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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G39/G39/G33/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 8 de noviembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MIN- CETUR es el organismo rector del Sector Comercio Exteriory Turismo; y tiene competencia para definir, dirigir, ejecutar,coordinar y supervisar la política de este Sector; Que, en el marco de la reunión del Comité Permanente del Consejo de Cooperación Económica del Pacífico(PECC), se realizará la III Mesa Redonda sobre TransporteAéreo y Turismo en la Región Asia Pacífico, en la ciudad deGuayaquil, República del Ecuador, del 10 al 13 de noviem-bre de 2004; Que, en dicho evento se abordarán temas relaciona- dos a las políticas generales de aviación y los esfuerzosregionales en materia de seguridad; las conclusiones quese recojan serán de interés para la próxima “VI Reunión delComité Técnico Binacional de Facilitación del Turismo Perú- Ecuador”, a realizarse en la ciudad de Tumbes, los días18 y 19 de noviembre del presente año; Que, los asuntos que se tratarán en dicho evento resul- tan de interés para el logro de los objetivos del Sector, portal razón, se considera conveniente la participación de unAsesor del Viceministerio de Turismo como representantedel MINCETUR, acogiendo la propuesta formulada por elViceministro de Turismo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28128, Ley Nº 27790, Ley Nº 27619 y su Reglamento aprobadopor Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora abogada Carla Eslava Barbieri, a la ciudad de Guayaquil, Repúblicadel Ecuador, para que en representación del Ministerio deComercio Exterior y Turismo participe en la III Mesa Redon-da sobre Transporte Aéreo y Turismo en la Región AsiaPacífico a realizarse del 9 al 12 de noviembre de 2004. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos por el Pliego Pre-supuestal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, deacuerdo al siguiente detalle: - Pasajes US$ 523,00 - Viáticos US$ 800,00 - Tarifa Corpac US$ 28,24 Artículo 3º.- La profesional cuyo viaje se autoriza por la presente Resolución, dentro de los quince (15) díasposteriores a su retorno, deberá presentar al Titular delSector un informe detallado describiendo las accionesrealizadas y los resultados obtenidos en el evento al queasistirá, así como la respectiva rendición de cuentas, deacuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libe- ra ni exonera del pago de impuestos o derechos aduane-ros, cualquiera fuere su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 20105 INTERIOR /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G70/G72/G65/G73/G63/G72/G69/G74/G61/G20/G61/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G2D /G76/G61/G20/G69/G6E/G63/G6F/G61/G64/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G64/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G53/G75/G62/G2D /G70/G72/G65/G66/G65/G63/G74/G75/G72/G61/G20/G64/G65/G20/G4D/G61/G79/G6E/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G50/G72/G65/G66/G65/G63/G74/G75/G72/G61 /G64/G65/G20/G4C/G6F/G72/G65/G74/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 2314-2004-IN-1300 Lima, 2 de noviembre del 2004 VISTO: El Acta Nº 066-2004-IN-1300 de 30 de setiembre de 2004 de la Comisión Permanente de Procesos Adminis-trativos Disciplinarios del Ministerio del Interior (Órganos NoPoliciales) designada por Resolución Ministerial Nº 1517-2004-IN de 6 de agosto de 2004 relacionada con la califi-cación de la denuncia formulada contra el servidor Francis-co Ronald Montes Ríos, identificado con DNI Nº 05273950, Técnico Administrativo III - STA de la Subprefectura deMaynas de la Prefectura de Loreto de la Dirección Generalde Gobierno Interior; CONSIDERANDO:Que, con Oficio Nº 041-2003-IN-1506 de 3 de marzo de 2003, la Directora (e) de la Oficina de Administración de laDirección General de Gobierno Interior hace de conoci-miento del Director General de la Oficina General de Admi-nistración que el servidor Francisco Ronald Montes Ríosmediante Informe s/n de 27 de diciembre de 2002 asumeplenamente la responsabilidad de haberse apropiado deDos Mil Dieciocho y 00/100 Nuevos Soles (S/. 2 018,00)destinados por el Ministerio del Interior para el pago degastos operativos de la Subprefectura de Maynas; Que, mediante Oficio Nº 4198-2004-IN-0903 de 16 de diciembre de 2003, la Oficina de Personal remitió en dieci-nueve (19) folios el expediente a la Comisión Permanente deProcesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Inte-rior (Órganos No Policiales) y mediante Oficio Nº 050-2004-IN-0501 de 9 de enero de 2004 la Oficina General de Admi-nistración remitió en siete (7) folios un expediente comple-mentario en el que se incluyó el Oficio Nº 4875-2003-IN-1201de 18 de diciembre de 2003 suscrito por la Procuradora Públi-ca a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior; Que, el artículo 173º del Reglamento de la Ley de Carre- ra Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM de 15 de enero de 1990 establece: "El proceso administrativo disciplinario deberá iniciarse en el plazo no mayor de un año (1) contado a partir del momento en que la autoridad competente tenga conocimiento de la comisión de la falta disciplinaria, bajo responsabilidad de la citada autoridad. En caso contrario se declarará prescrita la acción sin perjuicio del proceso civil o penal a que hubiere lugar" ; Que, el artículo 25º de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público,Decreto Legislativo Nº 276 y el artículo 153º del Regla-mento de la Ley de Carrera Administrativa antes menciona-do establecen que los servidores públicos son responsa-bles civil, penal y administrativamente por el cumplimientode las normas legales y administrativas en el ejercicio delservicio público sin perjuicio de las sanciones de carácterdisciplinario por las faltas que cometan; Que, la Comisión Permanente de Procesos Adminis- trativos Disciplinarios del Ministerio del Interior (Órganos NoPoliciales) en el marco de lo establecido en los dispositivoslegales antes invocados ha recomendado por unanimidadse declare prescrita la acción administrativa incoada contrael servidor Francisco Ronald Montes Ríos y, asimismo, harecomendado se remitan los actuados al Procurador Públi-co a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio delInterior para que en el campo de su competencia inicie lasacciones legales pertinentes contra el mencionado servi-dor porque habría incurrido en delito tipificado en el artícu-lo 387º del Código Penal; Estando a lo dictaminado por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior y de confor-midad con la Ley de Bases de la Carrera Administrativa yde Remuneraciones del Sector Público, Decreto LegislativoNº 276 y los artículos 153º y 173º del Reglamento de laCarrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº005-90-PCM y el Texto Único Ordenado del Decreto Legisla-tivo Nº 370, Ley del Ministerio del Interior aprobado porDecreto Supremo Nº 003-2004-IN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar prescrita la acción administrativa incoada contra el servidor Francisco Ronald Montes Ríos,identificado con DNI Nº 05273950, Técnico AdministrativoIII - STA de la Subprefectura de Maynas de la Prefecturade Loreto de la Dirección General de Gobierno Interior, porlas razones expuestas en la parte considerativa de la pre-sente Resolución. Artículo 2º.- Remitir todos los actuados al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio delInterior para que en el campo de su competencia inicie lasacciones legales pertinentes ante los órganos jurisdic-cionales correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro del Interior 20036