Norma Legal Oficial del día 13 de mayo del año 2004 (13/05/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, jueves 13 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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de la formacion especifica y dirigida de las mujeres rurales y de la poblacion indigena, con el fin de promover una integracion en los mercados de trabajo. Articulo 3º.- Las funciones del Programa seran establecidas en su Reglamento Interno, el mismo que sera elaborado por el Directorio, de acuerdo a las Disposiciones Tecnicas y Administrativas. Articulo 4º.- Los organos de direccion y administracion de la Entidad Gestora del mencionado Programa estaran conformados por personal designado por los Ministerios de Trabajo y Promocion del Empleo y de Educacion, de conformidad con los convenios e instrumentos que se suscriban. La Entidad Gestora tendra la siguiente estructura organica, de acuerdo a las Disposiciones Tecnicas y Administrativas: 1) Un Directorio, que estara integrado por el Viceministro de Gestion Pedagogica del Ministerio de Educacion, quien lo presidira, por el Viceministro de Promocion del Empleo y de la Micro y Pequena Empresa del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo y por el Director Ejecutivo de la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional, 2) El Coordinador Nacional, el mismo que sera designado por Concurso Publico, 3) Un Area de Administracion, 4) Un Area de Planificacion y Desarrollo. Articulo 5º.- La implementacion del presente Decreto Supremo se ajustara a las disposiciones presupuestarias vigentes y a las Disposiciones Tecnicas y Administrativas aprobadas, autorizandose a que por Resolucion Ministerial del Sector Trabajo y Promocion del Empleo se dicten las normas reglamentarias correspondientes propuestas por el Directorio. Articulo 6º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo y por el Ministro de Educacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los doce dias del mes de MORDAZA del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA NEVES MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo MORDAZA MORDAZA NADAL Ministro de Educacion 09092

Autorizan contratar suministro de pasajes aereos nacionales de la Unidad Ejecutora 001: Oficina de Administracion del ministerio, mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 113-2004-TR MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2004 VISTOS: El Informe Nº 105-2004-OA-OASA de fecha 4 de MORDAZA de 2004, Informe Nº 153-2004-OPP/OPRE de fecha 5 de MORDAZA de 2004, y el Informe Nº 621-2004-TR/OAJOAAL de fecha 5 de MORDAZA de 2004; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 9 de MORDAZA del 2003, el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo y la empresa Domiruth Travel Service S.A.C. suscribieron el contrato para la adquisicion de Pasajes Nacionales Nº 0001-2003-MTPE con vencimiento al 31 de de diciembre de 2003; Que, el Sector aprobo la contratacion complementaria para la adquisicion de Pasajes Nacionales, por un monto equivalente al 30% del monto total del contrato original suscribiendose con fecha 30 de diciembre de

2003 la addenda de ampliacion del plazo contractual, durante su vigencia, la Entidad procedio a convocar el MORDAZA de seleccion programado en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Sector para el presente ejercicio fiscal; Que, el MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica Nº 0001-2004-MTPE "Contratacion de una Agencia de Viaje, Pasaje Aereo Nacional" convocado por la Entidad fue declarado desierto en su Primera Convocatoria; Que, a la fecha se ha realizado una MORDAZA convocatoria de la Adjudicacion Directa Publica Nº 0001-2004MTPE "Contratacion de una Agencia de Viajes, Pasaje Aereo Nacional", encontrandose en la etapa de integracion de Bases, de acuerdo a lo senalado en el Informe Nº 1052004/OA-OASA; Que, mediante Informe Tecnico de vistos, la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, informa que se encuentra en MORDAZA la Adjudicacion Directa Publica Nº 001-2004-MTPE que tiene por objeto la contratacion de una "Agencia de Viajes para el suministro de Pasajes Aereos Nacionales", encontrandose en la etapa de integracion de bases, por lo que la Entidad carecera del suministro de Pasajes Aereos Nacionales por el plazo en que culmine dicho MORDAZA, afectandose en consecuencia, la continuidad de las operaciones productivas que la Entidad tiene planeadas en el Plan Operativo Institucional, por lo que resulta necesario declarar la situacion de urgencia a efectos de contar con dicho suministro que permita atender los requerimientos solicitados; Que, mediante Informe Nº 153-2004-OPP/OPRE, la Oficina de Presupuesto de la Oficina de Planificacion y Presupuesto, informa que se cuenta con disponibilidad presupuestal para la exoneracion de la contratacion de servicio de pasajes aereos nacionales; Que, el inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia o de urgencia declaradas de conformidad con la Ley; Que, el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que se considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, el articulo 108º del Decreto Supremo Nº 0132001-PCM, senala que la mencionada situacion debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, el Informe Legal concluye que procede declarar la urgencia que corresponde a la contratacion del suministro de Pasajes Aereos Nacionales, y autorizar su contratacion mediante un MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, como medida temporal, por el tiempo necesario en que culmine el MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica Nº 00012004-MTPE, situacion que se encuentra contemplada en el inciso c) del articulo 19º del Decreto Supremo Nº 0122001-PCM y articulo 108º del Decreto Supremo Nº 0132001-PCM; Que, lo expuesto en dichos informes justifican tecnica y legalmente la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la contratacion de los servicios requeridos, cumpliendose asi con lo establecido en el articulo 113º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, el articulo 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dispone que las exoneraciones pre-

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