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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G39/G35/G35/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 1 de noviembre de 2004 ejecución de inspecciones técnicas a los explotadores aéreos en el país, basado en las disposiciones estableci-das en el citado Convenio y en los estándares de laOrganización de Aviación Civil Internacional; Que, la empresa Lan Perú S.A., con Carta DINPU 1098/10/04, de fecha 18 de octubre del 2004, en elmarco del Procedimiento Nº 5 de la sección correspon-diente a la Dirección General de Aeronáutica Civil (Eva-luación de Personal), establecido en el Texto Único deProcedimientos Administrativos del Ministerio de Trans-portes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supre-mo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Dirección General deAeronáutica Civil, efectuar los chequeos técnicos en laaeronave Airbus 320, en la ruta Lima - Caracas - Lima, asu personal aeronáutico propuesto, durante los días 2 y4 de noviembre de 2004; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acota- ción Nºs. 00840, 20501, 20502, 20950, 20951, 22332,22333, 22335 y 22336, la solicitante ha cumplido con elpago del derecho de tramitación correspondiente alProcedimiento a que se refiere el considerando anterior,ante la Dirección de Tesorería del Ministerio de Trans-portes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empre-sa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viá-ticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido las Órdenes deInspección Nºs. 1643-2004-MTC/12.04-SDO y 1644-2004-MTC/12.04-SDO, designando a la Inspectora Pa-tricia Victoria Mc Callum Luján; 1645-2004-MTC/12.04-SDO y 1646-2004-MTC/12.04-SDO, designando a la Ins-pectora Mercedes Delpino Aspiazu, 1647-2004-MTC/12.04-SDO y 1648-2004-MTC/12.04-SDO, designandoal inspector Lino Roberto Molina Valencia, para realizarlos chequeos técnicos en la aeronave Airbus 320, en laruta Lima - Caracas - Lima, al personal aeronáutico pro-puesto por la empresa Lan Perú S.A., durante los días 2y 4 de noviembre de 2004; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje de los referidos Inspectores de la Dirección Gene-ral de Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento de lasfunciones que les asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamen-to, puedan realizar los chequeos técnicos a que se con-traen las Órdenes de Inspección Nºs 1643-2004-MTC/12.04-SDO, 1644-2004-MTC /12.04-SDO, 1645-2004-MTC/12.04-SDO, 1646-2004-MTC/12.04-SDO, 1647-2004-MTC/12.04-SDO y 1648-2004-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619 y Ley Nº 28128 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores Patricia Victoria Mc Callum Luján, Mercedes Delpino Aspiazu yLino Roberto Molina Valencia, Inspectores de la Direc-ción General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Trans-portes y Comunicaciones, a la ciudad de Caracas, Repú-blica de Venezuela, durante los días 2 y 4 de noviembrede 2004, para los fines a que se contrae la parte consi-derativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autoriza- do precedentemente, ha sido íntegramente cubierto porla empresa Lan Perú S.A. a través de los Recibos deAcotación Nºs. 00840, 20501, 20502, 20950, 20951,22332, 22333, 22335 y 22336, abonados a la Direcciónde Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunicacio-nes, incluyendo las asignaciones por concepto de viáti-cos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al si-guiente detalle: Día 2 de noviembre Viáticos (por tres Inspectores) US$ 600.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 84.72 (por tres Inspectores) Día 4 de noviembre Viáticos (por tres Inspectores) US$ 600.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 84.72 (por tres Inspectores) Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, losinspectores mencionados en el artículo 1º de la presen-te Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) díascalendario siguientes de efectuado el viaje, deberánpresentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina General de Administración del Ministerio deTransportes y Comunicaciones, describiendo las accio-nes realizadas y los resultados obtenidos durante elviaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestoso derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase odenominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 19654 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 SBS /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G43/G61/G6A/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G68/G6F/G2D /G72/G72/G6F/G20/G79/G20/G43/G72/GE9/G64/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G48/G75/G61/G6E/G63/G61/G79/G6F/G20/G65/G6C/G20/G61/G75/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G64/G65/G20/G63/G61/G70/G69/G74/G61/G6C/G20/G73/G6F/G63/G69/G61/G6C/G20/G79/G20/G6C/G61/G20/G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G73/G75/G20/G45/G73/G74/G61/G74/G75/G74/G6F/G20/G53/G6F/G63/G69/G61/G6C RESOLUCIÓN SBS Nº 1722-2004 Lima, 14 de octubre de 2004 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Aho- rro y Crédito de Huancayo (Caja Municipal Huancayo)para que se le autorice el aumento de su Capital Socialmediante la capitalización de su reserva legal especial;así como la modificación subsiguiente de la parte perti-nente de su Estatuto Social; y, CONSIDERANDO:Que, el Concejo Municipal Provincial de Huancayo, en sesión como Junta General de Accionistas de la CajaMunicipal de Ahorro y Crédito de Huancayo (Caja Munici-pal Huancayo), celebrada el día 17 de junio de 2004,aprobó el aumento del capital social de la citada Caja,mediante la capitalización, entre otros, de su reservalegal especial constituida por S/. 2,339,734.97 corres-pondiente a las utilidades del ejercicio 2002, y S/.3,399,492.80 que corresponde a las utilidades del ejer-cicio 2003; Que, la Federación Peruana de Cajas Municipales de Ahorro y Crédito (FEPCMAC) se ha pronunciado favora-blemente con relación al indicado aumento de capital,mediante el Oficio Nº 124-2004-FEPCMAC, en cumpli-miento de la Ley Especial de las CMAC, el D.S. Nº 157-90-EF; Estando a lo informado por el Departamento de Eva- luación del Sistema Financiero a través del Informe Nº118-2004-DESF"F"; así como a lo opinado por la Super-intendencia Adjunta de Banca y la Superintendencia Ad-junta de Asesoría Jurídica; De conformidad con los procedimientos Nºs. 44 y 84 del Texto Único de Procedimientos Administrativos(TUPA) aprobado mediante la Resolución SBS Nº 131-2002, modificado por la Resolución SBS Nº 1276-2002,cuya base legal está dada por los artículos 13º, 14º y62º de la Ley Nº 26702, el artículo 41º y Quinta Disposi-ción Complementaria y Final de la Ley Nº 27444; y enuso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26702; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Aho- rro y Crédito de Huancayo (Caja Municipal Huancayo), elaumento de su capital social mediante la capitalizaciónde su reserva legal especial conformada por S/.2,339,734.97 (Dos millones, trescientos treinta y nuevemil, setecientos treinta y cuatro y 97/100 Nuevos Soles)y S/. 3,399,492.80 (Tres millones, trescientos noventa ynueve mil, cuatrocientos noventa y dos y 80/100 Nuevos