TEXTO PAGINA: 22
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G34/G35/G35/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 13 de marzo de 2004 blea Nacional de Rectores, teniendo como atribución: la de evaluar los proyectos y solicitudes de autoriza-ción de funcionamiento de las nuevas Carreras profe-sionales en las universidades bajo su competencia y,emitir resoluciones autorizando o denegando su fun-cionamiento, previa verificación del cumplimiento efec-tivo de los requisitos y condiciones establecidas en laLey, y el Reglamento para la Autorización de NuevasCarreras Profesionales en Universidades con Autoriza-ción Provisional de Funcionamiento; Que, con Resolución Nº 356-98-CONAFU del 17 de febrero de 1998, se autorizó el funcionamiento provisio-nal de la Universidad Nacional Amazónica de Madre deDios, con sede en la ciudad de Puerto Maldonado de laProvincia de Tambopata del Departamento de Madre deDios, para prestar servicios educativos de nivel universi-tario, a través de las carreras profesionales de: Ingenie-ría Forestal, Ingeniería Agroindustrial, Educación Se-cundaria con las especialidades de Ecoturismo y Ma-temática y Computación; Que, con documento de Vistos, la Universidad Na- cional Amazónica de Madre de Dios, solicita al CONA-FU, la evaluación del Proyecto de sustitución de la es-pecialidad de Ecoturismo de la Carrera Profesional deEducación, por la Carrera Profesional de Ecoturismo,para lo cual adjuntó la documentación requerida parasu admisión a trámite, habiéndose designado a la Co-misión Evaluadora encargada de verificar in situ laSolicitud; Que, la Comisión de Análisis y Consolidación del CONAFU, luego de evaluar el Informe de la ComisiónEvaluadora, recomendó que la universidad corrigieralas observaciones establecidas, con la presentación deuna segunda versión; la misma que al ser evaluada nofue aprobada por el CONAFU, remitiéndose nuevamentelas observaciones a la Universidad para que las corrijacon la presentación de una ultima y definitiva versión; Que, evaluada la solicitud en su nueva versión, nueva- mente la Comisión de Análisis y Consolidación con In-forme Nº 011-2004-CONAFU-CDAYC del 23 de febrerodel 2004, informa que aún persisten debilidades extre-mas en la solicitud en la Sección Justificación del Pro-yecto: el estudio de mercado no hace referencia a la ofer-ta de formación de profesionales en turismo y ecoturis-mo en las universidades de su zona de influencia ni anivel nacional; no precisan con claridad la conveniencialocal, regional y nacional para la Carrera; en la SecciónII Docentes, no se presenta información sobre los do-centes con grados avanzados y la distribución de la car-ga docente; en la Sección III: no se señala el número devacantes, no se adjunta el Currículum Vitae del Respon-sable de la Carrera; las sumillas de los cursos son inco-herentes, presentan errores, omisiones y no coincidencon el Plan de Estudios; la Sección IV InfraestructuraFísica y Recursos Educacionales, no se presenta el equi-pamiento y mobiliario para aulas y módulos básicos paraagencia de viajes, hotelero, cocina y bar programadosen el Proyecto, biblioteca especializada y adquisición delibros y revistas especializadas; en la Sección Admi-nistración Financiera, no se ha realizado la estimaciónpresupuestaria para la implementación de la carrera; Que, por lo antes expuesto, no se dan en el Proyecto, las condiciones necesarias para asegurar su adecuadodesarrollo, lo que constituiría garantía de la calidad de losservicios que pretende ofrecer la Universidad NacionalAmazónica de Madre de Dios; Que, el Pleno del Consejo Nacional para la Autoriza- ción de Funcionamiento de Universidades (CONAFU), ensu Sesión Ordinaria del 26 de febrero del 2004, luego derevisar el Expediente, con lo informado por las ComisionesEvaluadora, de Análisis y Consolidación del CONAFU, acor-dó, no aprobar el Proyecto de sustitución de la especiali-dad de Ecoturismo de la Carrera Profesional de Educa-ción, por la Carrera Profesional de Ecoturismo y, de con-formidad