Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2004 (28/06/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 28 de junio de 2004

Que, la empresa Aero Continente S.A., con Carta ACQ JINST 565-2004, del 14 de junio de 2004, en el MORDAZA del Procedimiento Nº 5 de la seccion correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil (Evaluacion de Personal), establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Direccion General de Aeronautica Civil, efectuar los chequeos tecnicos en simulador de vuelo del equipo Boeing 737, en el Centro de Entrenamiento de Varig, en la MORDAZA de Rio de Janeiro, a sus tripulantes tecnicos MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA, durante el dia 29 de junio de 2004; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotacion Nº 11189 y 13015, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspeccion, estan integramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viaticos y la Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto; Que, la Direccion de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil, ha emitido la Orden de Inspeccion Nº 0939-2004-MTC/12.04-SDO designando al Inspector MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vienrich, para realizar los chequeos tecnicos en simulador de vuelo del equipo Boeing 737, al personal aeronautico propuesto por la empresa Aero Continente S.A., en la MORDAZA de Rio de Janeiro, Republica Federativa de Brasil, durante los dias 28 al 30 de junio de 2004; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar los chequeos tecnicos a que se contrae la Orden de Inspeccion Nº 0939-2004-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619 y Ley Nº 28128 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vienrich, Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de Rio de Janeiro, Republica Federativa de Brasil, durante los dias 28 al 30 de junio de 2004, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido integramente cubierto por la empresa Aero Continente S.A. a traves de los Recibos de Acotacion Nº 11189 y 13015, abonados a la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viaticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 600.00 US$ 28.24

Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra persona natural para la recuperacion de suma de dinero
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 469-2004-MTC/11 MORDAZA, 24 de junio de 2004 CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Nº 05675-2001-ONP-DC-20530, de fecha 27 de junio de 2001, expedida por la Division de Calificaciones de la Oficina de Normalizacion Previsional, se reconocio a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el derecho de pension de orfandad en su condicion de hija soltera mayor de edad del causante MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a partir del 13 de MORDAZA del 2000, fecha en la que solicito pension de orfandad en tal condicion; Que, en aplicacion de la Resolucion Nº 05675-2001ONP-DC-20530, se expidio la Resolucion Directoral Nº 1553-2001-MTC/15.13 que incluyo en la Planilla Unica de Pagos, la pension de orfandad de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a partir del 13 de MORDAZA de 2000, y establecio responsabilidad pecuniaria contra la misma persona, por la suma de S/. 19,199.22, por cobro indebido de pension de orfandad y demas beneficios por el periodo del 30 de MORDAZA de 1984 al 30 de MORDAZA del 2000, dado que el 30 de MORDAZA del 1984 cumplio la mayoria de edad y continuo percibiendo indebidamente pension de orfandad otorgada en su condicion de hija menor del causante; Que, tanto la Resolucion Nº 05675-2001-ONP-DC20530 como la Resolucion Directoral Nº 1553-2001-MTC/ 15.13, se encuentran firmes surtiendo todos sus efectos legales, al no haber sido impugnadas por la interesada en tiempo y forma; Que, la Asesoria Legal y la Direccion de Remuneraciones y Pensiones de la Oficina General de Recursos Humanos, mediante Informe Nº 365-2004-MTC/11.AL e Informe Nº 246-2004-MTC/11.03, respectivamente, consideran que debe autorizarse al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para que ejerza las acciones legales a fin de recuperar lo adeudado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, segun lo senalado por la Resolucion Directoral Nº 15532001-MTC/15.13, toda vez que la mencionada persona no ha cumplido con el pago de los S/. 19,199.22 y demas beneficios por los que se le encontro responsabilidad pecuniaria; Que, en consecuencia, resulta necesaria la intervencion del Procurador Publico para que defienda los intereses del Estado en el presente caso, por lo que debe dictarse la autorizacion correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667, Ley Nº 27791 y Decreto Supremo Nº 041-2002MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, inicie y culmine las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a fin de obtener la recuperacion de la suma de S/. 19,199.22 y demas beneficios a que se contrae la Resolucion Directoral Nº 1553-2001-MTC/15.13, de conformidad con lo senalado en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de esta Resolucion, asi como los antecedentes del caso al mencionado Procurador Publico, para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 12135

Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 12134

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