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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MARZO DEL AÑO 2004 (11/03/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 84

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G34/G33/G39/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 11 de marzo de 2004 reparaciones no se comprometa al sardinel; la calidad de concreto será de fc=175 Kg/cm2. Entre la calzada y el jardín central de la avenida se cons- truirá un sardinel peraltado de concreto de calidad 210 Kg/cm2, y de dimensiones 0.15 x 0.55m, debiendo sobresalir0.20m. del nivel superior de la calzada. Bermas.- Las bermas laterales quedarán en tierra cha- cra, compactada y nivelada, con árboles cada 12.00ml enpozas de concreto. Rampas en Bermas para Personas con Discapaci- dad.- En los extremos de los abanicos de las aceras, en los lugares señalados en el Plano de Lotización y Vías, se construirán rampas peatonales que conectaran los niveles superiores de las aceras de las calzadas, de acuerdo a lodispuesto en la Norma Técnica NTE-U.190 “AdecuaciónUrbanística para las personas con Discapacidad”, aproba-da por Resolución Ministerial Nº 069-2001-MTC/15.04 defecha 07.02.2001. Artículo Tercero.- DISPONER que quede como carga inscrita en el Registro de la Propiedad Inmueble de la IXZona Registral – Sede Lima la obligación del propietario decancelar los déficits de aportes, que serán redimidos endinero antes de la Recepción de las Obras, y en conse- cuencia, queda como garantía el Lote Unico materia de la presente Resolución; Para Recreación Pública se cance-lará el déficit de 1,073.12m2 en la Municipalidad de Santia-go de Surco, y en cumplimiento a lo dispuesto en el Regla-mento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas apro-bado por Decreto Supremo Nº 011-98-MTC, artículo 29º, los déficits de aporte para el Ministerio de Educación de 268.28m2 deberá ser cancelado ante dicho Ministerio. Artículo Cuarto.- DISPONER que LA VENTUROSA S.A. efectúe la publicación de esta Resolución en el diariooficial El Peruano, en el plazo de cinco días útiles contadosa partir del día siguiente de notificado; sufragando los gas- tos a que hubiere lugar. Artículo Quinto.- REMITIR los presentes actuados administrativos en copia certificada a la Dirección Munici-pal de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolita-na de Lima, para su verificación de acuerdo a ley. Artículo Séxto- ENCARGAR a la Gerencia de Desa- rrollo Urbano a través de la Subgerencia de Autorización y Control de Obras el cumplimiento de los artículos prece-dentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EDUARDO BORDA SAN ROMAN Gerente de Desarrollo Urbano 04876 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G63/G75/G6D/G70/G6C/G69/G64/G61/G73/G20/G6C/G61/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G4F/G62/G72/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G48/G61/G62/G69/G6C/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G55/G72/G62/G61/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G75/G72/G2D /G62/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G22/G4C/G6F/G73/G20/G4A/G61/G72/G64/G69/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G53/G75/G72/G63/G6F/G22/G2C/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G61/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 057-2004-GDU-GCDL-MSS EXPEDIENTE Nº 015990.2003 M-2 Santiago de Surco, 24 de febrero de 2004 EL GERENTE DE DESARROLLO URBANO VISTO: El petitorio de LA VENTUROSA S.A., sobre Recepción de Obras de Habilitación Urbana correspondien-te al terreno de 24,481.68 m² de la urbanización “Los Jardi-nes de Surco”, constituido por el área remanente del deno- minado lote Nº 12 del ex fundo San Antonio (antes deno- minado sublote B), ubicado en el distrito de Santiago deSurco; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 708-2002-RASS de fe- cha 13.9.2002, se aprueba de conformidad