con el literal c) del artículo 8º del Reglamento parala Autorización de Funcionamiento de Nuevas Carreras enUniversidades con Autorización de Funcionamiento Provi-sional, denegar la solicitud por las deficiencias insalvablesdetectadas en su evaluación; Estando a lo expuesto, en concordancia con el artículo 2º, literal d) de la Ley Nº 26439, el Estatuto y ReglamentoGeneral del CONAFU, el Reglamento para la Autorizaciónde Nuevas Carreras Profesionales en Universidades conAutorización Provisional de Funcionamiento; el Acuerdo Nº056-2004-CONAFU del 26 de febrero del 2004 y, en usode las facultades conferidas por el literal c) del artículo 16ºdel Reglamento General del CONAFU;SE RESUELVE; Artículo 1º.- NO APROBAR el Proyecto de sustitución de la Especialidad de Ecoturismo de la Carrera Profesio-nal de Educación, por la Carrera Profesional de Ecoturismo,presentado por la Universidad Nacional Amazónica deMadre de Dios, por contener deficiencias insalvables de-tectadas en su evaluación, las que no permiten garantizarsu adecuado desarrollo, ni niveles mínimos aceptables decalidad en la formación profesional que se pretende impar-tir. Artículo 2º.- NO AUTORIZAR el Funcionamiento de la Carrera Profesional de Ecoturismo en sustitución de laEspecialidad de Ecoturismo de la Carrera Profesional deEducación de la Universidad Nacional Amazónica de Ma-dre de Dios. Artículo 3º.- EXONERAR a la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios del plazo señalado en el ar-tículo 12º del Reglamento para la Autorización de NuevasCarreras Profesionales en Universidades con AutorizaciónProvisional de Funcionamiento, para la presentación de unnuevo Proyecto. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.ALBERTO SILVA DEL ÁGUILA Presidente HERACLIO CAMPANA AÑASCO Secretario General 05202 BANCO CENTRAL DE RESERVA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G61/G6E/G61/G6C/G69/G73/G74/G61/G20/G70/G72/G6F/G66/G65/G73/G69/G6F/G6E/G61/G6C /G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G22/G44/GE9/G63/G69/G6D/G6F/G20/G53/G65/G6D/G69/G6E/G61/G2D /G72/G69/G6F/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G42/G61/G6E/G63/G6F/G73/G20/G43/G65/G6E/G74/G72/G61/G6C/G65/G73/G20/G79/G20/G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G64/G61/G2D /G64/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G76/G65/G72/G73/G69/GF3/G6E/G22/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/GE1/G20/G65/G6E/G41/G6C/G65/G6D/G61/G6E/G69/G61 RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 007-2004 Lima, 11 de marzo de 2004 CONSIDERANDO:Que, el Banco Central de Reserva del Perú tiene la fi- nalidad de preservar la estabilidad monetaria y entre susfunciones está la de administrar las reservas inter-nacionales; Que para el cumplimiento de la referida función la Ge- rencia de Operaciones Internacionales tiene entre sus ob-jetivos propender a la óptima administración de las reser-vas internacionales del país, velar por la oportuna y co-rrecta ejecución de las inversiones en el contexto del mer-cado internacional y fortalecer los vínculos con organis-mos e instituciones del exterior; Que en tal sentido, se considera conveniente la participación de la entidad en el "Décimo Seminario sobreBancos Centrales y Autoridades de Inversión" organizadopor el Dresdner Bank AG. que se llevará a cabo entre el 15al 19 de marzo del presente año en Wiesbaden - Alemania; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº27619 y el Decreto Supremo Nº047-2002-PCM, estando a lo acorda-do por el Directorio en su sesión de 26 de febrero de 2004; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Ezequiel Ramírez Daza, Analista Profesional Especializado delDepartamento de Análisis de Mercado y Programación,del 14 al 20 de marzo, a fin de intervenir en el certamenindicado en la parte considerativa de la presenteResolución. Artículo 2º.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasajes: US$ 957,41 Viáticos: US$ 1820,00 Tarifa Única de Uso de Aeropuer to: US$ 28,24 TOTAL US$ 2805,65