Norma Legal Oficial del día 17 de junio del año 2004 (17/06/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 17 de junio de 2004

Autorizan Acuerdo de Codigo Compartido suscrito entre Aero Continente S.A. y MORDAZA MORDAZA Airlines C.A., para prestar Servicio de Transporte Aereo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 077-2004-MTC/12
MORDAZA, 28 de MORDAZA del 2004 Vista, la solicitud de AERO CONTINENTE S.A., sobre la aprobacion de la operacion bajo la modalidad de Acuerdo de Codigo Compartido suscrito con MORDAZA MORDAZA AIRLINES C.A. para prestar el Servicio de Transporte Aereo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo; CONSIDERANDO: Que, con Solicitud de Registro Nº 2004-004215 del 10 de marzo de 2004, AERO CONTINENTE S.A. solicito la aprobacion de las operaciones bajo la modalidad de Acuerdo de Codigo Compartido suscrito con MORDAZA MORDAZA AIRLINES C.A., para operar el Servicio de Transporte Aereo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo; Que, la Autoridad Aeronautica de Venezuela ha autorizado el contrato de Acuerdo de Codigo Compartido entre AERO CONTINENTE S.A. y MORDAZA MORDAZA AIRLINES C.A., segun inscripcion en el Registro Aereo de la Republica Bolivariana de Venezuela; Que, AERO CONTINENTE S.A. cuenta con Permiso de Operacion otorgado mediante Resolucion Directoral Nº 2222003-MTC/12 del 12 de setiembre del 2003, para prestar Servicio de Transporte Aereo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo, entre otras rutas, MORDAZA - CARACAS Y VV., MORDAZA - BOGOTA - CARACAS Y VV., MORDAZA - MORDAZA Y VV., con siete (7) frecuencias semanales, cada una y; con Permiso de Vuelo para la ruta MORDAZA - MORDAZA Y VV. via puntos intermedios CARACAS Y/O MORDAZA MORDAZA, con cinco (5) frecuencias semanales; Que, MORDAZA MORDAZA AIRLINES C.A. esta designada por la Autoridad Aeronautica de Venezuela para operar servicios aereos regulares de transporte aereo de pasajeros, carga y correo a Espana; Que, MORDAZA MORDAZA AIRLINES S.A., Sucursal del Peru, cuenta con Permiso de Operacion otorgado mediante Resolucion Directoral Nº 067-2004-MTC/12 del 12 de MORDAZA del 2004, para prestar Servicio de Transporte Aereo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo, en la ruta CARACAS - MORDAZA - MORDAZA Y VV., con seis (6) frecuencias semanales; De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Aeronautica Civil del Peru, Ley Nº 27261; y, con la opinion favorable de las areas competentes de la Direccion General de Aeronautica Civil; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el Acuerdo de Codigo Compartido suscrito entre AERO CONTINENTE S.A. y MORDAZA MORDAZA AIRLINES C.A. para prestar el Servicio de Transporte Aereo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo, en las rutas MORDAZA - CARACAS Y VV., MORDAZA - BOGOTA - CARACAS Y VV., MORDAZA - MORDAZA Y VV.; CARACAS MORDAZA Y VV., GUAYAQUIL Y/O MORDAZA - CARACAS Y VV., con siete (7) frecuencias semanales; por el plazo de un (1) ano, contado desde el dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Segundo.- La autorizacion indicada en el Articulo Primero se sujetara a las siguientes condiciones: 1. La presente autorizacion comprende la comercializacion por parte de AERO CONTINENTE S.A., de las rutas CARACAS -MADRID Y VV., GUAYAQUIL Y/O MORDAZA - CARACAS Y VV. en los vuelos operados por MORDAZA MORDAZA AIRLINES C.A.; y la comercializacion por parte de MORDAZA MORDAZA AIRLINES C.A. de las rutas MORDAZA - CARACAS Y VV., MORDAZA - BOGOTA - CARACAS Y VV., MORDAZA MORDAZA Y VV., en los vuelos operados por AERO CONTINENTE S.A. 2. En la publicacion y comercializacion de los servicios materia del Acuerdo de Codigo Compartido que se autoriza, ambos transportadores deberan hacer mencion expre-

sa al publico usuario, que se trata de vuelos de codigo compartido de forma tal que no se induzca a error al consumidor, especialmente en cuanto a las caracteristicas del servicio, el precio y las condiciones de venta. Articulo Tercero.- MORDAZA empresas de transporte aereo se encuentran obligadas a presentar mensualmente a la Direccion General de Aeronautica Civil, los datos estadisticos e informes que correspondan a las operaciones de codigo compartido que se autorizan por la presente Resolucion. Articulo Cuarto.- La presente autorizacion queda sujeta a la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; asi como al cumplimiento estricto de todas las condiciones y requisitos establecidos en la presente Resolucion Directoral tanto por parte de AERO CONTINENTE S.A. como MORDAZA MORDAZA AIRLINES C.A., asi como a las demas disposiciones legales vigentes y directivas que dicte esta Direccion General. Articulo Quinto.- La presente autorizacion sera revocada, previa comunicacion a MORDAZA empresas transportadoras, cuando incumplan las obligaciones contenidas en la presente Resolucion Directoral; o renuncie, se suspenda, se revoquen o caduquen, las respectivas autorizaciones administrativas. Sin perjuicio de lo anterior, cualquier incumplimiento a la presente autorizacion, sera sancionado en la forma que establece el Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Ley de Aeronautica Civil. Articulo Sexto.- En la presente autorizacion, MORDAZA empresas responden indivisible y solidariamente frente a los pasajeros y carga transportados, sin perjuicio de las obligaciones establecidas en el respectivo contrato. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BENZAQUEN R. Director General de Aeronautica Civil 10650

Otorgan a Aviacion Reparacion y Transporte S.A.C. Aviaret S.A.C., Permiso de Operacion de Aviacion Comercial - Trabajo Aereo: Prospeccion y Carga Externa
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 080-2004-MTC/12
MORDAZA, 1 de junio del 2004 Vista la solicitud de AVIACION REPARACION Y TRANSPORTE S.A.C. - AVIARET S.A.C., sobre Permiso de Operacion de Aviacion Comercial - Trabajo Aereo: Prospeccion y Carga Externa. CONSIDERANDO: Que, segun los terminos del Memorandum Nº 03292004-MTC/12.AL emitido por la Asesora Legal de la Direccion General de Aeronautica Civil; Memorando Nº 11862004-MTC/12.04, emitido por la Direccion de Seguridad Aerea; se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; su Reglamento; y demas disposiciones legales vigentes; Que, la Administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, tomandolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicacion de los principios de celeridad y simplificacion administrativa, se considera pertinente precisar que las instalaciones de los aeropuertos, helipuertos y/o aerodromos privados podran ser utilizadas previa autorizacion de sus respectivos propietarios; Que, en aplicacion del articulo 9º, literal g) de la Ley Nº 27261, "la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender o revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva;

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