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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G34/G33/G39/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 11 de marzo de 2004 POR CUANTO: El Concejo Municipal de Punta Hermosa, en Sesión Or- dinaria de fecha 27 de febrero del año 2004, visto el pro-yecto de Ordenanza presentado y luego de las delibera-ciones sobre la materia; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Constitución Política del Perú, se le reconoce a los gobiernos locales autonomíapolítica, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 41º del D.S. Nº 135-99-EF, TEXTO ÚNICO ORDENADO DEL CÓDIGO TRIBUTARIO, facultaexcepcionalmente a los Gobiernos Locales a condonar concarácter general los intereses moratorios y las sanciones,respecto a los tributos que administra; Que, conforme a la opinión técnica de la Jefatura de Rentas en el contexto de los informes señalados y satisfa-ciendo el requerimiento de un gran sector mayoritario de lacomunidad del distrito de Punta Hermosa y por otro ladosiendo también política de la presente Administración Mu-nicipal, brindar facilidades a sus contribuyentes, a efectos de que puedan cumplir con sus obligaciones tributarias; Que, estando a lo expuesto; de conformidad con los artículos 9º, 20º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalida-des Nº 27972, D.S. Nº 135-99-EF, TEXTO ÚNICO ORDE-NADO DEL CÓDIGO TRIBUTARIO y Decreto LegislativoNº 776, Ley de Tributación Municipal, se aprueba la siguien- te: ORDENANZA QUE OTORGA AMNISTÍA TRIBUTARIA Y ADMINISTRATIVA Artículo 1º.- Establézcase una Amnistía Tributaria y Ad- ministrativa, señalados en la presente Ordenanza a favor de los contribuyentes del distrito de Punta Hermosa paraque regularicen sus Obligaciones Tr ibutarias y No Tributa- rias pendientes, la misma que regirá desde el 8 de marzoal 31 de marzo del 2004. Artículo 2º.- La Amnistía comprende la Condonación de Intereses Moratorios y el factor de ajuste de los con- ceptos siguientes: Impuesto Predial, Impuesto de Alcaba-la, Arbitrios Municipales, Sanciones por Deudas Tributa-rias así como las No Tributarias (multas administrativas),correspondiente a los ejercicios 1999, 2000, 2001, 2002 y2003, tanto para aquellos contribuyentes que se acerquen a regularizar de forma voluntaria sus obligaciones tributa- rias así como para aquellos que podrían ser notificadosmediante Resoluciones de Determinación, Órdenes dePago y Multas Tributarias dentro de un proceso de fiscali-zación tributaria. El presente beneficio constará de la con-donación del 80% de las sanciones tributarias y el 100% de las moras e interés moratorio. Los contribuyentes que ya fueron notificados, mediante Resoluciones de Determinación, Órdenes de Pago y Mul-tas Tributarias podrán acogerse al presente Beneficio, paralo cual deberán desistirse previamente de cualquier recur-so impugnatorio en trámite, correspondiéndoles el mismo beneficio señalado en el párrafo precedente. No se incluye dentro del presente benéfico aquellos contribuyentes quese encuentren en proceso coactivo. Los contribuyentes que se acojan al presente Beneficio de Regularización, no estarán exentos de cumplir con laobligación formal de la presentación de las declaraciones juradas respectivas. Artículo 3º.- Los contribuyentes que no puedan cance- lar la totalidad de la deuda tributaria conforme a los benefi-cios señalados en el artículo primero, podrán acogerse albeneficio de fraccionamiento tributario, con una cuota ini-cial del 30% de la deuda tributaria, pudiendo fraccionar el saldo hasta en 6 cuotas mensuales. Aquellos contribuyen- tes que cancelen la totalidad de la deuda tributaria sea éstaImpuesto Predial y Arbitrios Municipales dentro del plazoestablecido para el acogimiento, se les condonará el cienpor ciento de las sanciones tributarias que se hayan im-puesto dentro del proceso de Fiscalización Tributaria. Artículo 4º.- Delegar a la Sra. Alcaldesa la facultad de prorrogar el plazo de vigencia de la presente Ordenanza. Artículo 5º.- Encargar a la Unidad de Imagen Institu- cional una campaña de difusión masiva y a la GerenciaMunicipal, Jefatura de Rentas y Secretaría General el es- tricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Orde-nanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. GLORIA LIZANO DE MATSUKAWA Alcaldesa 05003 /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G66/G65/G63/G68/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G76/G65/G6E/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G70/G61/G72/G61 /G65/G6C/G20/G70/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G6D/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G50/G72/G65/G64/G69/G61/G6C/G20/G79/G20/G41/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73 /G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G45/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G32/G30/G30/G34 ORDENANZA Nº 039-2004-MDPH Punta Hermosa, 28 de febrero del 2004LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA El Concejo Municipal reunido en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 27 de febrero del 2004; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley de Tributación Municipal aprobada median- te Decreto Legislativo Nº 776, regula el Impuesto Predial,cuyo pago podrá efectuarse al contado hasta el último díahábil del mes de febrero de cada año o en forma fracciona-da hasta en cuatro cuotas trimestrales, debiéndose pagar la primera hasta el último día hábil de los meses de mayo, agosto y noviembre, respectivamente; Que, por otro lado, la Ordenanza Marco del régimen tributario de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques yJardines, Serenazgo y Agua-Desagüe son de periodicidadmensual y que la Municipalidad Distrital de Punta Hermo- sa, determinará y recaudará dichos arbitrios por períodos trimestrales; Que, el último párrafo del artículo 29º del Texto Úni- co Ordenado del Código Tributario aprobado medianteDecreto Supremo Nº 135-99-EF, establece que el plazopara el pago de la deuda tributaria podrá ser prorroga- do, con carácter general por la Administración Tributa- ria; Estando a los fundamentos antes expuestos, en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del artículo 9º dela Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, contandocon el voto unánime de los señores Regidores y con la dispensa de la lectura y aprobación de actas, se ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE LAS FECHAS DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO 2004 Artículo 1º.- APROBAR como fechas de vencimiento de pago para el Impuesto Predial y Arbitrios Municipalescorrespondientes al año 2004, el siguiente cronograma: 1.- Pago al Contado: Hasta el 31 de marzo del 2004 2.- Pago Fraccionado: Trimestre Meses que comprende Vencimiento 1er. Enero, f ebrero y marz o 31/03/2004 2do. Abril, mayo y junio 31/05/2004 3er. Julio, agosto , septiembre 31/08/2004 4to. Octubre, noviembre, diciembre 30/11/2004 POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. GLORIA A. LIZANO HERNÁNDEZ DE MATSUKAWA Alcaldesa 05004