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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JUNIO DEL AÑO 2004 (18/06/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 41

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G30/G38/G37/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 18 de junio de 2004 /G43/G65/G73/G61/G6E/G20/G61/G20/G76/G6F/G63/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G72/G74/G65/G20/G53/G75/G70/G65/G72/G69/G6F/G72/G20/G64/G65 /G4A/G75/G73/G74/G69/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6E/G20/G4D/G61/G72/G74/GED/G6E/G20/G70/G6F/G72/G20/G6C/GED/G6D/G69/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G65/G64/G61/G64 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 124-2004-CE-PJ Lima 16 de junio del 2004 VISTO: El Informe Nº 012-2004-GPEJ-GG/PJ remitido por la Gerencia de Personal y Escalafón Judicial de la Gerencia General del Poder Judicial con relación al cese por límite de edad del señor RAFAEL VILLACORTA VELA, Vocal Ti-tular de la Corte Superior de Justicia de San Martín; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 245º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que el cargo de Magistrado termina: 1) Por muerte; 2) Por cesantía o jubi- lación; 3) Por renuncia desde que es aceptada; 4) Por des-titución dictada en el correspondiente procedimiento; 5) Por separación de cargo; 6) Por incurrir en incompatibilidad, y 7) Por inhabilitación física o mental comprobada; Que, la Ley Nº 27367, de fecha 4 de noviembre del 2000, que desactivó las Comisiones Ejecutivas del Poder Judicial y del Mi- nisterio Público y establece el Consejo Transitorio del Poder Judi-cial y el Consejo Transitorio del Ministerio Público, en su Segunda Disposición Final prescribe que los Vocales Supremos y Fiscales Supremos cesan definitivamente al cumplir los setenta años, pre-cisando que dicha disposición se aplicará a los Magistrados que ingresen al Poder Judicial y al Ministerio Público con posteriori- dad a la entrada en vigencia de dicha Ley; Que, por consiguiente resulta claro que lo dispuesto en la Ley Nº 27367 sólo es de aplicación al caso de los Voca- les Supremos y Fiscales Supremos, por lo que el cese delos Magistrados de menor jerarquía comprendidos en la carrera judicial es al cumplir 70 años de edad; Que, al respecto, el Informe Nº 012-2004-GEPJ-GG-PJ, remitido por la Gerencia de Personal y Escalafón Judicial de la Gerencia General del Poder Judicial, así como de la ficha del RENIEC anexa, aparece que el señor RAFAEL VILLA-CORTA VELA, Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de San Martín, nació el 18 de junio de 1934, y en consecuen- cia el día 18 de junio del 2004 cumplirá setenta (70) años deedad, razón por la que corresponde disponer su cese por lí- mite de edad, de conformidad con la precitada normatividad; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades conferidas por el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, sin la intervención del señor Consejero Andrés EchevarríaAdrianzén, por encontrarse conformando Sala, en sesión ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- CESAR por límite de edad, a partir del 18 de junio del 2004, al señor RAFAEL VILLACORTA VELA, en el cargo de Vocal Titular de la Corte Superior deJusticia de San Martín, dándosele las gracias por los ser- vicios prestados a la Nación. Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución al Consejo Nacional de la Magistratura, a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, a la Presi- dencia de la Corte Superior de Justicia de San Martín, a laGerencia General del Poder Judicial y al interesado, para su conocimiento y fines correspondientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS.HUGO SIVINA HURTADO WÁLTER V ÁSQUEZ VEJARANO JOSÉ DONAIRES CUBAEDGARDO AMEZ HERRERA LUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ 11547CORTE SUPREMA DE JUSTICIA /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G75/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G65/G73/G74/G75/G64/G69/G6F/G20/G65/G20/G69/G6E/G66/G72/G61/G65/G73/G74/G72/G75/G63/G2D /G74/G75/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G63/G6F/G6E/G73/G74/G72/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G53/G65/G67/G75/G6E/G64/G61 /G53/G61/G6C/G61/G20/G64/G65/G20/G41/G75/G64/G69/G65/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G53/G65/G64/G65/G20/G4A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G61/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G43/G61/G6C/G6C/G61/G6F RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 080-2004-P-PJ Lima, 16 de junio del 2004 VISTOS: El Oficio Nº 2331-2004-CE-PJ, de la Secretaría Gene- ral del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; el Informe Nº 002-2004-OI-GG-PJ, de la Jefatura de la Oficina de Infra-estructura de la Gerencia General del Poder Judicial; el Informe Nº 362-2004-OAL-GG/PJ, de la Jefatura de la Ofi- cina de Asesoría Legal de la Gerencia General del PoderJudicial; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el artículo 143º de la Car- ta Magna, el Poder Judicial está integrado por órganosjurisdiccionales que administran justicia en nombre de la Nación y por órganos que ejercen su gobierno y adminis- tración; como tal, en materia de provisión de bienes, ser-vicios y obras, adecua sus acciones administrativas a las disposiciones establecidas en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001- PCM; Que, a través del Oficio Nº 044-04-P-ADM-SNT, la Pre- sidencia de la Sala Nacional de Terrorismo solicitó a la Gerencia General del Poder Judicial, la realización de lasgestiones pertinentes para la urgente habilitación de un ambiente apropiado a fin de llevar a cabo las audiencias programadas en la Sala de Audiencias de la Sede Judicialubicada en la cuadra 14 de la Av. Néstor Gambetta - Ca- llao, en los procesos seguidos por el delito de terrorismo; Que, la Presidencia de la Comisión Especial de Alto Nivel para el Fortalecimiento de la Jurisdicción Penal Es- pecial mediante Oficio Nº 033-2004-FTC-CEAN-PJ, expre- só su preocupación a la Presidencia de la Corte Supremade Justicia de la República, respecto al número de Salas de Audiencias necesarias para el adecuado desarrollo de las audiencias programadas por la Sala Penal Especial dela Corte Superior de Lima, la misma que a través de sus tres colegiados eventualmente haría uso de la única sala de audiencias existente en la mencionada Sede Judicialde la Av. Néstor Gambetta - Callao, situación que se agra- va por cuanto también se llevarán a cabo las audiencias de los procesos por el delito de terrorismo, razón por la queseñala, resulta necesario y hasta imprescindible contar con una o dos salas más en la que puedan desarrollarse los juicios orales respectivos; Que, posteriormente, a través del Oficio Nº 63-04-P- SNT, la Presidencia de la Sala Nacional de Terrorismo so- licitó al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la emisión deuna Resolución Administrativa para el uso de la Sala de Audiencias de la Sede Judicial de la Av. Néstor Gambetta - Callao, toda vez que a la fecha, ésta es utilizada los díaslunes, martes, jueves y viernes por la Sala Penal Especial de la Corte Superior de Lima a través de sus colegiados "A" y "B", con el procesado Vladimiro Montesinos Torres;siendo los días miércoles - día de visita a los internos. Sus- tenta su pedido además en el hecho que el juzgamiento de los acusados por el delito de terrorismo, tales como VíctorPolay Campos y otros 25 acusados, es sumamente com- plejo no sólo por la gravedad de los hechos y las penas solicitadas, sino por el número de procesados, de hechos,de testigos, peritos y en general porque se tiene que des- plegar un gran operativo policial para trasladar a dicha sala de audiencias a más de 10 procesados de diferentes pe-nales, precisando que ya se han producido frustraciones