Norma Legal Oficial del día 13 de mayo del año 2004 (13/05/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, jueves 13 de MORDAZA de 2004
SUBPARTIDA NACIONAL 8907 10 00 00 8907 90 10 00 9015 10 00 00 9015 20 10 00 9015 30 00 00 9015 40 10 00 DESCRIPCION

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

Pag. 268341

BALSAS INFLABLES BOYAS LUMINOSAS TELEMETROS TEODOLITOS NIVELES INSTRUMENTOS Y APARATOS DE FOTOGRAMETRIA ELECTRICOS O ELECTRONICOS 9015 80 90 00 LOS DEMAS INSTRUMENTOS Y APARATOS DE GEODESIA, TOPOGRAFIA, AGRIMENSURA, NIVELACION, FOTOGRAMETRIA, HIDROGRAFIA, OCEANOGRAFIA, HIDROLOGICA, METEOROLOGIA O GEOFISICA, EXCEPTO TELEMETROS, TEODOLITOS, NIVELES, FOTOGRAMETRIA 9027 20 00 00 CROMATOGRAFOS E INSTRUMENTOS DE ELECTROFORESIS 9406 00 00 00 CONSTRUCCIONES PREFABRICADAS II. a. 1 2 3 4 5 6 b. 7 8 9 10 LISTA DE SERVICIOS Servicios de Operaciones de Exploracion Servicios topograficos y/o geodesicos Servicios geofisicos, geologicos y geoquimicos Servicios de perforacion, complementacion y/o abandono de pozos Servicios de perfilaje de pozos Servicios de pruebas de pozos Servicios relacionados a la proteccion ambiental Otros Servicios Vinculados a las Operaciones de Exploracion Servicios de almacenamiento y deposito de muestras de las operaciones Servicios de asesoria, consultoria asi como de asistencia y estudios tecnicos especiales sobre las operaciones Servicios de alojamiento y alimentacion del personal operativo del Titular del Contrato Servicios de diseno, construccion, instalacion, armado y desarmado de maquinaria y equipo necesario para las operaciones Servicios de inspeccion, mantenimiento y reparacion de maquinaria, equipo mobiliario utilizado en las operaciones Alquiler o arrendamiento financiero de maquinarias y equipos necesarios para la ejecucion del contrato Servicios de transporte de bienes y personal necesarios para las operaciones y actividades de construccion Servicios de sistemas e informatica Servicios de comunicaciones Servicios de seguridad industrial y contraincendios Servicios de seguridad y vigilancia de instalaciones y personal operativos Servicios de auditorias tecnicas Servicios de muelles y amarraderos, carga y descarga fluvial y maritimo Servicios de asistencia social y comunitaria Servicios medicos y hospitalarios Servicios de despachos aduaneros Servicios de compras de equipos y materiales destinados a las operaciones Servicios de seguros

11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24

Que, mediante Ley Nº 27988 se ha modificado la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones (SPP), cuyo Texto Unico Ordenado ha sido aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-97-EF, a efectos de permitir que los afiliados al SPP puedan optar por invertir sus ahorros jubilatorios en alguno de los diversos Fondos de Pensiones, que seran administrados por las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP); Que, el articulo 5º de la ley establece que es facultad del Poder Ejecutivo dictar la reglamentacion correspondiente; Que, en este sentido, mediante Decreto Supremo Nº 182-2003-EF se ha modificado el Reglamento de la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones (SPP), aprobado mediante Decreto Supremo Nº 00498-EF, para establecer el MORDAZA MORDAZA regulatorio para las inversiones que efectuan las AFP con los recursos de los Fondos de Pensiones que administran; Que, mediante Decreto Supremo Nº 126-2000-EF se establecio el limite especifico para las inversiones de Fondos de Pensiones en acciones de empresas comprendidas en el MORDAZA de Promocion de la Inversion Privada a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 674; Que, mediante Decreto Supremo Nº 021-2004-EF se modifico el Reglamento de la Ley del SPP con el objeto de prorrogar transitoriamente la vigencia del limite especifico establecido mediante el Decreto Supremo Nº 126-2000EF hasta la fecha de inicio de la administracion de los Fondos de Pensiones MORDAZA 1 y MORDAZA 3; Que, con el objeto de otorgar mayor flexibilidad al manejo de la cartera de inversiones de los Fondos de Pensiones, resulta necesario incluir dentro del mencionado limite especifico a las inversiones realizadas por los Fondos de Pensiones en acciones de empresas comprendidas en el MORDAZA de Promocion de la Inversion Privada a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 674, efectuadas de manera indirecta a traves de vehiculos de inversion tales como los fondos de inversion y los patrimonios de proposito exclusivo o fideicomisos; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y en el articulo 3º de la Ley Organica del Poder Ejecutivo, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 560; DECRETA: Articulo 1º.- MODIFICACION DEL DECRETO SUPREMO Nº 126-2000-EF. Modificar el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 126-2000-EF, por el texto siguiente: "Articulo 1º.- Establezcase, como limite especifico para las inversiones que realicen los Fondos de Pensiones en acciones de las empresas comprendidas en el MORDAZA de Promocion de la Inversion Privada a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 674, el 5% (cinco por ciento) del Valor del Fondo de Pensiones al 30 de setiembre de 2000. Asimismo, las inversiones realizadas en las acciones a que hace referencia el parrafo precedente por los fondos de inversion y los patrimonios de proposito exclusivo o fideicomisos; cuyas cuotas de participacion, instrumentos representativos de activos titulizados o instrumentos de inversion emitidos por fideicomisos MORDAZA adquiridos por los Fondos de Pensiones, seran comprendidas en el limite especifico MORDAZA senalado. El limite establecido en el presente articulo, que incluye las inversiones realizadas al MORDAZA de los Decretos Supremos Nºs 066-98-EF y 004-2000-EF, sera determinado de acuerdo con la informacion proporcionada por la Superintendencia de Banca y Seguros al mes anterior a la fecha de la inversion." Articulo 2º.- REFRENDO. El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finan-

09094

Modifican el calculo del limite especifico para inversiones que realicen los Fondos de Pensiones en acciones de empresas comprendidas en MORDAZA de promocion de la inversion privada del D.Leg. Nº 674
DECRETO SUPREMO Nº 062-2004-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.