Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2004 (01/11/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 1 de noviembre de 2004

sentar a traves de SUNAT Virtual, las Declaraciones originales, rectificatorias o sustitutorias generadas por los PDT que se senalan a continuacion, asi como efectuar el pago de los tributos que correspondan, salvo la excepcion prevista por el literal b) del articulo 2º, en que la MORDAZA de la Declaracion a traves de SUNAT Virtual es obligatoria.
Formulario Nº Virtual 600 610 615 616 617 621 626 633 634 646 647 651 652 672 674 675 676 677 678 679 680 693 695 Denominacion del PDT PDT - Remuneraciones PDT - Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo PDT - Impuesto Selectivo al Consumo PDT - Trabajadores Independientes PDT - Otras Retenciones PDT - IGV Renta Mensual PDT - Agentes de Retencion PDT - Agentes de Percepcion PDT ­ Impuesto Extraordinario para la Promocion y Desarrollo Turistico Nacional PDT - Anticipo Adicional de Renta de Tercera Categoria PDT - Suspension de Anticipo Adicional de Renta de Tercera Categoria PDT - Renta Anual 2003 - Persona Natural Otras Rentas PDT - Renta Anual 2003 - Tercera Categoria PDT - Renta 1998 PDT - Renta 1999 PDT - Renta Anual 2000 - Persona Natural PDT - Renta Anual 2000 - Tercera Categoria PDT - Renta Anual 2001 - Persona Natural PDT - Renta Anual 2001 - Tercera Categoria PDT - Renta Anual - Personal Natural Ejercicio 2002 PDT­ Renta Anual - Tercera Categoria Ejercicio 2002 PDT - Casinos y Maquinas Tragamonedas PDT - Impuesto a las Transacciones Financieras

Articulo 6º.- ASPECTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO PARA PRESENTAR LA DECLARACION Y/O REALIZAR EL PAGO A efectos de presentar la Declaracion y/o efectuar el pago correspondiente a traves de SUNAT Virtual, el deudor tributario debera acceder a la opcion SUNAT "Operaciones en linea" y seguir las indicaciones del sistema, teniendo en cuenta lo siguiente: 1) Si la Declaracion no cuenta con Importe a pagar y no tiene causal de rechazo el sistema emitira la MORDAZA de MORDAZA de la Declaracion de acuerdo a lo indicado en el articulo 8º. 2) Si la Declaracion posee monto a pagar: a) Cualquiera sea la modalidad de pago que seleccione el deudor tributario, debera cancelar el integro del Importe a pagar consignado en la Declaracion, a traves de una unica transaccion bancaria; b) Realizado el pago, el sistema emitira la MORDAZA de MORDAZA de la Declaracion y Pago de acuerdo a lo indicado en el articulo 8º. Articulo 7º.- CAUSALES DE RECHAZO DEL ARCHIVO PARA EFECTOS DE SU MORDAZA A TRAVES DE SUNAT VIRTUAL Las causales de rechazo del (de los) archivo(s) son las siguientes: 1) El (Los) archivo(s) contiene(n) virus informatico. 2) El (Los) archivo(s) presenta(n) defectos de lectura. 3) El deudor tributario que presenta la(s) Declaracion(es) no se encuentra inscrito en el RUC. 4) El numero de RUC del deudor tributario que presenta la(s) Declaracion(es) no coincide con el numero de RUC del usuario de SUNAT Operaciones en Linea. 5) La(s) Declaracion(es) pertenece(n) a un Principal Contribuyente que no ha sido notificado por la SUNAT para poder presentarla a traves de SUNAT Virtual o que no se encuentra comprendido en el Anexo. 6) El (Los) archivo(s) que contiene(n) la(s) Declaracion(es) a ser presentada(s) no fue(ron) generado(s) por el respectivo PDT. 7) El (Los) archivo(s) ha(n) sido modificado(s) luego de ser generado(s) por el respectivo PDT. 8) El(Los) archivo(s) no ha(n) sido generado(s) en forma completa o su(s) tamano(s) no corresponde(n) al(los) generado(s) por el respectivo PDT. 9) La(s) Declaracion(es) ha(n) sido presentada(s) mas de una vez por el mismo periodo y tributo sin haberse registrado en esta(s) que se trata de una Declaracion(es) sustitutoria(s) o rectifictoria(s), segun sea el caso. 10) La forma de pago del rubro Determinacion de la Deuda seleccionada en el PDT no es la senalada en el numeral 3 del articulo 5º. 11) La version del PDT utilizado para elaborar la(s) Declaracion(es) no esta vigente. 12) Los parametros que deben ser utilizados para efecto de registrar informacion en la(s) Declaracion(es) no estan vigentes. 13) Tratandose del pago con debito en cuenta: a) Que el deudor tributario no posea cuenta afiliada; b) Que la cuenta no posea los fondos suficientes para cancelar el Importe a pagar; o, c) Que no se pueda establecer comunicacion con el MORDAZA del Banco. 14) Tratandose del pago mediante enlace con el MORDAZA del Banco, que el deudor tributario no posea una cuenta con los fondos suficientes para cancelar el Importe a pagar. 15) Cualquiera sea la modalidad de pago, que este no se realice por un corte en el sistema. Cuando se rechace el(los) archivo(s) por cualquiera de las situaciones senaladas en el parrafo anterior, la(s) Declaracion(es) que esta implique sera(n) considerada(s) como no presentada(s). Articulo 8º.- CONSTANCIAS DE MORDAZA DE LA DECLARACION Y EL PAGO EFECTUADO A TRAVES DE SUNAT VIRTUAL La MORDAZA de MORDAZA de la Declaracion y la MORDAZA de MORDAZA de Declaracion y Pago son los unicos comprobantes de la operacion efectuada por el deudor tributario, los mismos que se emitiran de acuerdo a lo siguiente:

