Norma Legal Oficial del día 09 de junio del año 2004 (09/06/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 9 de junio de 2004

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autoriza prorrogar contrato de arrendamiento de inmueble ubicado en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 307-2004-JEF/RENIEC MORDAZA, 4 de junio de 2004 VISTO: El Oficio Nº 960-2004-GAD/RENIEC de 4 de junio del 2004 de la Gerencia de Administracion y el Informe Nº 588-2004-GAJ/RENIEC del 4 de junio del 2004 emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26497, se crea el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, con arreglo a lo previsto en los articulos 177º y 183º de la Constitucion Politica del Peru, como un organismo MORDAZA con personeria juridica de Derecho Publico interno y con goce de atribuciones en materia registral, tecnica, administrativa, economica y financiera; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 306-2004-JEF/ RENIEC de 3 de junio del 2004, se aprueba la inclusion en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil para el ejercicio presupuestal 2004, del MORDAZA de seleccion denominado Adjudicacion Directa Selectiva para la Contratacion del Arrendamiento de Bien Inmueble para el Funcionamiento de la Jefatura Regional de Chimbote y la Agencia de MORDAZA, considerandose como fecha probable de convocatoria el mes de junio del ano en curso; Que, mediante Oficio Nº 283-2004-RENIEC/GO/ JR5CHIM de 11 de MORDAZA del 2004, la Jefatura Regional Chimbote solicita efectuar la prorroga, bajo las mismas condiciones, del contrato de alquiler del local donde funcionan la Jefatura Regional de Chimbote y la Agencia Santa; habiendo el propietario de dicho local manifestado, por carta de 26 de MORDAZA del 2004, su voluntad de ampliar, en las mismas condiciones, el referido contrato Que, en tal sentido, el monto anual a contratar asciende a la suma de US$ 14,400.00 (Catorce Mil Cuatrocientos y 00/100 Dolares Americanos), el cual corresponde a un MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva de conformidad con los margenes que a tal efecto establece la Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004; suma que cuenta con la respectiva cobertura presupuestal de conformidad con el Oficio Nº 608-2004-GPPRENIEC de 20 de MORDAZA del 2004 emitido por la Gerencia de Planificacion y Presupuesto al cual se anexa el Informe Nº 300-2004-GPP-SGP/RENIEC de la misma fecha; Que, de conformidad con lo establecido en el literal g) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado (TUO) de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen para prorrogar el plazo de contratos de arrendamiento de inmuebles ocupados por la Entidad, siempre y cuando la renta no se incremente en una tasa mayor al crecimiento del indice general de precios al por mayor, debiendo realizarse, en atencion a lo dispuesto en el primer parrafo del articulo 20º del referido Reglamento, mediante MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; Que, de conformidad con lo dispuesto en el MORDAZA parrafo, literal a) del articulo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dicha exoneracion se aprueba mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad, requiriendose obligatoriamente, a tal efecto, un informe tecnico legal previo, segun lo establecido en el tercer parrafo del mismo articulo; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y en uso de las facultades conferidas en el articulo

11º de la Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, y el articulo 11º inciso h) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Institucion; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Exonerar de MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva la prorroga del contrato de arrendamiento Nº S00034-2003-05-00-01 del local ubicado entre los jirones MORDAZA MORDAZA Nº 504 y MORDAZA Espinar Nº 401, distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA y departamento de Ancash. Articulo Segundo.- Autorizar a la Gerencia de Administracion la prorroga del contrato de arrendamiento a que se refiere el articulo anterior por el plazo de un (1) ano, por un monto total de US$ 14,400.00 (Catorce Mil Cuatrocientos y 00/100 Dolares Americanos), con cargo a la fuente de recursos directamente recaudados. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Administracion el cumplimiento de la presente resolucion asi como comunicar su contenido y sustento a la Contraloria General de la Republica; asimismo publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano en el plazo legal, y en la pagina web de la entidad en coordinacion con la Gerencia de Informatica y Estadistica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 10916

Designan representantes ante el Comite de Coordinacion Electoral correspondiente a las Elecciones Municipales Complementarias de MORDAZA y 4 regidores del Concejo Provincial de El Collao
RESOLUCION JEFATURAL Nº 322-2004-JEF/RENIEC MORDAZA, 7 de junio de 2004 VISTO, el Decreto Supremo Nº 040-2004-PCM, publicado el 29 de MORDAZA del 2004 en el Diario Oficial El Peruano y el Informe Nº 590-2004-GAJ/RENIEC de fecha 7 de junio del presente ano 2004, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica del RENIEC; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, es un organismo constitucionalmente MORDAZA, encargado de manera exclusiva y excluyente de las funciones de organizar y actualizar el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, asi como registrar los nacimientos, matrimonios, defunciones y los actos referidos a la capacidad y al estado civil; Que, a traves del documento del visto, el Presidente de la Republica ha convocado a Elecciones Municipales Complementarias del MORDAZA y cuatro (4) Regidores del Concejo Provincial de El Collao en el departamento de MORDAZA, para el MORDAZA 17 de octubre del presente ano; Que, el Comite de Coordinacion Electoral tiene como funcion coordinar las actividades operativas los requerimientos de los Organismos que conforman el Sistema Electoral y la instalacion de los locales donde operan en conjunto los Jurados Electorales Especiales y las Oficinas Descentralizadas de Procesos; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Articulo 76º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859 los organismos integrantes del Sistema Electoral, luego de efectuada la publicacion de la convocatoria a la consulta popular, deben designar a los miembros del Comite de Coordinacion Electoral; este debe estar conformado por personal tecnico altamente calificado; debiendo por tanto, proceder a de-

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