TEXTO PAGINA: 22
/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G31/G30/G31/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 20 de junio de 2004 rio de Agua denominado Estanque Larán, ubicado en el fundo El Estanque, distrito de Alto Larán, provincia de Chin- cha, departamento de Ica. Artículo 2º.- Disponer la inscripción en los Regis- tros Públicos la condición de Patrimonio Culturalmencionada en el artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 3º.- Es obligación del propietario someter a la aprobación y supervisión del Instituto Nacional de Cul- tura cualquier intervención a realizarse en el Monumento a que se refiere el artículo 1º de la presente resolu-ción. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 11611 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 407/INC Lima, 2 de junio de 2004 Visto el Acuerdo Nº 12/11.08.2004 de la Comisión Na- cional Técnica Calificadora de Proyectos Arquitectónicos y demás documentación sustentatoria; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 21º de la Constitución Política del Perú señala que es función del Estado la protección del Patrimo- nio Cultural de la Nación; Que, de conformidad con el artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural dela Nación", el Instituto Nacional de Cultura viene realizandouna permanente identificación y registro de inmuebles, es- pacios y áreas urbanas que por su valor histórico deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de laNación; Que, la Comisión Nacional Técnica Calificadora de Proyectos Arquitectónicos mediante Acuerdo Nº 12 defecha 11 de agosto de 2003, propuso se declare Monu- mento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación al inmueble ubicado en calle Mercaderes Nº 413, distrito,provincia y departamento de Arequipa y delimitó el áreaintangible conformada por la totalidad del primer piso yla primera crujía del segundo piso de acuerdo al PlanoDAI-028-2003/INC; Estando a lo visado por la Dirección de Gestión, Direc- ción de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, y laOficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na-ción"; Ley 27580 "Ley que dispone medidas de protección que debe aplicar el Instituto Nacional de Cultura para la ejecución de Obras en Bienes Culturales Inmuebles"; De-cretos Supremos Nºs. 039-70-VI y Nº 63-70-VI que aprue-ban el Reglamento Nacional de Construcciones; DecretoSupremo Nº 017-2003-ED que aprueba el Reglamento deOrganización y Funciones del Instituto Nacional de Cultu- ra; SE RESUELVE:Artículo 1º.- DECLARAR MONUMENTO INTEGRANTE DEL PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN al inmueble ubicado en calle Mercaderes Nº 413, distrito, provincia y departamento de Arequipa. Artículo 2º.- Delimitar el Área intangible conformada por la totalidad del primer piso y la primera crujía del segundopiso de acuerdo al Plano DAI-028-2003/INC, que forma partede la presente resolución. Artículo 3º.- Disponer la inscripción en los Registros Públicos la condición de Patrimonio Cultural mencionadaen el artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 4º.- Es obligación del propietario someter a la aprobación y supervisión del Instituto Nacional de Culturacualquier intervención a realizarse en el Monumento a que se refiere el artículo 1º de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 11612/G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G50/G61/G74/G72/G69/G6D/G6F/G6E/G69/G6F/G20/G43/G75/G6C/G74/G75/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4E/G61/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G6F/G73/G20/G73/G69/G74/G69/G6F/G73/G20/G61/G72/G71/G75/G65/G6F/G6C/GF3/G67/G69/G63/G6F/G73/G20/G75/G62/G69/G2D/G63/G61/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G73/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G43/G61/G73/G6D/G61/G2C/G20/G4D/G6F/G2D/G72/G72/G6F/G70/GF3/G6E/G2C/G20/G4C/G61/G6D/G62/G61/G79/G65/G71/G75/G65/G20/G79/G20/G48/G75/G61/G63/G61/G79/G62/G61/G6D/G62/G61 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 408/INC Lima, 2 de junio de 2004 VISTO, el Acuerdo Nº 066, tomado por la Comisión Na- cional Técnica de Arqueología, en su Sesión Nº 004 de fe-cha 24 de febrero de 2004; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio de Edu-cación, con personería jurídica de derecho público interno,responsable de la promoción y desarrollo de las manifesta- ciones culturales del país y de la conservación del Patrimo- nio Cultural de la Nación; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", encarga alInstituto Nacional de Cultura la función de proteger y decla-rar el Patrimonio Cultural arqueológico, histórico y artístico, así como las manifestaciones culturales, orales y tradicio- nales del país; Que, mediante Acuerdo Nº 066, de fecha 24 de febre- ro del 2004, la Comisión Nacional Técnica de Arqueolo-gía recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacio-nal de Cultura declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Complejo Arqueológico Las Aldas, ubicado en el dis- trito y provincia de Casma, departamento de Ancash; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Direc- ción de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Direc-ción de Arqueología y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na- ción; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba elReglamento de Organización y Funciones del InstitutoNacional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Na- ción al Complejo Arqueológico Las Aldas, ubicado en eldistrito y provincia de Casma, departamento de Ancash. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección del INC - An- cash la elaboración del Expediente Técnico del Comple- jo Arqueológico mencionado en el Artículo 1º de la pre- sente Resolución, con su respectiva Ficha Técnica yMemoria Descriptiva. Artículo 3º.- Disponer la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de losBienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición de Patrimonio Cultural de la Nación del Complejo Arqueo- lógico mencionado en el Artículo 1º de la presente Resolu-ción. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, ca- minos, carreteras, canales, denuncios mineros o agro-pecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del Complejo Arqueológico declarado "Patrimonio Cultural de la Nación", deberácontar con la aprobación del Instituto Nacional de Cul-tura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 11615 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 409/INC Lima, 2 de junio de 2004 VISTO, el Acuerdo Nº 044, tomado por la Comisión Na- cional Técnica de Arqueología, en su Sesión Nº 003 de fe- cha 17 de febrero del 2004; y,