Norma Legal Oficial del día 13 de octubre del año 2004 (13/10/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

MORDAZA, miercoles 13 de octubre de 2004 LA PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO:

NORMAS LEGALES

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Visto; en Sesion Ordinaria de Consejo Regional de fecha 19 de agosto del 2004, el Informe Nº 113-2004-GRHGRDS presentado por el senor Director Regional de Desarrollo Social Abogado MORDAZA MORDAZA Reyes; y, CONSIDERANDO: Que, conforme se advierte del contenido de la Ordenanza Regional Nº 009-2004-CR-GRH de fecha 12 de MORDAZA del dos mil cuatro, mediante el cual se Conforma el Consejo Regional de Salud y los Consejos Provinciales de Salud de la Region MORDAZA, habiendose designado como integrantes a diversas instituciones de esta Region, siendo necesario que tambien integren el Consejo Regional de Salud, la Direccion Regional de Educacion y la Direccion Regional de Vivienda Construccion y Saneamiento, ya que estando a las estructuras organicas de los mismos, se advierte que su integracion al Consejo Regional de Salud, resulta muy beneficioso para la Region MORDAZA, aunado a ello que conforme a lo expuesto en el articulo 9º de la Ley Nº 27813 ( Conformacion y Funcionamiento del Consejo Regional de Salud) es procedente la incorporacion de las Direcciones MORDAZA citadas al Consejo Regional de Salud; Que, los articulos 15º y 16º establecen las atribuciones, derechos y obligaciones del Consejo Regional, encontrandose inmerso dentro de ellas el de aprobar, modificar o derogar las normas que regulan los asuntos y materias de competencias y funciones del Gobierno Regional, asi como de proponer las normas y acuerdos regionales; de lo expuesto precedentemente y en el primer considerando de la presente, se advierte que resulta necesario que se incorpore dentro del Articulo Primero de la Ordenanza Nº 09-2004-CR-GRH, de fecha 12 de MORDAZA del 2004, a la Direccion Regional de Educacion y a la Direccion Regional de Vivienda, Construccion y Saneamiento, en consecuencia al advertirse vacios y/o deficiencias de la Ley que regula la inclusion, integracion de las ordenanzas, es menester proceder en estricta aplicacion de nuestro ordenamiento procesal vigente, y de los principios generales del derecho que son de aplicacion supletoria al caso sub examine, por lo que debera integrarse la Ordenanza Nº 09-2004-CR-GRH conforme a lo precedentemente expuesto; y en cumplimiento de lo dispuesto por el articulo 1º de la Ley del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud (SNCDS) Nº 27813, el cual precisa la finalidad de coordinar el MORDAZA de aplicacion de la politica nacional de salud, promoviendo su implementacion concertada, descentralizada y coordinando los planes y programas de todas las instituciones del sector a efectos de lograr el cuidado integral de salud de todos los peruanos y avanzar hacia la seguridad social universal en salud; Que, se advierte del contenido en el articulo 1º de la Ordenanza Nº 09-2004-CR-GRH de fecha 12 de MORDAZA del 2004, en el se ha consignado el Decreto Supremo Nº 004200-SA, habiendose omitido en forma involuntaria el consignar en forma precisa el ano que corresponde al 2003 al citado Decreto Supremo error materia que es sujeto de ser subsanado conforme corresponde a fin de evitar hacer incurrir en error, por lo que siendo asi debera considerarse como Decreto Supremo Nº 004-2003-SA; Estando a lo expuesto, y con las facultades conferidas por el articulo 15º inciso "a", articulo 38º de la Ley Nº 27867 Organica de Gobiernos Regionales y a lo acordado por UNANIMIDAD en la Sesion de Consejo de la Referencia: ORDENA: Articulo Primero.- INCORPORAR, a la Direccion Regional de Educacion y a la Direccion Regional de Vivienda, Construccion y Saneamiento, como parte integrante del Consejo Regional de Salud de la Region conforme lo expone el articulo primero de la Ordenanza Nº 09-2004-CRGRH en consecuencia el texto del articulo 1º la Ordenan-

za Regional Nº 09-2004-CR-GRH quedara como a continuacion se detalla. Articulo Segundo.- CONFORMAR El Consejo Regional de Salud (CRS) de la Region MORDAZA, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27811 y el Decreto Supremo Nº 004-2003-SA, el mismo que estara integrado por los representantes de las instituciones y organizaciones siguientes: 1. Presidente Regional de Salud (quien lo presidira). 2. Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Social. 3. Direccion Regional de Educacion. 4. Direccion Regional de Vivienda, Construccion y Saneamiento. 5. 1 Representante de los Servicios de Salud del MINSA. 6. 1 Representante de las Municipalidades Provinciales. 7. Gerencia Departamental de ESSALUD. 8. 1 Representante de la Sanidad de la Policia Nacional del Peru. 9. 1 Representante del Colegio Medico del Peru. 10. 1 Representante de las Universidades ( No Filiales). 11. 1 Representante de los Colegios Profesionales de Salud no Medicos. 12. 1 Representante de los Trabajadores del Sector Salud ( Sindicatos, Gremios relacionados con el Sector). 13. 1 Representante de los Servicios de Salud del Sector Privado. 14. 1 Representante de la Sociedad Civil (ONGs, Organizaciones de Base, Sociedades Cientificas y otros). 15. 1 Representante del Colegio de Obstetrices. 16. 1 Representante del Colegio de Enfermeros. 17. 1 Representante del Colegio de Psicologos. Los miembros titulares integrantes del Consejo Regional de Salud (CRS) de la Region MORDAZA, deberan contar ademas con sus respectivos alternos que sustituiran en ausencia del Titular. Articulo Tercero.- PUBLICAR, la presente MORDAZA Regional conforme a lo dispuesto en el articulo 42º de la Ley Nº 27867 Organica de los Gobiernos Regionales. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA TEMPLO MORDAZA Presidente 18343

Conforman Comision de Transferencia de Recepcion al Gobierno Regional de MORDAZA de Fondos, Proyectos y Programas de PROVIAS RURAL
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 540-A-2004-GRH/PR MORDAZA, 20 de septiembre de 2004 VISTO: El Informe Nº 075-2004-GRH/GGR, de fecha 1 de setiembre del 2004, de la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de MORDAZA y demas actuados; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27867 - Ley Organica de los Gobiernos Regionales establece y MORDAZA la Estructura, Organizacion, Competencias y Funciones de los Gobiernos Regionales. Asi como se define la Organizacion Democratica, Descentralizada y Desconcentrada del Gobierno Regional conforme a la Constitucion y a la Ley de Bases de la Descentralizacion;

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