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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JUNIO DEL AÑO 2004 (09/06/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 27

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G30/G30/G33/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 9 de junio de 2004 Que, conforme a la carta S/N del 11.FEB.2004 y anexos adjuntos, el Órgano de Control Institucional de la citadaempresa comunicó que se había instalado la junta liquida-dora designada con Resolución Suprema Nº 005-2004-EFpublicada el 28.ENE.2004 para iniciar el proceso de liqui-dación de ETESUR S.A.; Que, mediante Carta Nº 005-2004/ETESUR-JL, ETE- SUR S.A. en liquidación solicita la ampliación de alcancede los servicios de auditoría de la sociedad de auditoríaCamac-Morales Sociedad Civil para realizar la auditoría del1 de enero al 6 de febrero del 2004 y balance inicial deliquidación, cuyo examen no fue contemplado en las bases del Concurso Público de Méritos Nº 06-2003-CG, para su presentación y aprobación por la Junta General de Accio-nistas; Que, el artículo 59º del Reglamento para la Designa- ción de Sociedades de Auditoría, aprobado por Resolu-ción de Contraloría Nº 140-2003-CG, señala que la Con- traloría General de la República puede autorizar la am- pliación del alcance de la auditoría materia de designa-ción, previa solicitud de la entidad sustentadadocumentalmente en compromisos institucionales inelu-dibles o circunstancias imprevisibles, verificados conposterioridad a la convocatoria del concurso público de méritos, para cuyo efecto emite la resolución corres- pondiente, estableciendo los términos y condiciones dedicha autorización; Que, en cumplimiento del procedimiento establecido en el referido Reglamento, ETESUR S.A. en liquidaciónpresentó la propuesta técnica y económica elaborada por la sociedad de auditoría Camac-Morales Sociedad Civil, compromiso de entrega de información, constancia dedisponibilidad presupuestal, y el comprobante de pagodel derecho de designación y/o supervisión; Que, el proceso de liquidación de ETESUR S.A. se inicia con posterioridad a la convocatoria del Concurso Público de Méritos Nº 06-2003-CG, conforme se eviden- cia con la Resolución Suprema Nº 005-2004-EF publica-da el 28.ENE.2004, por lo que la realización del examendel período comprendido entre 1 de enero al 6 de febre-ro del 2004 y balance inicial de liquidación constituye uncompromiso ineludible conforme lo establece el numeral 7.2.1 del Capítulo 7, de la Directiva de Gestión y Proce- so Presupuestario de las empresas bajo el ámbito deFONAFE aprobada por Acuerdo de Directorio Nº 001-2004/001-FONAFE y publicada el 14.ENE.2004 cuandoseñala que el liquidador al momento de asumir sus fun-ciones solicitará a la Contraloría General de la Repúbli- ca la designación de auditores externos para auditar el balance inicial; Que, en el documento de visto se señala que la solici- tud presentada por ETESUR S.A. en liquidación cumplecon los requisitos establecidos en el Reglamento para laDesignación de Sociedades de Auditoría y se encuentra dentro de los alcances del artículo 59º del referido Regla- mento, recomendando la ampliación del alcance de la au-ditoría solicitada; En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 22º y 32º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del SistemaNacional de Control y de la Contraloría General de la Re- pública, y el artículo 59º del Reglamento para la Designa- ción de Sociedades de Auditoría aprobado por Resoluciónde Contraloría Nº 140-2003-CG; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la ampliación del alcance de los servicios de auditoría de la sociedad de auditoríaCamac-Morales Sociedad Civil solicitada por ETESUR S.A.en liquidación, para el examen del período comprendido en-tre 1 de enero al 6 de febrero del 2004 y balance inicial deliquidación. Artículo Segundo.- ETESUR S.A. en liquidación de- berá suscribir con la sociedad de auditoría Camac-Mora-les Sociedad Civil el contrato para el examen señalado enel artículo precedente. Artículo Tercero.- ETESUR S.A. en liquidación se su- jeta a lo establecido en el Reglamento para la Designación de Sociedades de Auditoría, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 140-2003-CG.Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Socieda- des de Auditoría la supervisión de lo autorizado por la pre-sente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 10821 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G69/G6C/GED/G63/G69/G74/G6F/G20/G70/G65/G6E/G61/G6C/G20/G65/G6E/G20/G61/G67/G72/G61/G2D /G76/G69/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G4F/G4E/G41/G46/G55 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 250-2004-CG Lima, 4 de junio de 2004 VISTOS, el Informe Especial Nº 086-2004-CG/EA, re- sultante del Examen Especial practicado en el ConsejoNacional para la Autorización de Funcionamiento de Uni-versidades - CONAFU, órgano autónomo de la AsambleaNacional de Rectores - ANR, período 2000- 2002; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloría General de la República, en uso de sus facultades, dispuso la ejecución de un Examen Especial, en elConsejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, por el período 2000-2002; Que, en el contexto de lo actuado en el referido Examen Es- pecial, la Comisión de Auditoría ha determinado la existencia deirregularidades en el proceso de la suscripción y ejecución delConvenio de Cooperación Interinstitucional entre el CONAFU yuna Asociación, suscrito el 31.Jul.02, para la celebración de dos cursos talleres para Formación de Evaluadores, al haberse pres- cindido del marco legal vigente; Que, en dicho Convenio no se cautelaron los recursos del Estado, al contemplar beneficios económicos unilate-rales a favor de la Asociación en referencia, asumiéndoseen la práctica obligaciones que correspondían a la entidad privada, con el uso de recursos humanos y logísticos del CONAFU para la realización de los eventos, habiéndosedejado de percibir ingresos por alquiler del Auditorio y equi-pos de la Asamblea Nacional de Rectores por valor de US$2 360,00, al haberse cedido esos ambientes a CONAFU yno a la entidad privada, que recaudó los ingresos de los Talleres, constituyéndose estos hechos en indicios razo- nables del delito de colusión previsto en el artículo 384º delCódigo Penal, mediando concertación entre el funcionariopúblico con los intereses privados que eran invocados portercero que carecía de la representación legal de la Aso-ciación, así como defraudando al Estado; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del Art. 22º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Con-trol y de la Contraloría General de la República - Ley Nº27785, constituye atribución de este Organismo Superiorde Control, disponer el inicio de las acciones legales perti-nentes, en forma inmediata, por parte del Procurador Pú- blico, en los casos en que en la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño económico o presun-ción de ilícito penal, correspondiendo autorizar al Procura-dor Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contra-loría General de la República, el inicio de las acciones le-gales correspondientes contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Vistos; y, De conformidad con el artículo 22º inciso d) de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contra-loría General de la República, Ley Nº 27785, y los Decre-tos Leyes Nºs. 17537 y 17667; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Público encargado de los asuntos judiciales de la Contraloría Ge-