Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2004 (01/11/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, lunes 1 de noviembre de 2004

NORMAS LEGALES

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1) Tratandose de Declaraciones sin Importe a pagar, de no mediar causal de rechazo, el sistema de la SUNAT emitira la MORDAZA de MORDAZA de la Declaracion para el deudor tributario, la misma que contendra el detalle de lo declarado y el respectivo numero de orden. 2) Tratandose de Declaraciones con Importe a pagar que MORDAZA sido cancelado mediante debito en cuenta, de no mediar causal de rechazo, el sistema de la SUNAT emitira la MORDAZA de MORDAZA de la Declaracion y del Pago para el deudor tributario, en la que se indicara el detalle de lo declarado y de la operacion de pago realizada a traves del Banco, asi como el respectivo numero de orden. 3) Tratandose de Declaraciones con Importe a pagar que MORDAZA sido cancelado mediante enlace con el MORDAZA del Banco, de no mediar causal de rechazo, el sistema del Banco a traves de su MORDAZA emitira la MORDAZA de MORDAZA de la Declaracion y Pago para el deudor tributario, en la que se indicara el detalle de la Declaracion y de la operacion de pago realizada a traves del Banco, y el respectivo numero de orden. Articulo 9º.- VIGENCIA La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente al de su publicacion. Articulo 10º.- DEROGATORIA Derogase las Resoluciones de Superintendencia Nºs. 062-2003/SUNAT, 192-2003/SUNAT y 222-2003/SUNAT. Las referencias a estas resoluciones se entenderan efectuadas a la presente resolucion cuando corresponda.

Que la Decimo Cuarta Disposicion Final del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 de la Ley Nº 26979, no es de aplicacion a los organos de la Administracion Tributaria cuyo personal ingrese mediante concurso publico; En uso de las facultades conferidas por el inciso u) del Articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar como Ejecutor Coactivo encargado de la gestion de cobranza coactiva de la Intendencia Regional MORDAZA, al senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA Villegas. Registrese, comuniquese y publiquese. NAHIL MORDAZA HIRSH MORDAZA Superintendente Nacional 19735

Modifican Regimen de Retenciones del IGV aplicable a los proveedores
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 263-2004/SUNAT
MORDAZA, 29 de octubre de 2004 CONSIDERANDO: Que el Articulo 10º del Texto Unico Ordenado (TUO) del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 13599-EF y modificatorias, establece que la Administracion Tributaria podra designar como agentes de retencion a los sujetos que se encuentran en disposicion para efectuar la retencion de tributos; Que la Resolucion de Superintendencia Nº 037-2002/ SUNAT y modificatorias establecio el Regimen de Retenciones del Impuesto General a las Ventas aplicable a los proveedores y designo a determinados sujetos como agentes de retencion; Que a fin de facilitar el procedimiento establecido, resulta conveniente modificar las disposiciones referidas al Comprobante de Retencion a fin de facilitar su emision y otorgamiento; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 10º del TUO del Codigo Tributario, el Articulo 10º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, de conformidad con el Articulo 11º del Decreto Legislativo Nº 501 y el inciso q) del Articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Sustituyase el numeral 4) e incorporase como numeral 5) del Articulo 8º de la Resolucion de Superintendencia Nº 037-2002/SUNAT y modificatorias, el siguiente texto: "Articulo 8º.- COMPROBANTE DE RETENCION (...) 4. La impresion de los "Comprobantes de Retencion" se realizara previa autorizacion, utilizando el Formulario Nº 816 "Autorizacion de Impresion a traves de SUNAT Operaciones en Linea", cumpliendo lo dispuesto en el numeral 1 del Articulo 12º del Reglamento de Comprobantes de Pago y, en lo que sea pertinente, las obligaciones senaladas en los numerales 4, 5, 6, 7, 9, 10 y 11.1 del mencionado articulo. Los agentes de retencion podran realizar la impresion de sus "Comprobantes de Retencion", previa solicitud de autorizacion a la SUNAT a traves del Formulario Nº 806, sin necesidad de utilizar una imprenta, mediante sistema computarizado, respecto de la serie asignada al punto de emision y el rango de comprobantes a imprimir. En tales casos, y siempre que exista acuerdo entre ambos, el Agente de Retencion podra entregar al proveedor la MORDAZA que le corresponde del "Comprobante de Retencion" generado mediante sistema computarizado, a traves de la Internet o

DISPOSICIONES FINALES
Primera.- MODIFICACION DE RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Sustituyase el texto del literal a) del articulo 5º de la Resolucion de Superintendencia Nº 013-2003/SUNAT, por el siguiente: "a) Si la MORDAZA se efectua a traves de SUNAT Virtual, la acreditacion se realizara con el codigo de usuario y la clave de acceso a SUNAT Operaciones en Linea, de acuerdo a lo senalado en la Resolucion de Superintendencia que aprueba las normas para que los deudores tributarios presenten sus declaraciones determinativas y efectuen el pago de los tributos internos a traves de SUNAT Virtual." Segunda.- MORDAZA DE LA DECLARACION Y PAGO A TRAVES DE SUNAT VIRTUAL Excepcionalmente, los Principales Contribuyentes senalados en el Anexo se encuentran habilitados para realizar la MORDAZA de sus Declaraciones originales, rectificatorias o sustitutorias y el pago, a traves de SUNAT Virtual, a partir del 1 de diciembre de 2004. Registrese, comuniquese y publiquese. NAHIL MORDAZA HIRSH MORDAZA Superintendente Nacional 19739

Designan Ejecutor Coactivo de la Intendencia Regional MORDAZA
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 262-2004/SUNAT
MORDAZA, 29 de octubre de 2004 CONSIDERANDO: Que el Articulo 114º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modificatorias, establece los requisitos que deberan cumplir los funcionarios de la Administracion Tributaria para acceder al cargo de Ejecutor Coactivo; Que a fin de garantizar el normal funcionamiento de la cobranza coactiva en la Intendencia Regional MORDAZA, resulta necesario efectuar la designacion de un Ejecutor Coactivo que se encargara de la gestion de cobranza coactiva de dicha Intendencia; Que el trabajador propuesto ha presentado declaracion jurada manifestando reunir los requisitos MORDAZA indicados;

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