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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JUNIO DEL AÑO 2004 (20/06/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 5

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G39/G39/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 20 de junio de 2004 medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación; así como a remitir la información estadística y los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Eléc- tricas, su Reglamento y otras normas legales pertinentes. Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial, en cum- plimiento de lo dispuesto en el artículo 67º del Reglamentode la Ley de Concesiones Eléctricas, deberá ser publicadaen el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuen- ta del titular, dentro de los cinco (5) días calendario siguien- tes a su expedición; y, entrará en vigencia a partir del díasiguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 11462 /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G42/G75/G72/G6E/G73/G20/G50/G68/G69/G6C/G70 /G50/G65/G72/GFA/G20/G53/G2E/G41/G2E/G43/G2E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G64/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G61/G72/G20/G61/G63/G74/G69/G76/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G64/G65/G20/G67/G65/G6E/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G65/G6E/G65/G72/G67/GED/G61/G20/G65/G6C/GE9/G63/G74/G72/G69/G63/G61/G20/G70/G61/G72/G61 /G73/G75/G20/G70/G72/G6F/G70/G69/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G73/G75/G6D/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 244-2004-MEM/DM Lima, 14 de junio de 2004 VISTA: La solicitud sobre otorgamiento de autorización para generación de energía eléctrica, presentada por BUR-NS PHILP PERU S.A.C., persona jurídica inscrita en la Par-tida Nº 11405645 del Registro de Personas Jurídicas de laOficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, BURNS PHILP PERU S.A.C. ha solicitado autori- zación para desarrollar la actividad de generación de ener-gía eléctrica en la Central Térmica BURNS, existente, con una potencia instalada de 1 100 kW, para su propio consu- mo, ubicada en la avenida Argentina Nº 1227, distrito y Pro-vincia Constitucional del Callao, cuyas coordenadas UTMfiguran en el Expediente Nº 33133104; Que, la petición se halla amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 38º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y, en el artículo 67º de su Re- glamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM,habiendo cumplido con los requisitos legales de presenta-ción; Que, la peticionaria ha presentado Declaración Jurada de cumplimiento de las normas técnicas y de conservación del medio ambiente y el Patrimonio Cultural de la Nación, de acuerdo a los requisitos señalados en el artículo 38º dela Ley de Concesiones Eléctricas; Que, siendo una central térmica existente y en opera- ción, no resulta necesario que la solicitud de otorgamientode autorización presentada, se encuentre acompañada de la garantía a que se refiere el artículo 66º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de ha- ber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplidocon los requisitos establecidos en la Ley de ConcesionesEléctricas, ha emitido el Informe Nº 100-2004-DGE-CEL; Estando a lo dispuesto por el artículo 38º de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electri- cidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar autorización por tiempo indefini- do, a BURNS PHILP PERU S.A.C., que se identificará con código Nº 33133104, para desarrollar la actividad de gene- ración de energía eléctrica para su propio consumo, en lasinstalaciones de la Central Térmica BURNS, con una po-tencia instalada de 1 100 kW, ubicada en la avenida Argen-tina Nº 1227, distrito y Provincia Constitucional del Callao. Artículo 2º.- La titular está obligada a operar cumplien- do las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Culturalde la Nación; así como a remitir la información estadística ylos requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Eléc-tricas, su Reglamento y otras normas legales pertinentes. Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial, en cum- plimiento de lo dispuesto en el artículo 67º del Reglamentode la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a su expedición; y, entrará en vigencia a partir del día siguientede su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 11459 /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G73/G69/GF3/G6E/G20/G74/G65/G6D/G70/G6F/G72/G61/G6C/G20/G61/G20/G41/G52/G55/G4E/G54/G41/G2D /G4E/G49/G20/G53/G2E/G41/G2E/G43/G2E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G64/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G61/G72/G20/G65/G73/G74/G75/G64/G69/G6F/G73/G20/G73/G6F/G2D/G62/G72/G65/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G65/G6E/G65/G72/G67/GED/G61/G20/G65/G6C/GE9/G63/G74/G72/G69/G63/G61/G20/G65/G6E /G66/G75/G74/G75/G72/G61/G73/G20/G69/G6E/G73/G74/G61/G6C/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/GED/G6E/G65/G61/G20/G64/G65/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G2D /G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 246-2004-MEM/DM Lima, 14 de junio de 2004 VISTA: La solicitud de concesión temporal para desarro- llar estudios relacionados con la actividad de transmisiónde energía eléctrica, presentada por ARUNTANI S.A.C.,persona jurídica inscrita en el Asiento 00001 de la PartidaNº 11170284 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi-cina Registral de Lima y Callao; CONSIDERANDO: Que, ARUNTANI S.A.C., ha presentado solicitud sobre otorgamiento de concesión temporal para realizar estudiossobre transmisión de energía eléctrica de las futuras insta- laciones de la línea de transmisión en 60 kV SE Titiri - SE Tucari y de la línea de transmisión en 22,9 kV SE Tucari -SE Santa Rosa, al amparo de lo dispuesto por el artículo30º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas,aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, las futuras instalaciones citadas en el primer con- siderando estarán ubicadas en el distrito de Carumas, pro- vincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua, enlas zonas comprendidas dentro de las coordenadas UTMque figuran en el Expediente Nº 24131404; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de ha- ber verificado y evaluado que la empresa solicitante ha cum- plido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, ha emitido el informe Nº111-2004-DGE-CEL; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y elartículo 36º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléc- tricas; Con la opinión favorable del Director General de Electri- cidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar concesión temporal a ARUNTANI S.A.C., que se identificará con código Nº 24131404, paradesarrollar estudios relacionados con la actividad de trans- misión de energía eléctrica de las futuras instalaciones de la línea de transmisión en 60 kV SE Titiri - SE Tucari y de lalínea de transmisión en 22,9 kV SE Tucari - SE Santa Rosa,por un plazo de catorce (14) meses contados a partir de lavigencia de la presente Resolución Ministerial y que esta-rán ubicadas en el distrito de Carumas, provincia de Maris- cal Nieto, departamento de Moquegua. Artículo 2º.- Los estudios que se realizarán al amparo de la presente concesión temporal, comprenderán las zo-nas delimitadas por las coordenadas UTM que figuran enel Expediente, con las características que aparecen en elcuadro siguiente: Salida / Llegada de Tensión Nº de Longitud Ancho de las líneas (kV) ternas (km) la faja detransmisión ser vidumbre (m) SE TITIRI - SE TUCARI 60 01 16,78 16SE TUCARI - SE SANTA ROSA 22,9 01 24,23 11 Artículo 3º.- El concesionario está obligado a desarro- llar los estudios, respetando las normas técnicas y de se-guridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G30/G39/G39/G35