Asimismo, podran presentar los PDT que se aprueben con posterioridad por concepto de la Declaracion Jurada Anual del Impuesto a la Renta de los ejercicios siguientes. Mediante Resolucion de Superintendencia se podra autorizar la recepcion, a traves de SUNAT Virtual, de la Declaracion y pago por otros conceptos, como consecuencia de la implementacion de nuevos medios de declaracion y/o pago virtuales. La MORDAZA de Declaraciones a traves de SUNAT Virtual no obliga al deudor tributario a utilizar este medio en otras oportunidades, salvo lo senalado en el literal b) del Articulo 2º. Articulo 5º.- MODALIDADES DE PAGO Para cancelar el Importe a pagar consignado en la Declaracion a traves de SUNAT Virtual, los deudores tributarios tendran en cuenta lo siguiente: 1) En el caso de los Medianos y Pequenos Contribuyentes, podran optar por alguna de las modalidades que se indican a continuacion: a) Pago mediante debito en cuenta: En esta modalidad, el deudor tributario ordena el debito en cuenta del Importe a pagar indicado en el PDT, al Banco que seleccione de la relacion de Bancos que tiene habilitado SUNAT Virtual y con el cual ha celebrado previamente un Convenio de Afiliacion al Servicio de Pago de tributos con cargo en cuenta. La cuenta en la que se realizara el debito es de conocimiento exclusivo del deudor tributario y del Banco. b) Pago mediante enlace al MORDAZA del Banco: En esta modalidad, el deudor tributario realiza el pago utilizando el MORDAZA del Banco que seleccione, de la relacion de Bancos que tiene habilitado SUNAT Virtual. Para tal efecto debera seguir las instrucciones senaladas en el MORDAZA MORDAZA mencionado. 2) En el caso de los Principales Contribuyentes, solo podran utilizar la modalidad de pago mediante debito en cuenta a que se refiere el literal a) del numeral 1. 3) Deberan consignar una MORDAZA en el casillero "efectivo" del rubro "forma de pago" de la Declaracion que esta contenida en el PDT respectivo.

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