Norma Legal Oficial del día 14 de octubre del año 2004 (14/10/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 46

Pag. 278288

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 14 de octubre de 2004

ONPE y modificado mediante Resolucion Jefatural Nº 201-2004-J/ONPE; Con los visados de las Gerencias de Asesoria Juridica y de Planeamiento; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Sustituyase el literal b) del articulo 66º, el articulo 67º y el articulo 68º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 051-2004-J/ONPE, modificado mediante Resolucion Jefatural Nº 201-2004-J/ONPE, cuyo texto es el siguiente: "Articulo 66º.- La Gerencia de Supervision de Fondos Partidarios tiene las siguientes funciones: b) Apoyar, a solicitud de los partidos politicos, en la implementacion y mejora de sus procesos de fortalecimiento institucional, de acuerdo a ley." "Articulo 67º.- La Subgerencia de Fondos Partidarios esta a cargo de un funcionario de confianza con nivel de Subgerente y se encarga de las funciones referidas a la verificacion y control externos de la actividad economico-financiera de los partidos politicos, la franja electoral, en periodo de elecciones, y la asignacion a los partidos politicos de los espacios en medios de comunicacion del Estado, en periodo no electoral." "Articulo 68º.- La Subgerencia de Asistencia Tecnica esta a cargo de un funcionario con nivel de Subgerente y se encarga de las funciones referidas al apoyo y asistencia tecnica a los partidos politicos en el desarrollo de los procesos de democracia interna y en las demas materias en las que las organizaciones politicas lo soliciten, conforme a ley." Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA SOLDEVILLA Jefe 18407

dada la simplificacion administrativa y en atencion al MORDAZA de veracidad de las declaraciones, solicito inscripcion el ano de 1999 al MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 837, contando con la participacion de los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como testigos calificados; pese a que ya contaba con inscripcion en el entonces Registro Electoral, creando por tanto una duplicidad de inscripciones en el Sistema del Archivo Nacional de Identificacion, cuya organizacion y mantenimiento es encargada al RENIEC; Que, aun cuando si bien, se ha procedido administrativamente, esto es, la cancelacion de la inscripcion fraudulenta por parte de la Subgerencia de Depuracion Registral y Archivo Central, el hecho MORDAZA descrito constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Ideologica, previsto y sancionado en el articulo 428º del Codigo Penal vigente; Estando a lo opinando por la Gerencia de Asesoria Juridica y en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra MORDAZA MORDAZA PARIMANGO ALVITEZ o MORDAZA MORDAZA PARIMANGO MORDAZA y los que resulten responsables; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA PARIMANGO ALVITEZ o MORDAZA MORDAZA PARIMANGO MORDAZA y los que resulten responsables por presunto delito Contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Ideologica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 17483
RESOLUCION JEFATURAL Nº 509-2004-JEF/RENIEC

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 508-2004-JEF/RENIEC

MORDAZA, 9 de setiembre de 2004 Visto, el Oficio Nº 6232-2004/GP/SGDAC/HYC RENIEC, el Informe Nº 145-2004-GP/SGDAC/HYC RENIEC, y el Informe Nº 806-2004-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 27 de MORDAZA del 2004; CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Procesos del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su permanente labor fiscalizadora ha detectado que en el ano 1992, el ciudadano que dice llamarse MORDAZA MORDAZA MORDAZA obtiene la Inscripcion Nº 29630559, registrando haber nacido en el distrito y provincia de Huancane - MORDAZA con fecha 30 de MORDAZA de 1973, y adjuntando como sustento la Libreta Militar Nº 3001330731;

MORDAZA, 9 de setiembre de 2004 Visto, el Oficio Nº 3437-2004/GP/SGDAC/HYC RENIEC, el Informe Nº 055-2004-GP/SGADC/HYC RENIEC y el Informe Nº 731-2004-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 9 de MORDAZA del 2004; CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Procesos del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su permanente labor fiscalizadora, asi como del MORDAZA de depuracion inherente al procedimiento administrativo, ha detectado que la ciudadana MORDAZA MORDAZA PARIMANGO ALVITEZ o MORDAZA MORDAZA PARIMANGO MORDAZA,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.