TEXTO PAGINA: 14
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G34/G31/G30/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 7 de marzo de 2004 bado por el Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, estable- ce que tiene por finalidad promover la transparencia de losactos del Estado y regular el derecho fundamental del ac-ceso a la información, consagrado en el numeral 5 del artí-culo 2º de la Constitución Política del Perú; Que, los artículos 3º y 8º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Infor- mación Pública, aprobado por el Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, establecen que las entidades públicas debe-rán identificar al funcionario responsable de brindar infor-mación pública que posee o produzca, solicitada por laspersonas naturales o jurídicas; Que, asimismo, en el último párrafo del artículo 5º del citado Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 - Ley deTransparencia y Acceso a la Información, establece quelas Entidades Públicas deberán identificar al funcionarioresponsable de la elaboración del Portal de Internet; Que, en uso de las atribuciones conferidas por el Re- glamento de Organización y Funciones del SERPAR-LIMA; con las visaciones del Director General de la Oficina deAdministración y Director de la Oficina de Asesoría Legal; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a la Secretaria General, Lic. Elvira Cárdenas Pajuelo, responsable de brindar infor-mación pública que posee o produzca el Servicio de Par-ques de Lima. Artículo Segundo.- Designar al Jefe de la Unidad de Informática, Sr. Eduardo Rodríguez Mendoza, responsa- ble de la elaboración y actualización del Portal de Internet del Servicio de Parques de Lima. Artículo Tercero.- Los funcionarios que integran la Es- tructura Orgánica del SERPAR-LIMA, proporcionarán bajoresponsabilidad toda la información que sea requerida porlos responsables designados, dentro de los plazos esta- blecidos en las normas legales que regulan la transparen- cia y el acceso a la información pública. Regístrese, comuníquese y cúmplase.CIRO GUTIÉRREZ RODRÍGUEZ Gerente General 04716 MUNICIPALIDAD DE ANCÓN /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G6D/G6F/G6E/G74/G6F/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G65/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G6D/G65/G63/G61/G6E/G69/G2D /G7A/G61/G64/G61/G2C/G20/G61/G63/G74/G75/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G76/G61/G6C/G6F/G72/G65/G73/G2C/G20/G64/G65/G74/G65/G72/G6D/G69/G2D/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G62/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G66/G6F/G72/G6D/G75/G6C/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G79/G72/G65/G63/G69/G62/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G6D/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G50/G72/G65/G64/G69/G61/G6C/G20/G79/G20/G41/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73 ORDENANZA Nº 022/MDA Ancón, 28 de febrero del 2004 Visto, el Informe Nº 115-2004-OR/MDA, de fecha 18 de febrero del 2004, emitido por la Oficina de Rentas, en laSesión de Concejo de la fecha; CONSIDERANDO: Que, la Ley de Tributación Municipal aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 776, en el último pá-rrafo de su Artículo 13º señala que las Municipalidadesestán facultadas para establecer un monto mínimo a cobrar por concepto del Impuesto Predial, monto que no será mayor al 0.6% de la UIT vigente al 1 de enerode cada ejercicio gravable siendo conveniente además,establecer la forma de pago al contado y/o fraccionadodel mencionado impuesto para el Ejercicio Fiscal delaño 2004; Que, asimismo la Cuarta Disposición Final de la Ley antes mencionada, faculta a las Municipalidades a cobrarpor el servicio de emisión mecanizada de actualización devalores, determinación del impuesto y de recibos de pagocorrespondientes, incluida su distribución a domicilio, unmonto no mayor del 0.4 % de la UIT vigente al 1 de enero de cada ejercicio gravable.Que, de acuerdo con el inciso a) del artículo 14º del D. L. Nº 776 - Ley de Tributación Municipal, los Contribuyentesestán obligados a presentar Declaración Jurada de Autoava-lúo hasta el último día hábil del mes de febrero, salvo queel municipio establezca una prórroga; Que, según el último párrafo del Artículo 29º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por De- creto Supremo Nº 135-99-EF, el plazo para el pago de ladeuda tributaria podrá ser prorrogado, con carácter gene-ral, por la Administración Tributaria; Que, mediante Decreto Supremo Nº 192-2003-EF, de fecha 27 de diciembre del 2003, se establece que el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para el ejercicio fiscal 2004 equivale a S/. 3,200.00 (Tres mil doscientos y00/100 Nuevos Soles); En uso de las facultades otorgadas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el voto unánime de losmiembros del Concejo y con la dispensa del trámite de aprobación del acta, se aprobó la siguiente Ordenanza: ORDENANZA ESTABLECE MONTOS A PAGAR POR EMISIÓN MECANIZADA Y DETERMINACIÓN, Y LAS FECHAS DE VENCIMIENTO DE PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y DE ARBITRIOS 2004 Artículo 1º.- Fijar para el Ejercicio Fiscal 2004, el monto que deberán abonar los contribuyentes o respon-sables por concepto de derecho de emisión mecaniza- da, actualización de valores, determinación del impues- to, distribución de formularios de declaraciones juradas,liquidaciones y recibos de pago del Impuesto Predial,el mismo que será de S/. 12.80 (Doce y 80/100 NuevosSoles), este derecho se abonará conjuntamente con elpago total del impuesto o con la primera cuota en el caso de pago fraccionado. Artículo 2º.- Fijar en S/. 19.20 (Diecinueve y 20/100 Nuevos Soles) el monto mínimo a pagar por el concep-to del Impuesto Predial para el Ejercicio 2004. Artículo 3º.- Fíjese en S/. 6.00 (Seis y 00/100 Nue- vos Soles) por cada predio el monto anual del derecho de emisión y distribución mecanizada de actualización de valores, determinación del tributo y recibos de pagode los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardi-nes y Serenazgo, correspondientes al ejercicio 2004,el mismo que se pagará a razón de S/ 1.00 (Uno y 00/100 Nuevos Soles) por cada Bimestre, cuyas fechas de vencimiento vencen el último día hábil de los meses de febrero, abril, junio, agosto, octubre y diciembre. Enel caso de la cuota del primer Bimestre, la fecha depago se prorrogará hasta el 31 de marzo del presenteaño. Artículo 4º.- Fíjese en S/. 3.50 (Tres y 50/100 Nuevos Soles) el derecho de emisión por cada Resolución de De- terminación, Orden de Pago, Resolución de Multa Tributa-ria, Resolución de Pérdida de Beneficio de Fraccionamien-to. Artículo 5º.- Establecer como fechas de vencimiento de pago del Impuesto Predial del Ejercicio Fiscal 2004, el pago de la cuota del primer trimestre se prorrogará hasta el 31 de marzo del presente año. PAGO AL CONTADO 31 de marzoPAGO FRACCIONADO - Primera Cuota 31 de marzo - Segunda Cuota 31 de mayo- Tercera Cuota 31 de agosto- Cuarta Cuota 30 de noviembre Artículo 6º.- Encargar a la Dirección de Administración, y la Oficina de Rentas el cumplimiento de la presente Or-denanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JAIME PAJUELO TORRES Alcalde 04755