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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G30/G38/G33/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 17 de junio de 2004 no alcanzan al monto establecido para un proceso de selección o por haber considerado obras y adquisición debienes y servicios que no se ejecutarán; y omitido otrasque si se harán. CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 005-2004- MPD/A de fecha 21 de enero del ejercicio en curso, seaprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contratacionesde la Municipalidad Provincial El Dorado; Que, el Artículo 8º del Reglamento de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado medianteDecreto Supremo Nº 013-2001-PCM, dispone que las Lici-taciones Públicas, Concursos Públicos y Adquisiciones Di-rectas no contenidas en el Plan Anual deberán ser aproba-das por el Titular del Pliego o la máxima Autoridad Adminis-trativa de la entidad, según corresponda; Que, el reglamento de la Ley de Adquisiciones y Contra- taciones del Estado, Decreto Supremo Nº 013- 2001-PCM,en sus Artículos 5º, 6º, 7º, 8º y 9º, prevé lo relacionado a laFormulación, contenido, aprobación y modificación de PlanAnual de Adquisiciones y Contrataciones; Que según Resolución de Alcaldía Nº 26A-2004 de fecha 31-3-2004 se aprueba la modificación del Presu-puesto 2004 de la Municipalidad Provincial El Dorado; a finque se reflejen las operaciones que se viene ejecutandodentro del presente ejercicio presupuestal; en tal sentidoes necesario incluir y excluir los procesos de selección quecorrespondan según anexo que pasa a ser parte de lapresente; Que el Artículo 194º de la Constitución de 1993, reco- noce la autonomía política, económica y administrativa enlos asuntos de su competencia a la Municipalidad; y elloconcordante con el artículo II del Título Preliminar de la LeyNº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; Que el Alcalde cumple con su función Ejecutiva de Gobierno y mediante resoluciones resuelve los asuntosAdministrativos a su cargo y entre otros instrumentos laexpedición de Resoluciones de Alcaldía. Las cuales tienenrango de norma conforme lo establece la Constitución Po-lítica; concordante con los artículos 38º y 39º de la Ley Nº27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; De conformidad con el inciso 6) del artículo 20º y artícu- lo 43º de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidadesaprobó la siguiente: SE RESUELVE:Artículo Primero.- Modifíquese el Plan Anual de Ad- quisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Provin-cial El Dorado; para el Ejercicio Presupuestario 2004, acor-de a los procesos de selección que se detallan en elanexo adjunto que forman parte de la presente Resolu-ción. Artículo Segundo.- Encargar a la oficina de Abaste- cimiento a fin de comunicar al Consejo Superior de Consti-tuciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y PROM-PYME, la modificación del Plan Anual de Adquisiciones yContrataciones de la Municipalidad Provincial El Dorado,para el ejercicio Presupuestal 2004, dentro de los diez díashábiles siguiente a su aprobación. Regístrese, comuníquese y cúmplase.GENE A. MERA ALVARADO Alcalde 11303 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORROPÓN /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G75/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6D/G61/G6E/G6F/G20/G64/G65 /G6F/G62/G72/G61/G20/G79/G20/G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G65/G71/G75/G69/G70/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61 /G72/G65/G68/G61/G62/G69/G6C/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G6F/G7A/G6F/G20/G54/G75/G62/G75/G6C/G61/G72/G20/G4E/GFA/GF1/G65/G7A ACUERDO MUNICIPAL Nº 002-2004/MDM Morropón, 3 de junio de 2004VISTA: Las Sesiones de Concejo Extraordinarias de fechas 23 de marzo y 1 de junio de 2004; y, CONSIDERANDO:Que, sobre la base del Acuerdo de Concejo tomado en Sesión Extraordinaria de fecha 23 de marzo de 2004, seemitió la Resolución Municipal Nº 007-2004/MDM, de fecha31 de marzo de 2004, a través de la cual se resolvió Decla-rar la Urgencia de la Rehabilitación del Pozo Tubular Núñez,luego de haberse declarado desierto la Primera Convoca-toria del Proceso de Selección para la Contratación de losServicios de Mano de Obra y Adquisición de Equipos pararehabilitar el referido Pozo Tubular ya que de realizarse unaSegunda Convocatoria los beneficiarios del mismo se per-judicarían al haber instalado sus cultivos de arroz para lapresente Campaña, situación agravada por razonesclimatólogicas y sequía originándose la pérdida de los cul-tivos, así también el desempleo en mano de obra agrícola; Que, dando cumplimiento al Art. 20º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se pu-blicó la Resolución Municipal antes mencionada, así comose hizo de conocimiento al órgano rector, Consejo Superiorde Contrataciones y Adquisiciones del Estado, quien enforma oportuna ha emitido el Oficio Nº E-347-2004 (GTM/MON), de fecha 19 de mayo de 2004, mediante el cual daa conocer las omisiones advertidas que deben ser materiade corrección, entre ellas la emisión del Acuerdo Municipal,precisar el Tipo y la Descripción básica de los bienes yServicios, la Fuente de Financiamiento, el Valor Referencialy el Órgano encargado de realizar la contratación; Que, estando a lo expuesto, a las facultades conferi- das al Pleno del Concejo Municipal por el Art. 9º Inc. 35) dela Ley Orgánica de Municipalidades concordante con elArt. 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado y al Acuerdo de Concejo unánime, toma-do en Sesión Extraordinaria de fecha 1 de junio de 2004; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución Municipal Nº 007-2004/MDM, de fecha 31 de marzo de2004. Artículo Segundo.- DECLARAR LA URGENCIA de la "Contratación de los Servicios de Mano de Obra y Adquisi-ción de Equipos para la Rehabilitación del Pozo TubularNúñez", con un Valor Referencial ascendente a S/.15,851.29 (Quince Mil Ochocientos Cincuentiuno y 29/100Nuevos Soles); proceso que será ejecutado bajo el proce-dimiento de Menor Cuantía a tenor del Art. 20º del TUO dela Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo Tercero.- La "Contratación de los Servicios de Mano de Obra y Adquisición de equipos para la rehabilita-ción del Pozo Tubular Núñez" comprende además Contra-tación de maquinaria y equipos especializados, Pruebasde bombeo y verticalidad, Movilización de maquinaria yherramientas para la obra Desmontaje de equipo existen-te, Limpieza y recuperación de equipos, Aplicación de adi-tivos, Desarrollo del pozo, Rerotura del filtro existente, re-entubado, Tubería de filtro ranurado, Colocación de gravamarina de ¼" a ½" y Desmovilización de Maquinaria y equi-po. Artículo Cuarto.- La Contratación de los Servicios de Mano de Obra y Adquisición de Equipos para la Rehabilita-ción del Pozo Tubular Núñez, será cubierta con los recursosprovenientes de Canon, Sobrecanon y Fondo de Compen-sación Municipal. Artículo Quinto.- Encargar al Comité Especial de Me- nor Cuantía la Contratación de los Servicios de Mano deObra y Adquisición de Equipos necesarios para la Rehabi-litación del Pozo Tubular Núñez; el mismo que será nombra-do por Resolución de Alcaldía. Artículo Sexto.- Publíquese la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Séptimo.- Dése cuenta al Despacho de Alcal- día, Administración Presupuesto y Departamento Técnico,para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese, cúmplase y ar- chívese. CARLOS G. RAMOS ARAMBULO Alcalde 11366