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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MARZO DEL AÑO 2004 (13/03/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 29

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G34/G35/G36/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 13 de marzo de 2004 SE RESUELVE: 1º. Aprobar la EXONERACIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN DE CONCURSO PÚBLICO para la contrata-ción de avisos publicitarios para el Proceso de Admisión2004-II, por el monto de S/. 175,000.00 nuevos soles, re-querido por la Comisión Ejecutiva de Admisión para el Pro-ceso de Admisión 2004-II. 2º. ENCARGAR a la Secretaría General de la Universi- dad la publicación de la presente Resolución Rectoral enel Diario Oficial El Peruano dentro del plazo de Ley. 3º. ENCARGAR a la Oficina de Abastecimiento remitir a la Contraloría General de la República, copia de la pre-sente Resolución Rectoral y de los Informes Técnicoscorrespondientes y el Formato EXO dentro del plazo deLey. 4º. ENCARGAR al Vicerrectorado Administrativo el cum- plimiento de la presente Resolución Rectoral. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.JUAN MANUEL BURGA DÍAZ Rector 05103 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 ESSALUD /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G63/G61/G72/G64/G69/G6F/G6C/G6F/G67/GED/G61/G20/G64/G65/G42/G72/G61/G73/G69/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G20/G74/G72/G61/G74/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G71/G75/G69/G72/GFA/G72/G67/G69/G63/G6F/G20/G61/G20/G70/G61/G63/G69/G65/G6E/G74/G65 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 236-PE-ESSALUD-2004 Lima, 5 de marzo del 2004 VISTAS:La Carta Nº 0821-GDP-ESSALUD-2004, presentada por la Gerencia de División de Prestaciones para que seexonere del correspondiente proceso de selección la con-tratación de los servicios de un centro asistencial altamen-te especializado del extranjero para la atención asistencialdel paciente Leitzer Vaisman Espinoza, hijo y derechoha-biente del afiliado regular Jaime Vaisman Rios, así como laCarta Nº 652-OCAJ-ESSALUD-2004 de la Oficina Centralde Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 1º de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social deSalud - ESSALUD, la Entidad otorga cobertura a sus ase-gurados y sus derechohabientes a través del otorgamientode prestaciones de prevención, promoción, recuperación yrehabilitación, y prestaciones económicas y sociales, quecorresponden al régimen contributivo de la Seguridad So-cial en Salud, así como de otros seguros de riesgos huma-nos; Que, de acuerdo al Informe Técnico - Médico que sustenta la exoneración solicitada, el paciente Leitzer Vais-man Espinoza presenta un diagnóstico de Atresia Tricuspí-dea, Post Operado de Blalock - Taussig y Post Operado deDerivación Cavopulmonar - Glenn Bidireccional, por lo queexiste la necesidad de contratar los servicios asistencia-les especializados de un centro asistencial para el Trata-miento Quirúrgico de Cirugía de Derivación AtriopulmonarDefinitiva que requiere el paciente; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso h) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado me-diante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, procede exo-nerar de la realización de un Concurso Público o Adjudica-ción Directa en caso de servicios personalísimos; Que, de lo señalado en el Informe Técnico-Médico que sustenta la exoneración se desprende que, si bien el Trata-miento Quirúrgico de Cirugía de Derivación AtriopulmonarDefinitiva, solamente se brinda en el extranjero, por másde un centro asistencial, el Instituto Dante Pazzanese deCardiología de la Secretaría de Saúde del Estado de Sao Paulo - Brasil, el cual recibe el apoyo financiero de la Fun-dación Adib Jatene, cuenta con un centro para el tratamientode Enfermedades Cardíacas Congénitas considerado elmejor centro médico para el cuidado de esta clase de pa-cientes en Latinoamérica y Sudamérica, pues tiene un altí-simo nivel de resolución para patologías cardíacas alta-mente complejas, ya que realiza mensualmente 130 ciru-gías cardíacas, 100 intervenciones percutáneas, 600cateterismos y 12000 consultas ambulatorias; caracterís-ticas que califican al mencionado Centro Asistencial comoespecial en brindar dichos servicios como personalísimos; Que, asimismo, conviene señalar que el valor referen- cial total es de US$ 6,000.00 o su equivalente en nuevossoles, debiendo considerarse el costo del traslado del pa-ciente, lo que implica la adquisición de pasajes aéreos -ida y vuelta al país del centro asistencial - así como unabolsa de viaje para el paciente; Que, al haberse configurado la causal prevista en el literal h) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro-bado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, re-sulta procedente aprobar la exoneración del proceso deselección correspondiente para la contratación de los ser-vicios del Instituto Dante Pazzanese de Cardiología de laSecretaría de Saúde del Estado de Sao Paulo - Brasil, paraque brinde las atenciones asistenciales extrainstituciona-les al paciente Leitzer Vaisman Espinoza, hijo y derecho-habiente del afiliado regular Jaime Vaisman Rios; así comola adquisición de los pasajes (ida y vuelta) y el correspon-diente otorgamiento de la bolsa de viaje para el paciente; Que, en la contratación de los servicios ya indicados deberá observarse las normas de austeridad y racionali-dad en el gasto vigentes y tener en cuenta las limitacionespresupuestales de la Entidad, por lo que el costo de la con-tratación de los referidos servicios no debe exceder delvalor referencial que se apruebe para tal efecto; Que, mediante Opinión Nº 031-2003 (GTN) la Geren- cia Técnico Normativa del Consejo Superior de Contrata-ciones y Adquisiciones del Estado, ha señalado que enaplicación del principio de competencia funcional y territo-rial de las normas, si el proveedor con el que se deseacontratar es un extranjero no domiciliado en el país, seráaplicable la Ley del lugar o país en que se celebre dichoacto, para lo cual bastará obtener por cualquier medio unacotización que cumpla con las exigencias para la contrata-ción; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado, aprobado mediante DecretoSupremo Nº 012-2001-PCM, la exoneración debe ser apro-bada por resolución del Titular del Pliego; Que, de acuerdo con lo establecido por el artículo 8º de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social deSalud, en concordancia con lo señalado por el artículo 4ºdel Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, el Presidente Ejecutivo es la más alta autori-dad ejecutiva de ESSALUD y Titular del Pliego Presu-puestal, por lo que le corresponde aprobar la mencionadaexoneración; Que, el artículo 116º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado median-te Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, señala que el Titu-lar de la Entidad determinará la dependencia u órgano quese encargará de realizar la contratación exonerada; En uso de la atribución conferida por el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad-quisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº012-2001-PCM; SE RESUELVE: 1. APROBAR la exoneración del proceso para la contra- tación de los servicios del Instituto Dante Pazzanese deCardiología de la Secretaría de Saúde del Estado de SaoPaulo - Brasil, con la finalidad de que realice el TratamientoQuirúrgico de Cirugía de Derivación Atriopulmonar Defini-tiva al paciente Leitzer Vaisman Espinoza, hijo y derechoha-biente del afiliado regular Jaime Vaisman Rios, por un valorreferencial total de US $ 6,000.00 o su equivalente en nue-vos soles, así como la adquisición de los correspondien-tes pasajes y el otorgamiento de la bolsa de viaje para elpaciente, con cargo a recursos propios: Fondo de Salud:Fondo Financiero 002601: Atenciones al Exterior. 2. ENCARGAR a la Gerencia de División de Adminis- tración y Organización la realización de los actos respec-