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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G33/G37/G32/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 2 de marzo de 2004 AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO:Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, el primer día del mes de marzo del año dos mil cuatro. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 04395 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G45/G4A/G45/G43/G55/G54/G49/G56/G4F P C M /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/GED/G74/G65/G6D/G73/G20/G31/G20/G79/G20/G32/G20/G64/G65/G6C/G20/G41/G6E/G65/G78/G6F/G20/G56/G20/G64/G65/G6C /G54/G55/G50/G41/G20/G64/G65/G6C/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G73/G6D/G6F/G20/G53/G75/G70/G65/G72/G76/G69/G73/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G49/G6E/G76/G65/G72/G73/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G20/G45/G6E/G65/G72/G67/GED/G61/G20/G2D/G20/G4F/G53/G49/G4E/G45/G52/G47 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 055-2004-PCM Lima, 27 de febrero de 2004 Visto, el Oficio Nº 282-2003-PRES, del Presidente del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inver- sión en Energía - OSINERG; CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 051-2002-PCM, se apro- bó el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPAdel Organismo Supervisor de la Inversión en Energía - OSINERG; Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 38º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo Gene- ral, una vez aprobado el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, toda modificación que no impliquela creación de nuevos procedimientos, incremento de de- rechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector;Que, de acuerdo con el artículo 55º inciso 3 concorda- do con el artículo 160º de la Ley del Procedimiento Admi-nistrativo General, corresponde expedir copia certificada de carillas y planos; Que, mediante Ley Nº 27806, "Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública", se promueve la transpa- rencia de los actos del Estado y regula el derecho funda- mental del acceso a la información consagrado en el nu-meral 5 del artículo 2º de la Constitución Política del Perú; Que, por Ley Nº 27927, se modificaron y agregaron algu- nos artículos a la "Ley de Transparencia y Acceso a la Infor-mación Pública", facultándose al Poder Ejecutivo a publicar, a través de Decreto Supremo, el Texto Único Ordenado, el cual fue aprobado mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM; Que, el artículo 20º del Decreto Supremo Nº 043-2003- PCM, dispone que quien solicite una información deberá abonar el importe correspondiente a los costos de repro-ducción de la información requerida y que el monto de la tasa debe figurar en el Texto Único de Procedimientos Ad- ministrativos - TUPA de cada entidad; Que, por lo expuesto en los considerandos que antece- den resulta necesario proceder a la modificación de los ítems 1 y 2 del Anexo V del Texto Único de ProcedimientosAdministrativos - TUPA de OSINERG, el que fuera aproba- do por Decreto Supremo Nº 051-2002-PCM, a fin de modi- ficar y establecer los documentos sujetos a certificación ylos costos de reproducción de los medios fotocopia, foto- grafía, diskette o cd mediante los cuales el público podrá solicitar se les brinde información de la entidad; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, modificado por la Ley Nº 27779, la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General,el Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM - Texto Único Or- denado de la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acce- so a la Información Pública, y el Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modificar los ítems 1 y 2 del Anexo V del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía - OSINERG, aprobado por Decreto SupremoNº 051-2002-PCM, de conformidad con el cuadro anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE TEXTOS ÚNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar sus respectivos TUPA en la separata de Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los cuadros de los TUPA deben venir trabajados en Excel, una línea por celda, sin justificar. 2.- Los TUPA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco días de anticipación a la fecha de ser publicados. 3.- El TUPA además, debe ser remitido en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 P OR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU