TEXTO PAGINA: 17
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G34/G35/G35/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 13 de marzo de 2004 Que mediante Resolución Ministerial Nº 082-2004-PRO- DUCE del 1 de marzo del 2004, se suspendieron las activi-dades extractivas y de procesamiento del recurso ancho-veta, a partir de las 00:00 horas del día 3 de marzo hastalas 24:00 horas del día 7 de marzo del 2004, en el áreacomprendida entre los grados 17°15' S y 17°45' S, hastalas 20 millas de la costa; como medida de protección delstock juvenil de la citada especie; Que el Instituto del Mar del Perú a través del Oficio Nº PCD-100-100-2004-IMP del 8 de marzo del 2004, alcanzóel "Informe sobre Incidencia de Juveniles de Anchoveta enla Región Sur del Litoral (1 al 7 de marzo del 2004)", en elcual informa que durante el período 1 al 7 de marzo, se havenido registrando en la región sur del litoral peruano, unaalta incidencia de juveniles de anchoveta que exceden elporcentaje permitido; cuyo rango de tallas de anchoveta fluc-tuó entre 7,5 y 17,0 cm, con moda principal de 12,5 cm. delongitud total. Estas capturas provienen de áreas de pescaubicadas entre los grados 16° y 18° S, dentro de las 30 mnde la costa, cuyos porcentajes más altos de juveniles selocalizaron principalmente entre los 17°00' y 18°20° S, entreMollendo y el sur de Ilo, dentro de las 20 millas de la costa; Que en el informe mencionado en el considerando an- terior se indica, que en los primeros siete días de marzo,se ha observado una incidencia de juveniles de anchove-ta, superando la tolerancia establecida, por lo que se reco-mienda cerrar por cinco días el área de pesca comprendi-da entre los 17°00' S y el extremo sur del litoral peruano(18°20' S), hasta las 20 millas de la costa, sin cerrar lospuertos de desembarque; De conformidad con las disposiciones contenidas en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, su Regla-mento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE yla Resolución Ministerial Nº 281-2003-PRODUCE; y, Con la opinión favorable del Viceministro de Pesquería; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Suspender las actividades extractivas del recur- so anchoveta ( Engraulis ringens ) a partir de las 00:00 horas del día 14 de marzo hasta las 24:00 horas del día 18 de marzo del2004, en el área comprendida entre los 17°00' S y el extremo surdel dominio marítimo del Perú, hasta las 20 millas de la costa. Los establecimientos industriales pesqueros ubicados den- tro del área que comprende la presente suspensión, podrán pro-cesar el recurso anchoveta, siempre que la pesca provenga dezonas distintas al área vedada, de embarcaciones pesquerasque cuenten con permiso de pesca para anchoveta y cuentencon los equipos plataforma-baliza a bordo en estado operativo. Artículo 2º.- Los armadores y titulares de estableci- mientos industriales que incumplan las normas contenidasen la presente Resolución, serán sancionados de confor-midad con las disposiciones establecidas en la Ley Gene-ral de Pesca, su Reglamento y el Reglamento de Inspec-ción y del Procedimiento Sancionador de las ActividadesPesqueras y Acuícola, aprobado por Decreto Supremo Nº008-2002-PE y sus normas ampliatorias y modificatorias,así como demás normas asociadas. Artículo 3º.- La Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, la Dirección Na-cional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministeriode la Producción y las Direcciones Regionales con com-petencia pesquera, velarán por el cumplimiento de lo dis-puesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALFONSO VELÁSQUEZ TUESTA Ministro de la Producción 05191 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G64/G61/G64/G20/G45/G6A/G65/G2D/G63/G75/G74/G6F/G72/G61/G20/G30/G30/G37/G20/G2D/G20/G50/G72/G6F/G20/G56/GED/G61/G73/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 181-2004-MTC/01 Lima, 10 de marzo de 2004CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 038-2004-MTC/01 se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contratacio-nes de la Unidad Ejecutora 007 - Pro Vías Nacional delMinisterio de Transportes y Comunicaciones, correspon-diente al ejercicio presupuestal 2004; Que, mediante Nota de Elevación Nº 092-2004-MTC/ 20, el Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Infraes-tructura de Transporte Nacional - PROVÍAS NACIONALsolicita la modificación del Plan Anual de Adquisiciones yContrataciones del Ministerio en lo correspondiente a laUnidad Ejecutora a su cargo; Que, por Informe Nº 135-2004-MTC/20-GPP, el Gerente de Planificación y Presupuesto del PROVÍAS NACIONALmanifiesta que las modificaciones propuestas cuentan concobertura en el Presupuesto Institucional del 2004 y en elcaso de los procesos cuyas obligaciones devenguen en elsiguiente ejercicio presupuestal, se tomarán las accionesnecesarias para que se incluyan en el proyecto de presu-puesto del 2005; Que, el artículo 7º del Reglamento de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decre-to Supremo Nº 013-2001-PCM, señala que el Plan Anualde Adquisiciones y Contrataciones puede ser modificadode conformidad con la asignación presupuestal o en casode reprogramación de metas propuestas; Que, de acuerdo al numeral 7 de las Disposiciones Es- pecíficas de la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE,aprobada por Resolución Nº 380-2003-CONSUCODE/PREy modificada por Resolución Nº 019-2004-CONSUCODE/PRE, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones po-drá ser modificado en cualquier momento, durante el de-curso del ejercicio presupuestal siempre que se produzcauna reprogramación de las metas institucionales propues-tas o una modificación del presupuesto institucional; Que, según el mencionado dispositivo, toda modifica- ción del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, seapor inclusión o exclusión de algún proceso de selecciónpara la adquisición y/o contratación de bienes, servicios uobras, deberá ser aprobada, en cualquier caso, medianteinstrumento emitido por el órgano o funcionario en el quese haya delegado la competencia para la aprobación delPlan Anual; Que, en consecuencia, corresponde modificar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el año 2004de la Unidad Ejecutora 007 - Pro Vías Nacional del Minis-terio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Re-solución Ministerial Nº 038-2004-MTC/01; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadopor el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamen-to, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, ysus modificatorias; SE RESUELVE:Artículo1º.- Modificar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 007 - Pro Vías Na-cional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, deacuerdo al cuadro que, como Anexo, forma parte integran-te de la presente resolución. Artículo 2º.- Disponer que el Jefe de la Unidad Ejecu- tora 007 - Pro Vías Nacional ponga en conocimiento delConsejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones delEstado - CONSUCODE y de la Comisión de Promoción dela Pequeña y Micro Empresa - PROMPYME, la modifica-ción efectuada a través de la presente resolución. Artículo 3º.- El Plan Anual de Adquisiciones y Con- trataciones de la Unidad Ejecutora 007 - Pro Vías Na-cional se encuentra a disposición del público en gene-ral en la página web http://www .proviasnac.gob .pe y en la Gerencia de Administración de PROVÍAS NACIONAL,ubicada en la Av. Bolivia Nº 120 (2º piso), Lima, dondepodrá ser revisado y/o adquirido al precio de costo desu reproducción. Artículo 4º.- La Secretaría General queda encargada de la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi-cial El Peruano dentro de los diez (10) días hábiles siguien-tes a la fecha de su expedición. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 05115