TEXTO PAGINA: 57
/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G30/G38/G38/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 18 de junio de 2004 predio que influyan en la Determinación de las Obliga- ciones Tributarias. 2.- Pago del Impuesto Predial. Sólo sobre la dife- rencia del Impuesto declarado. 3.- Obtención de la Autorización Municipal de Funcionamiento de Establecimiento. 4.- Pago de la Tasa de la Licencia de Funcionamien- to de Establecimientos. 5.- Obtención de la Autorización Municipal de Anun- cios y Propagandas. 6.- Obtención y Regularización de la Licencia de Obra. 7.- Certificados de Numeración. Artículo Cuarto.- Los Contribuyentes sean Perso- nas Naturales o Jurídicas que se acojan a la presente Ordenanza, para el trámite de Autorización Municipal,deberán cumplir con los requisitos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA. Artículo Quinto.- Los Beneficios que se otorgarán por la presente Ordenanza son los siguientes: 1.- Durante la vigencia del Beneficio no se cobraran intereses, moras y reajustes por el pago de los con- ceptos referidos en el artículo tercero de la presenteordenanza. 2.- Durante la vigencia del beneficio se otorgara un descuento del 50% sobre el Valor Insoluto de las Mul-tas, devenidas por infracciones a los conceptos referi- dos en el artículo tercero de la presente ordenanza, si las cobranzas de las mismas se encuentren en Vía Or-dinaria. 3.- Durante la vigencia del beneficio se otorgara un descuento del 30% sobre el Valor Insoluto de las Mul-tas, devenidas por infracciones a los conceptos referi- dos en el artículo tercero de la presente ordenanza, si la cobranza de las mismas se encuentren en Vía Coac-tiva. Artículo Sexto.- La Subgerencia de Administración Tributaria esta facultada a conceder fraccionamiento para el pago de las deudas que se generen como conse-cuencia de la Validación y la Regularización Catastral. Artículo Séptimo.- Vencido el plazo señalado en el Informe Técnico de Regularización y de no haberse sub-sanado el cumplimiento y pago de deudas a la Munici- palidad, la Subgerencia de Administración Tributaria dentro del Programa de Fiscalización Tributaria que rea-lice, procederá a Determinar la Multas e Intereses Mo- ratorios por el íntegro que corresponda de acuerdo a las disposiciones legales vigentes. Artículo Octavo.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Administración de Recursos, Subgerencia de Administración Tributa-ria, Unidad de Catastro y la Unidad de Rentas. Regístrese, comuníquese y archívese.CARLOS SANDOVAL BLANCAS Alcalde 11470 MUNICIPALIDAD DEL CP DE SANTA MARÍA DE HUACHIPA /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G61/G73/G20/G6F/G72/G67/G61/G2D /G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G70/G6F/G6C/GED/G74/G69/G63/G61/G73/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G61/G6E/G20/G61/G20/G72/G65/G74/G69/G72/G61/G72 /G6F/G20/G62/G6F/G72/G72/G61/G72/G20/G70/G72/G6F/G70/G61/G67/G61/G6E/G64/G61/G20/G65/G6C/G65/G63/G74/G6F/G72/G61/G6C ORDENANZA Nº 025-MCPSMH C.P. de Santa María de Huachipa, 26 de mayo de 2004 EL CONCEJO DEL CENTRO POBLADO DE SANTA MARÍA DE HUACHIPA POR CUANTO:El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de fecha 7 de mayo del 2004;CONSIDERANDO: Que el día 25 de enero del presente año, se ha llevado a cabo la Consulta Popular para elegir a la nueva autoridad edil de este Centro Poblado, participando en esta contien- da electoral el Movimiento Democrático Huachipa, Solida-ridad Huachipa, Alianza Electoral Unidad Nacional, Movi- miento Independiente Todos por Huachipa y Movimiento Independiente Unidos por el Desarrollo Integral de Huachi-pa, los mismos que han realizado sus propagandas electorales en esta jurisdicción; Que el Art. 193º de la Ley Nº 26859 - Ley Orgánica de Elecciones señala que "Concluidos los comicios electo- rales, todos los partidos políticos, listas independientes y alianzas en un lapso de 60 (sesenta) días, proceden a reti-rar o borrar su propaganda electoral. En caso contrario se hacen acreedores a la multa que establezcan las autorida- des correspondientes"; Estando a lo dispuesto en el Art. 9º Inc. 8) de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades con el voto uná- nime de los señores Regidores, se emite la siguiente Or-denanza: Artículo 1º.- OTORGAR UN PLAZO DE 30 DÍAS, para que el Movimiento Democrático Huachipa, Solida- ridad Huachipa, Alianza Electoral Unidad Nacional, Mo- vimiento Independiente Todos por Huachipa y MovimientoIndependiente Unidos por el Desarrollo Integral de Hua- chipa, procedan a retirar o borrar su propaganda electo- ral. Artículo 2º.- En caso de incumplimiento se le impon- drá la multa prevista en el numeral 2.54 de la Ordenanza Nº 002-96 "Cuadro de Infracciones y Sanciones". Artículo 3º.- Facúltese al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas y disposiciones com- plementarias para la adecuada aplicación de esta Orde-nanza. Artículo 4º.- Encargar a Unidad de Servicios Sociales el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARÍA A. FONSECA ESPINOZA Alcaldesa 11429 MUNICIPALIDAD DE PACHACÁMAC /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G6E/G75/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G61/G63/G74/G6F/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G2D /G76/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G74/G65/G6E/G69/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G41/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G31/G34/G30/G2D/G32/G30/G30/G34/G2D/G4D/G44/G50/G2F/G41/G2C/G20/G71/G75/G65/G20/G61/G70/G72/G6F/G62/GF3/G20/G68/G61/G62/G69/G6C/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G75/G72/G62/G61/G2D/G6E/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G69/G6C/G65/G6E/G63/G69/G6F/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G70/G6F/G73/G69/G74/G69/G76/G6F RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 651-2004-MDP/A Pachacámac, 7 de junio de 2004 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACÁMAC VISTO:El Informe Legal Nº 495-2004-MDP-GAJ elaborado por la Gerencia de Asuntos Jurídicos; CONSIDERANDO: Que, en mérito a la evaluación efectuada por la Geren- cia de DURMA, ha observado una serie de irregularidades administrativas en el Expediente de Habilitación Urbana signado con Nº 2163-2003 promovido por el señor NivaldoOrtiz Talaverano; Que, se ha constatado que en el expediente técnico no está acreditado el Título de Dominio de la propiedadde los terrenos para la Habilitación Urbana de la Propie-