Norma Legal Oficial del día 11 de marzo del año 2004 (11/03/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 88

Pag. 264402

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 11 de marzo de 2004

plido con un requisito de fondo para realizar actos como licitaciones, adjudicaciones y otros para su validez; Que, de esta forma y procedimiento de acuerdo a lo previsto por el penultimo parrafo del articulo 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y el ultimo parrafo del numeral 2) de las Disposiciones Especificas de la Directiva Nº 022-2001-CONSUCODE de fecha 14-12-2001, publicada en el Diario Oficial El Peruano, las entidades solo pueden convocar y efectuar las licitaciones publicas, concursos publicos, adjudicaciones directas publicas y selectivas que se encuentran programadas e incluidas en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones. Por ello carece de validez la Licitacion Publica Nacional Nº 001-2004-CECGT/MPT, hecho que, como mandan las normas de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, tiene que ser subsanado en el inmediato plazo; Que, por lo tanto, dicho acto administrativo debe quedar sin efecto por haberse transgredido, entre otros, el MORDAZA de Legalidad de la Ley del Procedimiento Administrativo General y normas referentes a las Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, senala el articulo 32º de la Ley Nº 27879 - Ley de Sector Publico para el ano fiscal 2003, la contratacion de bienes y suministros cuyo valor referencial es igual o superior a S/. 175,000.00, debe realizarse mediante Adjudicacion Directa Publica, incumpliendo tambien de esta forma con la Ley por haber convocado a un MORDAZA distinto al establecido; incurriendo por ello en causal de nulidad; Que, conforme establece el articulo 10º son actos administrativos que causan su nulidad de pleno derecho inciso 1) La contravencion a la Constitucion, a las leyes o las normas reglamentarias, en concordancia con el articulo 202º incisos 202.1 y 202.2 de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444; Estando a lo expuesto y a las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dejar sin efecto el Aviso de Convocatoria para el MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica Nº 0012004-CEADP-PVL-MPT, para la adquisicion de Leche Evaporada, para el Programa Social del "Vaso de Leche" de la Municipalidad Provincial de Tarma, publicada el 26 de febrero de 2004 en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- Poner en conocimiento de la presente al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y estamentos administrativos de esta corporacion municipal para los fines pertinentes de Ley. Dado en Despacho de Alcaldia a los dos dias del mes de marzo del ano dos mil cuatro. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA POMAREDA MORDAZA 04955

presentado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Croco en su calidad de responsable del Programa del Vaso de Leche, el Informe Nº 010 de la Unidad de Abastecimiento, el Informe Nº 041 de la Unidad de Asesoria Legal Interna presentando el Informe Tecnico Legal sobre la declaracion de urgencia para la Adquisicion de Insumos del Programa del Vaso de Leche; CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 1º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidas a asuntos especificos de interes publico, vecinal, o institucional que expresan la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional; Que, estando a lo informado por los Arts. 19º y 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, asi como el numeral 2 del Art. 108º del D.S. Nº 013-2001-PCM, de su Reglamento, modificado por el Art. 3º del D.S. Nº 079-2001-PCM, senala que la situacion de Urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio que se realice el MORDAZA de seleccion respectiva para la adquisicion definitiva; Que, de conformidad a lo dispuesto en el literal c) del Art. 20º del D.S. Nº 012-2001-PCM, que determina las formalidades de los procedimientos no sujetos a Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, se aprobaran mediante Acuerdo de Concejo; Que, mediante Informe Nº 041-2004 de Asesoria Legal Interna presentando el Informe Tecnico Legal dando su opinion favorable respecto, con el fin de que no genere un desabastecimiento de insumos que va a perjudicar directamente a los beneficiarios del Programa del Vaso de Leche, a la necesidad de declarar en situacion de urgencia la adquisicion de Insumos del Programa del Vaso de Leche correspondiente a los meses de enero, febrero y marzo del ano en curso; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y a las facultades que confiere la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, la Ley Nº 24059, el D.S. Nº 012-2001PCM, el D.S. Nº 013-2001-PCM, de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento y con el MORDAZA favorable de los senores Miembros del Pleno del Concejo Municipal y en aplicacion a lo dispuesto en el Art. 39º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con la dispensa del tramite de Aprobacion del Acta, se adopto por Mayoria el siguiente: ACUERDO: Articulo Primero.- DECLARAR EN SITUACION DE URGENCIA, la Adquisicion de Productos Alimenticios para abastecer el Programa del Vaso de Leche en el distrito de Huaura durante los meses de enero, febrero y marzo del 2004 por el monto de S/. 68 463,25 (Sesenta y Ocho Mil Cuatrocientos Sesenta y Tres y 25/100 Nuevos Soles) en tanto dure el llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda, hasta la suscripcion del contrato. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Unidad de Abastecimientos y Servicios para que este adopte las medidas necesarias para garantizar la atencion del citado Programa de conformidad a la normatividad vigente en materia de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Tercero.- DISPONER se comunique el presente acuerdo al Comite de Administracion del Programa del Vaso de Leche y a la Contraloria General de la Republica, conforme a Ley. Articulo Cuarto.- RECOMENDAR que la Municipalidad Distrital de Huaura adopte las medidas necesarias con la finalidad de que el Comite Especial lleve a cabo el MORDAZA Adjudicatario de Licitacion para la Adquisicion de Insumos del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Huaura por todo el Ano. Articulo Quinto.- ENCARGUESE a la Municipalidad Distrital de Huaura, Unidad de Abastecimiento, Contabilidad, Secretaria General, la publicacion del presente Acuerdo Municipal, en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BALTUANO Alcaldesa 04946

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAURA
Declaran en situacion de urgencia adquisicion de productos alimenticios para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 012-2004-MDH Huaura, 6 de marzo del 2004 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAURA VISTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo fecha 6 de marzo del 2004 el Informe Nº 007-2004 de fecha 31 de enero del 2004

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.