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PÆg. 278038 NORMAS LEGALES Lima, sábado 9 de octubre de 2004 CONSIDERANDO: Que, el "Acuerdo de Cooperación en Materia de Salud entre el Ministerio de Salud de la República del Perú y la Secretaría de Salud de los Estados Uni- dos Mexicanos", suscrito el 21 de junio de 2004, en la ciudad de Lima, República del Perú; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi- cación del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú, y el ar- tículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente dela República para celebrar y ratificar Tratados o adherir aéstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el "Acuerdo de Coopera- ción en Materia de Salud entre el Ministerio de Sa- lud de la República del Perú y la Secretaría de Salud de los Estados Unidos Mexicanos", suscrito el 21 de junio de 2004, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la Repú- blica. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de octubre del año dos mil cuatro. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores ACUERDO DE COOPERACIÓN EN MATERIA DE SALUD ENTRE EL MINISTERIO DE SALUD DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ Y LA SECRETARÍA DE SALUD DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS El Ministerio de Salud de la República del Perú y la Secretaría de Salud de los Estados Unidos Mexicanos, en adelante denominados "las Partes"; ANIMADOS por el deseo de fortalecer los lazos de amistad y cooperación entre ambos países; CONSCIENTES de la importancia de trabajar con- juntamente para abordar los problemas de salud comu-nes y los asuntos de salud pública de mutuo interés; RECONOCIENDO la existencia de intereses y la ne- cesidad de promover la cooperación específica para laprevención y el control de enfermedades, así como lapromoción de la salud; TOMANDO en cuenta el compromiso común de mejo- rar el estado de salud de los habitantes de ambos países; TENIENDO en consideración que la salud es un com- ponente esencial del bienestar y del desarrollo de la po-blación, así como el deseo de promover una mayor com-prensión y mejores relaciones futuras en materia de sa-lud pública entre ambos países; TOMANDO en consideración las disposiciones del Convenio Básico de Cooperación Técnica y Científica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobiernode los Estados Unidos Mexicanos, suscrito en la Ciudadde México, el 26 de marzo de 1996; CONVENCIDOS de la necesidad de fortalecer los vín- culos existentes entre sus comunidades científicas y de salud pública; Han acordado lo siguiente: ARTÍCULO I OBJETIVO El presente Acuerdo tiene como objetivo establecer las bases y mecanismos de cooperación entre las Partespara el desarrollo de actividades de cooperación científi-ca y técnica en materia de salud pública y de la cienciamédica, teniendo como base los siguientes aspectos: a) brindar apoyo y fortalecer las relaciones estableci- das en el campo de la salud y la ciencia médica entreinstituciones de la República del Perú y los Estados Uni-dos Mexicanos; y,b) coordinar las actividades conjuntas que se deriven del presente Acuerdo, de conformidad con las acciones ymetas de los organismos de salud internacionales, talescomo la Organización Panamericana de la Salud (OPS) yla Organización Mundial de la Salud (OMS). ARTÍCULO II ÁREAS DE COOPERACIÓN Para el logro del objetivo a que se refiere el Artículo I, las Partes llevarán a cabo acciones de cooperación, enlas áreas siguientes: a) servicios de salud pública y capacitación de recur- sos humanos, incluyendo, cuando sea posible, la asis-tencia directa de especialistas en asesorías para la so-lución de problemas específicos; b) investigación en materia de salud pública, compren- diendo salud ambiental, ocupacional, salud materno-in-fantil, control de vectores, salud mental, control de enfer-medades diarreicas y cólera, infecciones de transmisiónsexual ITS, VIH/SIDA, nutrición y prevención de enferme-dades, promoción de la salud y participación comunitaria, tratamiento del abuso de estupefacientes y sustancias psi- cotrópicas y cáncer, a través de estudios relacionados conla prestación de estos servicios, su financiamiento y eva-luación, teniendo en cuenta las tecnologías sanitarias, lossistemas de atención de la salud, los servicios de salud alargo plazo y las alternativas no institucionales para ex- tender la cobertura de servicios; c) sistemas de información básica de salud y de epide- miología, con integración de los sistemas de telecomuni-caciones, de las metodologías estadísticas y del intercam-bio de información científica y de publicaciones médicas; d) investigación biomédica; e) control y producción de sueros y vacunas bacte- riales y virales, así como productos de diagnóstico deacuerdo con la legislación nacional en la materia; f) biodisponibilidad y bioequivalencia de medicamen- tos; g) grupos de alto riesgo y de mayor vulnerabilidad tales como la salud de las mujeres, personas en edad avanzada, personas con necesidades especiales, ado-lescentes, infantes e indígenas; h) programa de prevención para la asistencia y coo- peración en caso de emergencias y desastres naturales; i) fortalecimiento de las áreas de documentación, pu- blicación y acervo bibliográfico en ciencia médica y sa- lud pública; y, j) cualquier otra actividad que las Partes convengan. ARTÍCULO III MODALIDADES DE COOPERACIÓN Para los fines del presente Acuerdo, la cooperación en materia de salud pública entre las Partes podrá asu-mir las modalidades siguientes: a) intercambio de información técnica; b) visitas de especialistas y profesionales;c) investigación conjunta;d) capacitación de recursos humanos para la salud y administrativos para la salud; e) organización de seminarios, talleres, simposios y conferencias relacionados con el objetivo del presente instrumento; y, f) cualquier otra modalidad que las Partes convengan. ARTÍCULO IV PROGRAMAS DE TRABAJO Para la consecución de los objetivos del Presente Acuerdo, las Partes convienen en formular programasde trabajo bienales, integrados por los proyectos a serdesarrollados. Los programas de trabajo bienales se elaborarán previa consulta entre las Partes, y se integrarán con las acciones de cooperación a ser desarrolladas, debiendo precisar: a) alcance, coordinación y administración; b) asignación de recursos;