Norma Legal Oficial del día 09 de junio del año 2004 (09/06/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 9 de junio de 2004

neral de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Vistos, remitiendosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 10822

neral de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 10823 RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 252-2004-CG MORDAZA, 4 de junio de 2004 VISTO, el Informe Especial Nº 088-2004-CG/ZN, resultante del Examen Especial practicado en el Consejo Transitorio de Administracion Regional MORDAZA y la Municipalidad Distrital de Caylloma, periodo enero a diciembre de 2002, considerando operaciones relacionadas con el Convenio suscrito entre dichas entidades por el periodo MORDAZA citado; CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento del Plan Anual de Control del ano 2003 y al mandato legal establecido en el literal a) del articulo 82º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, la Contraloria General de la Republica efectuo un examen especial en el Consejo Transitorio de Administracion Regional MORDAZA, orientado a evaluar el cumplimiento del Convenio Nº 021-2002-CTAR/P suscrito entre la entidad MORDAZA citada y la Municipalidad Distrital de Caylloma, para la ejecucion de la obra "Construccion y Mejoramiento de la Carretera Caylloma Cayarani del km. 17+500 al km. 22+000"; Que, de la revision selectiva a la documentacion sustentatoria de los gastos relacionados con la ejecucion de la obra y rendidos por la Direccion Regional de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion en su calidad de ejecutor de la misma, la Comision Auditora ha determinado que se ha efectuado gastos en exceso al haberse adquirido una mayor cantidad de bienes y servicios, y empleado una mayor cantidad de mano de obra, que no resultaban necesarios para la obtencion de la meta fisica alcanzada en la construccion y mejoramiento de la carretera Caylloma Cayarani, por la suma de S/. 62 769,78 (sesenta y dos mil setecientos sesenta y nueve y 78/100 nuevos soles); hechos que constituyen la existencia de indicios razonables de perjuicio economico a la entidad, el cual debe ser resarcido con arreglo a lo dispuesto en el articulo 1321º del Codigo Civil; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del articulo 22º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo en tal sentido, autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; De conformidad con el literal d) del articulo 22º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, Ley Nº 27785, y los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos

Autorizan a procurador iniciar acciones legales por presunto perjuicio economico ocasionado al ex CTAR MORDAZA en la ejecucion de obras
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 251-2004-CG MORDAZA, 4 de junio de 2004 VISTO, el Informe Especial Nº 087-2004-CG/ZN, resultante del Examen Especial practicado en el Consejo Transitorio de Administracion Regional MORDAZA y la Municipalidad Distrital de Polobaya, periodo enero a diciembre de 2002, considerando operaciones relacionadas con el Convenio suscrito entre MORDAZA entidades por el periodo MORDAZA citado; CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento del Plan Anual de Control del ano 2003 y al mandato legal establecido en el literal a) del articulo 82º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, la Contraloria General de la Republica efectuo un examen especial en el Consejo Transitorio de Administracion Regional MORDAZA, orientado a evaluar el cumplimiento del Convenio Nº 006-2002-CTAR/P suscrito entre la citada entidad y la Municipalidad Distrital de Polobaya, para la ejecucion de la obra "Construccion MORDAZA Las Haciendas"; Que, de la revision selectiva de la documentacion sustentatoria correspondiente a los gastos relacionados con la ejecucion de la obra "Construccion MORDAZA Las Haciendas", de acuerdo al avance fisico reportado en el informe del ingeniero residente, la Comision Auditora ha determinado que existen gastos en exceso utilizados en la obra por la suma de S/.15 226,17 (quince mil doscientos veintiseis y 17/100 nuevos soles), por los conceptos de alquiler de MORDAZA y gastos de transporte de materiales, que no resultaban necesarios para la obtencion de la meta fisica alcanzada; hechos que constituyen la existencia de indicios razonables de perjuicio economico a la entidad, el cual debe ser resarcido con arreglo a lo dispuesto en el articulo 1321º del Codigo Civil; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del articulo 22º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que, en la ejecucion directa de una accion de control, se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo en tal sentido, autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; De conformidad con el inciso d) del articulo 22º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, Ley Nº 27785, y los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria Ge-

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