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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G30/G38/G38/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 18 de junio de 2004 GOBIERNO REGIONAL DE TACNA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G75/G61/G64/G61/G73/G20/G61/G6C /G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G2D /G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G54/G61/G63/G6E/G61 ORDENANZA REGIONAL Nº 011-2004-CR/GOB.REG.TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional de Tacna, en su Sesión Ordinaria de fecha 1 de junio del 2004, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 001-2003-GRTAC- NA, de fecha 23 de enero del 2003, se aprobó el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna; Que, resulta necesario aprobar las modificaciones al Re- glamento Interno del Consejo Regional de Tacna, propuesta por la Comisión Especial de Reglamentos, con el fin de optimi-zar el correcto funcionamiento del Consejo Regional; Que, conforme lo establece el inciso a) del Artículo 9º y el inciso c) del Artículo 10º de la Ley Nº 27867 y sus modi-ficatorias Ley Nº 27902 y Ley Nº 28013, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, concordante con los incisos a) y e) del Artículo 15º y el Artículo 38º del mismo cuerpo norma-tivo, es atribución del Consejo Regional aprobar y modifi- car su Reglamento Interno, y con el voto unánime de los miembros del Consejo Regional se aprueba la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- APROBAR las modificaciones efectuadas al Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, aprobado mediante Orde-nanza Regional Nº 001-2003-GRTACNA, cuyo texto adjun- to forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Quedan derogadas todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Disponer que la Dirección Regional de Administración efectúe la publicación de la presente Ordenanzaen el Diario Oficial El Peruano y la Oficina de Soporte Informático realice la publicación en el Portal Electrónico de la Región. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi- cial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regio- nal de Tacna para su promulgación. En Tacna, al 1 día del mes de junio del año dos mil cuatro. JULIO ANTONIO ALVA CENTURIÓN Presidente del Consejo Regional POR TANTO:Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Tac- na, al 1 día del mes de junio del año dos mil cuatro. JULIO ANTONIO ALVA CENTURIÓN Presidente del Gobierno Regional de Tacna 11466 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G2D/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G54/G61/G63/G6E/G61 ORDENANZA REGIONAL Nº 012-2004-CR/GOB.REG.TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional de Tacna, en su Sesión Ordinaria de fecha 1 de junio del 2004, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:CONSIDERANDO; Que, el tercer párrafo del inciso b) del Artículo 14º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales señala de manera expresa que “El Consejo Regional para el cumplimiento desus funciones fiscalizadoras y normativas, organiza su tra- bajo en Comisiones”; Que, el inciso c) del Artículo 16º de la Ley Nº 27867 precisa que “son derechos y obligaciones funcionales de los Conseje- ros Regionales la de integrar las comisiones ordinarias, inves- tigadoras o especiales”; y su Articulo 9º inciso a) que estipulacomo competencias constitucionales de los gobiernos regio- nales la de “aprobar su organización interna; Que, es necesario reglamentar el funcionamiento de las Comisiones Ordinarias, Investigadoras o Especiales para opti- mizar el trabajo de las Comisiones, por ello es imperioso apro- bar la propuesta de la Comisión Especial de Reglamentos queconsiste en un Reglamento de Comisiones del Consejo Regio- nal, que consta de siete capítulos (7) y treinta y cuatro (34) artículos; Que, en mérito a la Ley Nº 27867, modificada por la Ley Nº 27902 y Ley Nº 28013 - Ley Orgánica de Gobiernos Regiona- les, Art. 15º Inciso a) y Artículo 38º, y con el voto unánime delos miembros del Consejo Regional aprueba la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Comisiones del Consejo Regional del Gobierno Regionalde Tacna, que consta de siete capítulos (7) y treinta y cua- tro (34) artículos, cuyo texto anexo adjunto forma parte in- tegrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Disponer que la Dirección Regio- nal de Administración efectúe la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y la Oficina deSoporte Informático realice la publicación en el Portal Elec- trónico de la Región. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi- cial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regio- nal de Tacna para su promulgación. En Tacna, al 1 día del mes de junio del año dos mil cua- tro. JULIO ANTONIO ALVA CENTURION Presidente del Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla.Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Tac- na, al 1 día del mes de junio del año dos mil cuatro. JULIO ANTONIO ALVA CENTURION Presidente del Gobierno Regional de Tacna 11467 GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI /G53/G61/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G20/G63/G65/G73/G65/G20/G74/G65/G6D/G70/G6F/G72/G61/G6C/G20/G61/G20/G65/G78/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G2D /G64/G65/G6E/G74/G61/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G69/G76/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G65/G78/G20/G43/G54/G41/G52/G20/G55/G63/G61/G79/G61/G6C/G69 RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 0606-2004-GRU-P Pucallpa, 26 de mayo de 2004 VISTO: El Informe Nº 003-2004-GRU-P-CAHPAD; de fecha 25 de mayo de 2004 y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 0452- 2004-GRU-P, de fecha 28 de abril de 2004, se apertura