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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JUNIO DEL AÑO 2004 (28/06/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 2

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G31/G34/G36/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 28 de junio de 2004 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G45/G4A/G45/G43/G55/G54/G49/G56/G4F P C M /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G70/G72/G69/G6F/G72/G69/G74/G61/G72/G69/G61/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6E/G73/G74/G72/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G75/G6E/G20/G6E/G75/G65/G76/G6F/G20/G63/G6F/G6D/G70/G6C/G65/G6A/G6F/G20/G66/G72/G6F/G6E/G74/G65/G72/G69/G7A/G6F/G20/G65/G6E/G20/G54/G61/G63/G6E/G61 DECRETO SUPREMO Nº 054-2004-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que la Comisión de Alto Nivel para la formulación del Plan Integral de Desarrollo de Tacna creada por el Decreto Supre- mo Nº 030-2004-PCM ha avanzado con la formulación del diagnóstico de los principales problemas que afectan el desa- rrollo de ese Departamento y ha considerado conveniente proponer la realización de algunas medidas inmediatas que contribuyan a la solución de los referidos problemas; Que, entre dichas medidas se encuentra la construcción de un nuevo Centro de Atención Fronteriza ó Complejo Fron- terizo, que incorpore nuevos diseños, equipos y tecnologías modernas con la finalidad de mejorar y a hacer más fluidos los trámites de ingreso y salida del país, de personas, ve- hículos y mercancías, en la frontera con Chile. Que, el segundo párrafo del artículo 44º de la Constitución Política del Perú señala que es deber del Estado establecer y ejecutar la política de fronteras y promover la integración particu- larmente latinoamericana, así como el desarrollo y la cohesión de las zonas fronterizas, en concordancia con la política exterior. Que, asimismo los incisos 4) y 24) del artículo 118º de la citada Constitución establecen entre las potestades del Presidente de la República, las de velar por el orden inter- no y la seguridad exterior de la República y ejercer las de- más funciones de gobierno y administración que la Consti- tución y las leyes le encomiendan; Que, de otro lado el literal d) del numeral 26.1 del artí- culo 26º de la Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783, señala como competencia exclusiva del Gobier- no Nacional la del orden interno, policía nacional, de fron- teras y de prevención de delitos; Que, el artículo 45º de la Ley Nº 27867 modificado por la Ley Nº 27902, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, estable- ce en su inciso a) sobre concordancia de políticas y funciones del Gobierno Regional y políticas sectoriales, que es compe- tencia exclusiva del Gobierno Nacional definir, dirigir , normar y gestionar las políticas nacionales y sectoriales, las cuales se formulan considerando los intereses generales del Estado y la diversidad de las realidades regionales, concordando el carác- ter unitario y descentralizado del Gobierno de la República; Que en uso de las facultades concedidas por el artículo 44º, los incisos 4) y 24) del artículo 118º de la Constitución Política y de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783 y la Ley Or- gánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867;DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Declárese de primera prioridad la construcción y ope- ración, en Tacna, de un nuevo Centro de Atención Fronteri- za o Complejo Fronterizo, a fin de facilitar el traslado de personas, vehículos y mercancías en la frontera con Chile. Artículo 2º.- Ubicación y Funciones La ubicación y estructura funcional del Centro de Atención Fronteriza serán definidas por una Comisión Multisectorial presi- dida por la Presidencia del Consejo de Ministros e integrada por representantes de los Ministerios de Relaciones Exteriores, Eco- nomía y Finanzas, Interior, Transportes y Comunicaciones y De- fensa y del representante del respectivo Gobierno Regional. Artículo 3º.- Plazos El nuevo Centro de Atención Fronteriza a que se refiere el artículo anterior será diseñado y aprobado en un plazo no mayor de cuatro meses y ejecutado en un plazo de no mayor de ocho meses adicionales, de acuerdo a las normas del sis- tema de Inversión Pública, como medida necesaria para la elaboración y ejecución del Plan Integral de Desarrollo de Tac- na a que se refiere el Decreto Supremo Nº 030-2004-PCM. Artículo 4º.- Diseño y Características El diseño y los estudios de factibilidad del nuevo Complejo Fronterizo de Tacna estarán a cargo de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT, la que deberá efectuar los estudios de microlocalización, desarrollar los di- seños arquitectónicos y los estudios de flujos, entre otros, que garanticen que los trámites, servicios y controles puedan ser llevados a cabo de la manera más eficiente posible. El diseño a que se refiere el artículo anterior deberá ser consultado con las entidades del Gobierno Nacional que desa- rrollan sus funciones en el actual Complejo Fronterizo de Tacna, para lo cual la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria deberá realizar las coordinaciones que correspondan. Artículo 5º.- Construcción y Equipamiento La construcción y equipamiento del Centro de Atención Fronteriza estará a cargo del Gobierno Regional de Tacna. Su administración corresponde al Gobierno Nacional. Artículo 6º.- Financiamiento y Participación El financiamiento del proyecto estará a cargo de los pre- supuestos institucionales del Gobierno Regional de Tacna, de la Superintendencia de Administración Tributaria – SU- NAT, de la ZONAFRANCA y las demás entidades que desa- rrollan funciones dentro del Complejo Fronterizo de Tacna, sin que ello irrogue gasto adicional alguno al Tesoro Público. Con base a los estudios y de acuerdo con los presu- puestos requeridos para el diseño, construcción y equipa- miento del nuevo Centro de Atención Fronteriza de Tacna por el Gobierno Regional, el Ministerio de Economía y Fi- nanzas fijará, mediante Decreto Supremo, los montos o por- centajes de participación en el financiamiento que corres- ponderían a cada entidad; y determinará la forma y oportu- nidad en que estos aportes puedan concretarse. Los aportes que realicen las entidades podrán incluir terre- nos, equipos y demás bienes y servicios necesarios para la cons- trucción y equipamiento del nuevo Centro de Atención Fronteriza.OFICINA DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL R.J. Nº 077-2004-JEFATURA/ONP.- Modifican el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el Ejercicio Presu-puestal del año 2004 271486 OSINERG Fe de Erratas Res. Nº 141-2004-OS/CD 271487 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO Acuerdo Nº 018-2004-REGIÓN CALLAO-CR.- Expresan sa- ludo con ocasión al 29 de junio en que se conmemora el Díadel Pescador 271487/G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD DE LURÍN Res. Nº 005-2004-SGOPHU-GDU/ML.- Modifican resolución y aprueban proyectos de habilitación urbana nueva industrialde terreno ubicado en el distrito 271487 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ALTO DE LA ALIANZA RR. AA. Nºs. 1193, 1194, 1195 y 1196-2003-A-MDAA.- San- cionan con destitución a ex servidores de la municipalidad 271488