Norma Legal Oficial del día 09 de junio del año 2004 (09/06/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, miercoles 9 de junio de 2004 SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

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Articulo 1º.- Autorizar, a partir de la fecha de publicacion de la presente resolucion y hasta el 20 de MORDAZA de 2005, la salida temporal del MORDAZA de ciento veinte (120) piezas arqueologicas integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion, de propiedad del Museo Arqueologico MORDAZA Larco MORDAZA, detalladas en el anexo adjunto a la presente resolucion, a fin que conformen la exposicion denominada "Gold of the Incas. 3000 Years of Culture of the Ancient Peru - Masterworks from the Larco Museum Peru", que se llevara a cabo del 16 de MORDAZA de 2004 al 3 de MORDAZA de 2005 en la Sala de exposiciones de Volklinger-Hutte, Volklinger, Alemania. Articulo 2º.- El Instituto Nacional de Cultura adoptara las medidas mas adecuadas para verificar las caracteristicas, estado de conservacion y autenticidad de los bienes culturales a que se refiere la presente resolucion, durante su traslado, permanencia fuera del MORDAZA y retorno. Articulo 3º.- Designar como comisaria de la exposicion a la licenciada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien cumplira la labor de verificacion del estado de conservacion, embalajes, traslados, desembalajes, montaje, exhibicion, desmontaje y retorno de las ciento veinte (120) piezas arqueologicas MORDAZA referidas; debiendo informar sobre tales acciones a la Direccion de Museos y Gestion del Patrimonio Historico del Instituto Nacional de Cultura. Los gastos que ocasionen el viaje, estadia, alojamiento, viaticos, poliza de seguro de MORDAZA, impuestos de aeropuerto, movilidad local y visa de la comisaria designada seran integramente asumidos por la entidad organizadora de la exposicion. Articulo 4º.- Los gastos que se deriven del embalaje, fletes, seguros, traslados o cualquier otro egreso que se origine por la salida y retorno de los bienes culturales a que se refiere la presente resolucion seran integramente cubiertos por la entidad organizadora de la exposicion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA NADAL Ministro de Educacion 10934

las adendas, revisiones u otros que amplien la vigencia, modifiquen o anadan metas no contempladas originalmente; Que, en tal sentido, las partes suscriptoras han acordado modificar la clausula octava y los Anexos I y II del referido Convenio Especifico, por lo que resulta necesario aprobar la Adenda Nº 1 al Convenio en mencion; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, los Decretos Supremos Nº 051-96-ED y Nº 002-96-ED y la Resolucion Suprema Nº 001-2004-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la suscripcion de la Adenda Nº 01 del Convenio Especifico de Cooperacion Tecnica y Administracion de Recursos celebrado entre el Ministerio de Educacion y la Organizacion de Estados Iberoamericanos para la Educacion, la Ciencia y la Cultura - OEI, la misma que consta de cinco (5) clausulas y forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Autorizar al Viceministro de Gestion Pedagogica, para que en nombre y representacion del Ministerio de Educacion, suscriba la Adenda a que se refiere el articulo precedente. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Educacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA NADAL Ministro de Educacion 10935

ENERGIA Y MINAS
Ratifican Acuerdo de Suspension de Plazo para solicitar constitucion de derechos de servidumbre, a que se refiere contrato sobre la Concesion de Transporte de Liquidos de Gas Natural por Ductos de Camisea a la Costa
RESOLUCION SUPREMA Nº 035-2004-EM MORDAZA, 8 de junio de 2004 VISTO: El Acuerdo de Suspension de Plazo para solicitar la constitucion de derechos de servidumbre, suscrito entre Transportadora de Gas del Peru S.A. y el Estado, en el MORDAZA del Contrato BOOT de Concesion de Transporte de Liquidos de Gas Natural por Ductos de Camisea a la Costa; y, CONSIDERANDO: Que, Transportadora de Gas del Peru S.A. es titular de la Concesion de Transporte de Liquidos de Gas Natural por Ductos de Camisea a la Costa (la "Concesion"), en merito del referido contrato, aprobado mediante Resolucion Suprema Nº 102-2000EM, suscrito el 9 de diciembre del 2000 ("Fecha de Cierre"); Que, la Clausula 7.1.1 del Contrato BOOT de Concesion de Transporte de Liquidos de Gas Natural por Ductos de Camisea a la Costa (el "Contrato BOOT") establece que la Sociedad Concesionaria debera establecer las rutas de los ductos de las Obras Comprometidas y solicitar la constitucion de los correspondientes derechos de servidumbre dentro de los doce (12) meses siguientes a la Fecha de Cierre; Que, la Clausula 20.1 del Contrato BOOT dispone que los plazos previstos en el mismo seran suspendidos, entre otros, cuando medie acuerdo entre las Partes, para lo cual, el Concedente debera tomar en cuenta el posible perjuicio a las partes que suscriben los demas contratos mencionados en la Clausula 5.3.3 del referido contrato; Que, los plazos contemplados en la Clausula 7.1.1 y 13.0 del Contrato BOOT, tenian como fecha de vencimiento el 9 de diciembre del 2001. Sin embargo, la solicitud para la constitucion de los derechos de servidumbre estaba

Aprueban suscripcion de adenda del Convenio Especifico de Cooperacion Tecnica y Administracion de Recursos celebrado con la OEI
RESOLUCION SUPREMA Nº 033-2004-ED MORDAZA, 8 de junio de 2004 CONSIDERANDO: Que con fecha 2 de febrero de 2004, el Ministerio de Educacion y la Organizacion de Estados Iberoamericanos para la Educacion, la Ciencia y la Cultura - OEI suscribieron un Convenio Especifico de Cooperacion Tecnica y Administracion de Recursos; Que, de conformidad con lo dispuesto en la clausula decimo tercera del referido Convenio Especifico, toda enmienda al Convenio o a uno de sus Anexos requiere del acuerdo escrito por las partes, el mismo que tendra que formalizarse mediante la suscripcion de la Adenda correspondiente; Que, el numeral 18.1 del articulo 18º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, establece que los Convenios de Administracion de Recursos, Costos Compartidos u otras modalidades similares que las Entidades del Gobierno Nacional suscriban con organismos o instituciones internacionales para encargarles la administracion de sus recursos, deben aprobarse por Resolucion Suprema refrendada por el Ministro del Sector correspondiente, previo informe de la Oficina de Presupuesto y Planificacion o la que haga sus veces, en el que se demuestre las ventajas y beneficios de su concertacion asi como la disponibilidad de los recursos para su financiamiento. El procedimiento senalado se empleara tambien para el caso de

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