Norma Legal Oficial del día 14 de octubre del año 2004 (14/10/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, jueves 14 de octubre de 2004

NORMAS LEGALES

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VISTO el Oficio Nº 111-2004-MDM/SG recibido el 23 de setiembre de 2004, de don MORDAZA MORDAZA Poccohuanca MORDAZA, Regidor del Concejo Distrital de Marangani, provincia de Canchis, departamento de MORDAZA, solicitando se le otorgue la credencial como MORDAZA provisional del citado concejo, al haberse suspendido en el cargo de MORDAZA a don MORDAZA MORDAZA Sinsaya en aplicacion del Reglamento Interno del concejo; CONSIDERANDO: Que en sesion extraordinaria del 18 de setiembre de 2004, el Concejo Distrital de Marangani acordo ampliar la suspension del cargo del MORDAZA, de 60 a 90 dias, expidiendose en tal sentido la Resolucion del Concejo Municipal Nº 006-2004-MDM-A-/SG del 18 de setiembre de 2004, que dispuso ampliar la sancion de suspension de 60 a 90 dias calendario, al senor MORDAZA MORDAZA Sinsaya del cargo de MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Marangani, por infraccion del articulo 28º incisos b), e), f) y h) del Dec. Leg. Nº 276 y el articulo 11º del Reglamento de Organizacion Interna del Concejo Municipal; y se dispuso encargar las funciones del cargo de MORDAZA con todas las facultades y atribuciones que establece la Ley Nº 27972, al primer regidor MORDAZA MORDAZA Poccohuanca Condori; segun consta a fojas 4; Que la Constitucion Politica del Peru, en su articulo 194º reformado por la Ley Nº 27680 y el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, reconocen a las municipalidades autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomia que se ejerce en el MORDAZA de la Constitucion y la ley; Que conforme a lo previsto por el articulo 26º del Decreto Legislativo Nº 276, concordante con el articulo 155º de su Reglamento, Decreto Supremo Nº 005-90PCM, la sancion de suspension por falta grave, es de plazo no mayor de 30 dias; y de acuerdo a las normas glosadas, constituye sancion de cese temporal la dispuesta por tiempo mayor a 30 dias hasta un MORDAZA de 12 meses, no estando prevista su aplicacion en la Ley Organica de Municipalidades; Que si bien el articulo 25º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 establece que la suspension de autoridades ediles la declara el concejo municipal en instancia unica, las suspensiones acordadas al margen del ordenamiento juridico no obligan al MORDAZA Nacional de Elecciones a convocar a los accesitarios ni a otorgar las credenciales temporales correspondientes, con arreglo a la Resolucion Nº 034-2004-JNE de 4 de marzo de 2004; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar improcedente lo solicitado por don MORDAZA MORDAZA Poccohuanca MORDAZA, Regidor del Concejo Distrital de Marangani, provincia de Canchis, departamento de MORDAZA, respecto a la suspension del cargo del MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sinsaya. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA - MORDAZA PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 18419

Declaran que regidor del Concejo Distrital de Huayllay, provincia de Pasco, continua en ejercicio del cargo
RESOLUCION Nº 216-2004-JNE

Expediente Nº 501-2004 MORDAZA, 12 de octubre de 2004 Visto, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ante el acuerdo del Concejo Distrital de Huayllay, provincia y departamento de Pasco, que declaro improcedente la reconsideracion del Acuerdo de Concejo Nº 004-2004MDH, que denego la solicitud de vacancia del cargo de Regidor que ejerce don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Navarro; CONSIDERANDO: Que mediante escrito de fecha 28 de enero de 2004, el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicito la vacancia del cargo de regidor que ostenta MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en la municipalidad distrital de Huayllay, provincia y departamento de Pasco, por la causal prevista en el articulo 11º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, al haber sido miembro del Comite Especial de dicho municipio, para la conduccion del MORDAZA de Seleccion de una empresa constructora encargada de ejecutar el pavimento Rigido de la Plaza de MORDAZA del distrito de Huayllay; la misma que fue declarada improcedente por acuerdo de concejo de fecha 06 de marzo de 2004 (fojas 30 a 31) e improcedente la reconsideracion interpuesta (fojas 36 a 38); Que a fojas seis (06) obra MORDAZA de la Resolucion de Alcaldia Nº 009-MDH-03 del 19 de MORDAZA de 2003, mediante la cual se designa en el cargo arriba indicado al regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien ejercio dicha encargatura hasta el 14 de junio del ano en referencia (fojas 8 y 9); Que la designacion fue hecha durante la vigencia de la derogada Ley Nº 23853, y las causales contenidas en la vigente Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, no son aplicables a los hechos anteriores, por cuanto la ley es obligatoria desde el dia siguiente de su publicacion en el diario oficial, salvo disposicion contraria de la misma ley que posterga su vigencia en todo o en parte, conforme precisa el articulo 109º de la Constitucion Politica del Peru, mas aun cuando el MORDAZA se encontraba imposibilitado de remover en el cargo al regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, conforme dispone el articulo 34º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Por estas consideraciones, el MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar infundado el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA Astuvilca; en consecuencia, confirmar el Acuerdo de Sesion Extraordinaria de fecha 31 de MORDAZA de 2004 del Concejo Distrital de Huayllay, provincia y departamento de Pasco. Articulo Segundo.- Declarar que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA continua ejerciendo el cargo de regidor del Concejo Distrital de Huayllay, provincia y departamento de Pasco, por el periodo 2003 - 2006 para el que fue elegido. Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias para el cumplimiento de la presente resolucion.

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