, el artículo 4º del indicado dispositivo legal estableció que por Resolución Ministerial de Economía y Finanzas, se dictarían las medidas reglamentarias que se requieran paraimplementar lo dispuesto en el aludido Decreto Supremo; Que, en dicho marco se dictó la Resolución Ministerial Nº 078-2000-EF/75, modificada por la Resolución Ministe-rial Nº 090-2003-EF/75, que aprobó los “Lineamientos que Regulan las Concertaciones de Endeudamiento Externo para Financiar Proyectos del Sector Público”, lineamientosque requieren ser actualizados; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supre- mo Nº 035-2000-EF y por el Decreto Legislativo Nº 183,modificado por el Decreto Legislativo Nº 325; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar los “LINEAMIENTOS QUE RE- GULAN LA GESTIÓN Y NEGOCIACIÓN DE OPE-RACIONES DE ENDEUDAMIENTO EXTERNO A PLAZOS MAYORES DE UN AÑO”, cuyo texto forma parte de la pre- sente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Derogar las Resoluciones Ministeriales Nºs. 078-2000-EF/75 y 090-2003-EF/75. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI G. Ministro de Economía y Finanzas LINEAMIENTOS QUE REGULAN LA GESTIÓN Y NEGOCIACIÓN DE OPERACIONES DE ENDEUDAMIENTO EXTERNO DE PLAZOS MAYORES A UN AÑO Artículo 1º.- Objetivo Establecer los lineamientos que regulen la gestión y negociación de operaciones de endeudamiento externo a plazos mayores de un (1) año, a ser acordadas o garan-tizadas por el Gobierno Nacional.