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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G34/G33/G39/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 11 de marzo de 2004 ORDENANZA ORDENANZA QUE ESTABLECE EL DERECHO DE EMISIÓN Y DISTRIBUCIÓN A DOMICILIO DE DECLARACIONES JURADAS, FORMATOS DE DECLARACIÓN JURADA Y HOJA DE LIQUIDACIÓN 2004, MONTO MÍNIMO DEL IMPUESTO Y CRONOGRAMA DE PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Artículo 1º.- OBJETIVOS Establecer en la jurisdicción de Lince los montos por derecho de emisión y distribución a domicilio de Declara- ciones Juradas, que deberán abonar los contribuyentes deldistrito; así como los formatos de Declaración Jurada y Hojade Liquidación 2004, monto mínimo del Impuesto y el cro-nograma de pagos para el Impuesto Predial. Artículo 2º.- ALCANCE Y ÁMBITO DE APLICACIÓN La presente ordenanza es de alcance de todos los contribuyentes del distrito de Lince que se encuentren encondición de contribuyentes. Artículo 3º.- MONTO DE PAGO POR LA EMISIÓN MECANIZADA Establecer como costo por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores y determinacióndel tributo, incluida su distribución a domicilio, el 0.4% de laUIT vigente al primero de enero del año 2004. Adicionalmente los contribuyentes abonarán el 0.2% de la UTI por cada predio adicional que tengan por el derecho mencionado. Artículo 4º.- MONTO MÍNIMO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO Establecer como monto mínimo a pagar por concepto del Impuesto Predial del presente año el 0.6% de la UIT vigente, equivalente a S/. 19.20 Nuevos Soles. Artículo 5º.- FORMATOS DE DECLARACIÓN JURA- DA Y HOJA DE LIQUIDACIÓN Apruébese los formatos de Declaración Jurada y Hoja de Liquidación 2004, los mismos que forman parte inte-grante de la presente Ordenanza. Artículo 6º.- Establézcase como fechas de vencimiento de pago del Impuesto Predial: PRIMERA CUOTA 27.02.2004 SEGUNDA CUOTA 31.05.2004 TERCERA CUOTA 31.08.2004 CUARTA CUOTA 30.11.2004 DISPOSICIÓN TRANSITORIA Y FINAL Única.- Facúltese al Alcalde distrital, para que median- te Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones comple- mentarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase.CÉSAR GONZÁLEZ ARRIBASPLATA Alcalde 04878 /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G72/G65/G6C/G61/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G61/G20/G6C/G61 /G63/G65/G6C/G65/G62/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G4D/G61/G74/G72/G69/G6D/G6F/G6E/G69/G6F/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G43/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-2004-MDL Lince, 1 de marzo de 2004 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE LINCE CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Constitución Política del Perú, la Comunidad y el Estado protegen especialmente ala familia, promueven el Matrimonio y los reconocen como institución natural y fundamental de la sociedad; Que, en la jurisdicción del distrito de Lince, existe un alto índice de parejas que viven en unión de hecho y que deseanformalizar su estado civil contrayendo matrimonio, a efectode contribuir con la unidad familiar como núcleo básico de la integridad y el desarrollo de la comunidad linceña; Que, por Ordenanza Nº 107 de fecha 28 de febrero de 2004, se ha dispuesto la exoneración de pagos por Aper-tura del Pliego Matrimonial y por Ceremonia de MatrimonioCivil, para la realización de un Matrimonio Civil Comunita-rio a realizarse el 29 de mayo de 2004; Estando lo expuesto y en uso de las facultades conferi- das en el numeral 6) y 16) del Artículo 20º de la Ley Orgá-nica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- CONVÓQUESE, a las parejas que pretendan contraer Matrimonio Civil Comunitario en laMunicipalidad Distrital de Lince, a llevarse a cabo el 29 demayo de 2004, quiénes deberán cumplir con presentar lossiguientes documentos: 1. Partidas de Nacimiento de ambos, original actuali- zada, no más de 3 meses de antigüedad. 2. D.N.I. (copia fedateada por el Fedatario Municipal con las últimas votaciones). 3. Certificado Domiciliario (uno de los contrayentes debe residir en el distrito). 4. Certificado de Salud: Exámenes Serológico, Pulmo- nar y Constancia de Consejería Preventiva. 5. Los requisitos para los menores de edad, viudos(as) y divorciados(as), serán las que les indique en la Oficinade Registros Civiles de la Municipalidad Distrital de Lince. 6. Testigos de Soltería, uno por cada contrayente. Artículo Segundo.- Los contrayentes que se acojan a los alcances del presente quedarán exonerados de lospagos por los conceptos de Apertura de Pliego Matrimo-nial y Ceremonia de Matrimonio Civil, debiéndose efectuarun pago único de S/. 50.00, dispuesto por la Ordenanza Nº 107 de fecha 28 de febrero de 2004. Artículo Tercero.- Las inscripciones para la referida ceremonia se efectuarán en el período comprendido entreel 8 de marzo de 2004 al 18 de mayo de 2004. Artículo Cuarto.- De acuerdo a lo dispuesto en el Artí- culo 250º del Código Civil, dispóngase la publicación del Edicto Matrimonial Conjunto en el Diario Oficial El Perua- no, que contenga la relación de los pretendientes a con-traer Matrimonio Civil Comunitario en el distrito de Lince. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Secretaría Gene- ral, a través de la Jefatura de Registro Civil, a las Geren-cias de Administración e Imagen Institucional, el cumpli- miento del presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese y cúmplase.CÉSAR GONZÁLEZ ARRIBASPLATA Alcalde 04879 /G50/G72/G65/G63/G69/G73/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G41/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G63/G65/G6A/G6F/G20/G4E/GBA/G20/G30/G30/G33/G2D /G32/G30/G30/G34/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G20/G72/G65/G66/G65/G72/G69/G64/G6F/G20/G61/G6C/G20/GF3/G72/G67/G61/G6E/G6F/G20/G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G2D/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G61/G72/G71/G75/G69/G74/G65/G63/G74/G6F/G62/G61/G6A/G6F/G20/G6C/G61/G20/G6D/G6F/G64/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G2D/G6E/G61/G6C/GED/G73/G69/G6D/G6F/G73 ACUERDO DE CONCEJO Nº 017-2004 Lince, 28 de febrero de 2004 EL CONCEJO DISTRITAL DE LINCE POR CUANTO: Visto en Sesión Ordinaria de la fecha, el Oficio Nº E- 105-2004(GTN/MO) de la Subgerencia de Moritoneo del