Norma Legal Oficial del día 11 de marzo del año 2004 (11/03/2004)


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ORDENANZA

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 11 de marzo de 2004

ORDENANZA QUE ESTABLECE EL DERECHO DE EMISION Y DISTRIBUCION A DOMICILIO DE DECLARACIONES JURADAS, FORMATOS DE DECLARACION JURADA Y HOJA DE LIQUIDACION 2004, MONTO MINIMO DEL IMPUESTO Y CRONOGRAMA DE PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Articulo 1º.- OBJETIVOS Establecer en la jurisdiccion de Lince los montos por derecho de emision y distribucion a domicilio de Declaraciones Juradas, que deberan abonar los contribuyentes del distrito; asi como los formatos de Declaracion Jurada y Hoja de Liquidacion 2004, monto minimo del Impuesto y el cronograma de pagos para el Impuesto Predial. Articulo 2º.- ALCANCE Y AMBITO DE APLICACION La presente ordenanza es de alcance de todos los contribuyentes del distrito de Lince que se encuentren en condicion de contribuyentes. Articulo 3º.- MONTO DE PAGO POR LA EMISION MECANIZADA Establecer como costo por el servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores y determinacion del tributo, incluida su distribucion a domicilio, el 0.4% de la UIT vigente al primero de enero del ano 2004. Adicionalmente los contribuyentes abonaran el 0.2% de la UTI por cada predio adicional que tengan por el derecho mencionado. Articulo 4º.- MONTO MINIMO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO Establecer como monto minimo a pagar por concepto del Impuesto Predial del presente ano el 0.6% de la UIT vigente, equivalente a S/. 19.20 Nuevos Soles. Articulo 5º.- FORMATOS DE DECLARACION JURADA Y HOJA DE LIQUIDACION Apruebese los formatos de Declaracion Jurada y Hoja de Liquidacion 2004, los mismos que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo 6º.- Establezcase como fechas de vencimiento de pago del Impuesto Predial: PRIMERA CUOTA MORDAZA CUOTA TERCERA CUOTA CUARTA CUOTA 27.02.2004 31.05.2004 31.08.2004 30.11.2004

la familia, promueven el Matrimonio y los reconocen como institucion natural y fundamental de la sociedad; Que, en la jurisdiccion del distrito de Lince, existe un alto indice de parejas que viven en union de hecho y que desean formalizar su estado civil contrayendo matrimonio, a efecto de contribuir con la unidad familiar como nucleo basico de la integridad y el desarrollo de la comunidad lincena; Que, por Ordenanza Nº 107 de fecha 28 de febrero de 2004, se ha dispuesto la exoneracion de pagos por Apertura del Pliego Matrimonial y por Ceremonia de Matrimonio Civil, para la realizacion de un Matrimonio Civil Comunitario a realizarse el 29 de MORDAZA de 2004; Estando lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) y 16) del Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- CONVOQUESE, a las parejas que pretendan contraer Matrimonio Civil Comunitario en la Municipalidad Distrital de Lince, a llevarse a cabo el 29 de MORDAZA de 2004, quienes deberan cumplir con presentar los siguientes documentos: 1. Partidas de Nacimiento de ambos, original actualizada, no mas de 3 meses de antiguedad. 2. D.N.I. (copia fedateada por el Fedatario Municipal con las ultimas votaciones). 3. Certificado Domiciliario (uno de los contrayentes debe residir en el distrito). 4. Certificado de Salud: Examenes Serologico, Pulmonar y MORDAZA de Consejeria Preventiva. 5. Los requisitos para los menores de edad, viudos(as) y divorciados(as), seran las que les indique en la Oficina de Registros Civiles de la Municipalidad Distrital de Lince. 6. Testigos de Solteria, uno por cada contrayente. Articulo Segundo.- Los contrayentes que se acojan a los alcances del presente quedaran exonerados de los pagos por los conceptos de Apertura de Pliego Matrimonial y Ceremonia de Matrimonio Civil, debiendose efectuar un pago unico de S/. 50.00, dispuesto por la Ordenanza Nº 107 de fecha 28 de febrero de 2004. Articulo Tercero.- Las inscripciones para la referida ceremonia se efectuaran en el periodo comprendido entre el 8 de marzo de 2004 al 18 de MORDAZA de 2004. Articulo Cuarto.- De acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 250º del Codigo Civil, dispongase la publicacion del Edicto Matrimonial Conjunto en el Diario Oficial El Peruano, que contenga la relacion de los pretendientes a contraer Matrimonio Civil Comunitario en el distrito de Lince. Articulo Quinto.- ENCARGAR, a la Secretaria General, a traves de la Jefatura de Registro Civil, a las Gerencias de Administracion e Imagen Institucional, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 04879

DISPOSICION TRANSITORIA Y FINAL Unica.- Facultese al MORDAZA distrital, para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente ordenanza. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 04878

Establecen disposiciones relativas a la celebracion de Matrimonio Civil Comunitario en el distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 004-2004-MDL Lince, 1 de marzo de 2004 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE LINCE CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Constitucion Politica del Peru, la Comunidad y el Estado protegen especialmente a

Precisan el Acuerdo de Concejo Nº 0032004 en lo referido al organo encargado de la contratacion de arquitecto bajo la modalidad de servicios personalisimos
ACUERDO DE CONCEJO Nº 017-2004 Lince, 28 de febrero de 2004 EL CONCEJO DISTRITAL DE LINCE POR CUANTO: Visto en Sesion Ordinaria de la fecha, el Oficio Nº E105-2004(GTN/MO) de la Subgerencia de Moritoneo del

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