Norma Legal Oficial del día 18 de junio del año 2004 (18/06/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

MORDAZA, viernes 18 de junio de 2004

NORMAS LEGALES

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Que, efectivamente la entidad cometio una omision involuntaria al no precisar el MORDAZA y la descripcion basica de los bienes a adquirir; omision que debe ser integrada mediante resolucion pertinente; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion y Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales; SE RESUELVE: Articulo Primero.- INTEGRESE a la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 465-2004-GRU-P, de fecha 30.4.04, la precision respecto a que los alimentos para animales a adquirir, para el MORDAZA Natural de Pucallpa, son los siguientes: a) Carne para felino (2,300 Kg.), b) Pescado (1,100 Kg.), c) Frutas y Verduras: Aguaje (162.60 Kg.), camote (376 Kg.), cana (144.20 Kg.), maiz grano (342.6 Kg.), maiz molido (85.80 Kg.), mani (171 Kg.), pan del arbol (60.0 Kg.), pijuayo (256.80 Kg.), purina (171 Kg.), ungurahui (205.2 Kg.), zanahoria (300 Kg.), zapallo (111.60 Kg.), caimitos (856 Unid.), choclo (2574 Unid.), cocos (216 Unid.), granadilla (8574 Unid.), guabas (858 Unid.), lechuga (474 Unid.), melones (168 Unid.), palta (258 Unid.), papaya (1716 Unid.), MORDAZA (1716 Unid.), pinas (216 Unid.), pomarrosa (858 Unid.), repollo (474 Unid.), MORDAZA (138 Kg.), ubillas por racimos (174), zapote (2142 Unid.), d) Platano por racimos (240) y e) Yuca por sacas (36). Articulo Segundo.- La presente resolucion forma parte integrante de la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 4652004-GRU-P, de fecha 30.4.04. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente (e) 11403

periodo de la exoneracion de la prorroga del contrato de arrendamiento desde el 1.1.04 hasta el 31.12.04, siendo necesario que la entidad modifique parcialmente la resolucion precitada; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion y Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales; SE RESUELVE: Articulo Primero.- MODIFIQUESE parcialmente la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 0119-2004-GRU-P, de fecha 10.2.04, en lo referente al primer articulo, el mismo que quedara redactado de la siguiente forma: - Articulo Primero.- Exonerar del MORDAZA de seleccion correspondiente, a la prorroga del contrato de arrendamiento del inmueble constituido por la Oficina Nº 901, ubicada en el piso 9no. del edificio "Procolor" sito en la Av. MORDAZA Nº 810 de la MORDAZA de MORDAZA, con un area de 111.19 m2, lugar en donde funciona la Oficina de Coordinacion del Gobierno Regional de Ucayali, por el periodo comprendido a partir de la expedicion de la presente resolucion hasta el 31.12.04., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa. Articulo Segundo.- La presente resolucion forma parte integrante de la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 01192004-GRU-P, de fecha 10.2.04. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente (e) 11404

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BRENA
Aprueban creacion del Registro Municipal de Vigilantes Privados
ORDENANZA Nº 116-MDB Brena, 13 de MORDAZA de 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BRENA POR CUANTO: Visto en Sesion de Concejo de la fecha el Informe Nº 38-04-GSC-MDB, emitido por la Gerencia de Servicios a la MORDAZA, Informe Nº 493-2004-GAJ-MDB, de la Gerencia de Asuntos Juridicos y Dictamen de la Comision de Servicios a la Ciudad; CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad de Brena esta desarrollando una MORDAZA de fortalecimiento de los valores como la solidaridad y honradez, cuya carencia en la sociedad, conlleva a problemas politicos sociales de primer orden, como la criminalidad y la violencia en nuestro pais; Que, si bien es funcion de la Policia Nacional, luchar contra la criminalidad y la delincuencia, frente a la situacion de violencia que se vive actualmente en el MORDAZA, nos corresponde como gobierno local, aunar esfuerzos a efectos de crear un ambiente apropiado y de seguridad a los vecinos de nuestro distrito; Que, es necesario fortalecer el sistema de seguridad en nuestro distrito a traves de diversas acciones, una de las cuales es crear un registro Municipal de Vigilantes Privados, el mismo que nos permitira controlar y supervisar a las personas que brindan este servicio; Que, el inciso 10) del articulo 82º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, senala que las Municipalidades tienen como competencia y funciones especificas compartidas con el gobierno nacional y el regional, en fortalecer el

Modifican la Res. Nº 119-2004-GRU-P , que exonero de MORDAZA de seleccion la prorroga de contrato de arrendamiento de inmueble ubicado en la MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 0668-2004-G.R.UCAYALI-P. Pucallpa, 8 de junio de 2004 VISTOS: Oficio Nº E-346-2004-(GTN/MON), de fecha 19.5.04, Informe Tecnico Legal Nº 001-2004-GR.UcayaliP-GGR-GA-GAJ, de fecha 9.2.04, Resolucion Ejecutiva Regional Nº 0119-2004-GR.Ucayali-P, de fecha 10.2.04. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 01192004-GRU-P, de fecha 10.2.04, se resolvio exonerar del MORDAZA de seleccion correspondiente a la prorroga del contrato de arrendamiento del inmueble constituido por la Oficina Nº 901, ubicada en el piso Nº 09 del edificio "Procolor", sito en la Av. MORDAZA Nº 810 de la MORDAZA de MORDAZA, lugar en donde funciona la Oficina de Coordinacion del Gobierno Regional de Ucayali; Que, mediante Oficio Nº E-346-2004-(GTN/MON), de fecha 19.5.04, se pone en conocimiento de la entidad, que en la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 01192004-GR.Ucayali-P, se ha precisado que el periodo de exoneracion se encuentra comprendido entre el 1.1.04 y el 31.12.04, lo cual supone el incumplimiento de la normativa prevista en el MORDAZA parrafo del articulo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - D.S. Nº 013-2001-PCM, toda vez que el acto administrativo de aprobacion de exoneracion del MORDAZA de seleccion debe ser emitido con anterioridad a la celebracion de los contratos respectivos; Que, de la revision de la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 0119-2004-GRU-P, de fecha 10.2.04, se verifica que efectivamente se ha considerado equivocadamente como el

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