con los planossignados con el Nº 091.01.2002-SDOPRIV-DDU-MSS alNº 091.04-SDOPRIV-DDU-MSS, los proyectos modifica- dos referentes a Trazado, Lotización, Pavimentación deCalzadas y Aceras correspondiente a la Habilitación Urba-na Nueva con Construcción Simultánea y Venta Garantiza-da para Uso Residencial de Densidad Media “R-4” de laurbanización “Los Jardines de Surco”, autorizando a los recurrentes a ejecutar en el plazo de 18 meses, las obras de habilitación, debiendo sujetarse los mismos a los pla-nos aprobados; y con Resolución Nº 334-2003-RASS del22.4.03, se rectifican los errores materiales incurridos enlos artículos primero y segundo de la Resolución Nº 708-2002-RASS, aprobándose el Plano Nº 019.01.2003-SDO- PRIV-DDU-MSS en sustitución del Plano Nº 091.03-2002- SDOPRIV-DDU-MSS, considerando como titular del pro-cedimiento a La Venturosa S.A. por tener la condición depropietaria del terreno de 14,481.68 m2. Que, la Subgerencia de Autorización y Control de Obras emite el Informe Nº 064-2004-SGACO-GDU-MSS (fs. 88 a 93), indicando que practicada la inspección ocular que el caso requiere, se ha constatado que lasobras de habilitación urbana han sido concluidas, veri-ficadas las secciones viales, se ha constatado que seha variado la sección y diseño de algunas vías: en lacalle Viña Lariena se ha variado el diseño de la vía, habiéndose disminuido las bermas laterales de 2.20ml a 1.20ml y aumentado la sección de la pista de 6.00mla 8.00ml, manteniendo finalmente la sección vial de12.80ml; se ha variado así mismo el diseño de la calleViña Marengo, variando la sección de la berma lateralizquierda de 1.80ml a 1.20ml y aumentado la sección de la pista de 5.40ml a 6.00ml, manteniendo finalmente la sección vial de 9.60ml; que en la calle Nelson Guía yla calle Aedo Guerrero no se ha ejecutado el jardín deaislamiento, habiéndose variado el diseño y sección de14.00ml a 12.00ml en cada una de las calles citadas;que efectuada la revisión del Plano de Replanteo de Lotización, es de observarse que las áreas de los lotes vendibles para uso de vivienda han sufrido modifica-ciones no sustanciales; no existiendo a la fecha ningúntipo de edificación. Finalmente señala que las medidasy linderos precisados en el Plano de Ubicación y Re-planteo de lotización, son coincidentes con la Ficha Registral, siendo consecuentemente concordantes con el área bruta materia de habilitación de 24,481.68 m²;habiendo cumplido la propietaria con adjuntar los re-quisitos establecidos en el TUPA, concluyendo que esfactible la aprobación de la Recepción de Obras de Ha-bilitación Urbana; Estando a la normatividad contenida en la Ley Nº 26878, Decreto Supremo Nº 011-98-MTC y Ley Nº 27444 de Pro-cedimiento Administrativo General y facultad expresa pre-vista en el literal e) del artículo 158º de la Ordenanza Nº160-MSS; RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR cumplidas por LA VEN- TUROSA S.A. de conformidad con el Plano de ReplanteoNº 001.01-2004-SGACO-GDU-GCDL-MSS y 001.02-2004-SGACO-GDU-GCDL-MSS, la Ejecución de las Obras de Habilitación Urbana de la urbanización “Los Jardines de Surco” efectuadas sobre el terreno de VEINTICUATRO MILCUATROCIENTOS OCHENTA Y UN METROS CUADRA-DOS CON SESENTA Y OCHO DECÍMETROS CUADRA-DOS (24,481.68 m²), para Uso Residencial de DensidadMedia “R-4”, conformante del área remanente del denomi- nado lote Nº 12 del ex fundo San Antonio (antes denomi- nado sublote B), ubicado en el distrito de Santiago de Sur-co, provincia y departamento de Lima, que ha sido ejecuta-do de conformidad con la Resolución Nº 708-2002-RASSde fecha 13.9.2002. Artículo Segundo.- DETERMINAR que del Área Bru- ta Total de la Habilitación Urbana “Los Jardines de Surco”, que es de 24,481.68m2, corresponden a Área Útil de Lotes15,377.66m2, según el Cuadro de Áreas siguiente: ÁREA BRUTA DEL TERRENO 24,481.68m2 ÁREA PARA VÍAS 7,137.20m2 ÁREA PARA RECREACIÓN PÚBLICA 1,958.53m2 ÁREA DE LOS LOTES HABILITABLES 15,3 77.66m2