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PÆg. 278877 NORMAS LEGALES Lima, viernes 22 de octubre de 2004 Defensa, aprobó la realización de la XVIII Reunión Regional Bilateral de Inteligencia (RRBI) entre los Ejércitos del Perú y Bolivia en la ciudad de VIACHA - BOLIVIA; Que, mediante el documento del visto, la Dirección de Inte- ligencia del Ejército, solicita gestión de autorización de salida del país del Personal Militar de la 4ta. Brigada de Montaña - Puno - RMS, a la ciudad de VIACHA - BOLIVIA, los días 22, 23y 24 de noviembre del 2004, a fin de participar en la XVIII Reunión Regional Bilateral de Inteligencia (RRBI) entre la 4ta. Brigada de Montaña - RMS del Ejército del Perú y la 1ra.División Andina del Ejército de Bolivia, la Delegación Peruana estará conformada por el General de Brigada Luis Enrique VERA Betancourt, Jefe de Delegación, y el Mayor EP MarcoAntonio ARÉVALO Champac, G-2 Expositor; Que, el Gobierno de Bolivia, a través de la 1ra División Andina del Ejército de Bolivia, sufragará los costos porconcepto de pasajes; y, De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcio-narios públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de De- fensa, Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero del 2004 y Decreto Supremo Nº 008-2004 DE/SG del 30 de junio del 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Militar que se indica a continuación, a fin de participar en la XVIII Reunión Regional Bilateral deInteligencia (RRBI) entre la 4ta. Brigada de Montaña-Puno - RMS del Ejército del Perú y la 1ra División Andina del Ejército de Bolivia, a llevarse a cabo los días 22, 23 y 24 denoviembre del 2004, en la ciudad de VIACHA - BOLIVIA: - General de Brigada Luis Enrique VERA Betancourt- Mayor Cab EP Marco Antonio ARÉVALO Champac Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú - (Dirección de Inteligencia del Ejército - DINTE), efectuará los pa- gos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Viáticos: US $ 75.00 x 3 días x 2 personas Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la Comisión, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- El referido Personal Militar deberá dar cum- plimiento a lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto Su- premo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002 yCuarta Disposición Final del Decreto Supremo Nº 002-2004- DE/SG de fecha 26 de enero del 2004. Artículo 5º.- La presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de nin- guna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 19126 EDUCACIÓN Autorizan contratación de servicio de publicación de encartes mediante proce-so de adjudicación de menor cuantía RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0523-2004-ED Lima, 18 de octubre de 2004CONSIDERANDO: Que mediante Memorándum Nº 382, 383, 384-2004- SG-OPYC-ME la Oficina de Prensa y Comunicaciones,adjunta los Informes Técnicos Nºs. 008, 009 y 010 -2004- SG-OPYC-ME, en los que se comunica la necesidad de la publicación de tres encartes denominados i.- "Lineamien-tos de Política Educativa 2004 - 2006" a publicarse el 7 de noviembre 2004 en el Diario La República, ii.- "Reglamento de Educación Básica Alternativa" a publicarse el 9 de no-viembre 2004 y iii.- "Un Perú que lee, un país que cambia. Movilización Nacional por los Aprendizajes Fundamenta- les" a publicarse el 14 de noviembre 2004 éstos dos últi-mos en el Diario El Comercio; Que, los referidos Informes Técnicos sustentan la con- tratación de los medios de comunicación de prensa escritaaludidos por razón de sus características particulares de alcance y difusión nacional; Que, el inciso h) del artículo 19 del Texto Único Ordena- do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta- do, establece que están exoneradas de los procesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Direc-ta, según sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen para servicios personalísimos, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento de la citada Ley; Que, al respecto, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 125-2002-PCM, que modifica el artículo 111º del Regla- mento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, que fuera adicionado por el Decreto Supremo Nº 071-2001- PCM, referido a los servicios personalísimos, hace la preci-sión respecto a que se encuentran expresamente inclui- dos en dicha clasificación, los servicios de publicidad, que prestan al Estado los medios de comunicación televisiva,radial, escrita o cualquier otro medio de comunicación, en atención a las características particulares que los distin- gue; Que, la Oficina de Asesoría Jurídica ha emitido opinión legal a través del Informe Nº 1490 -2004-ME/SG-OAJ, con- forme a lo dispuesto en el artículo 113º del Reglamento dela Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, de conformidad con el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las exoneraciones se aprobarán mediante Resolu- ción del Titular del Pliego de la Entidad y serán publicadasen el Diario Oficial El Peruano; asimismo, la copia de dicha Resolución y el informe que los sustenta deben remitirse a la Contraloría General de la República, bajo responsabili-dad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su aprobación; Que, el artículo 114º del precitado Reglamento, señala que la facultad de aprobación de las exoneraciones referi- das no puede ser delegada por las autoridades que se indican en el artículo 20º del citado Texto Único Ordenado; Que, mediante Memorándum Nº 2955-2004-ME/SG-OA- UA, la Unidad de Abastecimiento informa que el proceso de selección no se encuentra incluido en el Plan Anual deAdquisiciones y Contrataciones del Estado 2004, por lo cual se hace necesario simultáneamente que la presente Resolución Ministerial tenga naturaleza inclusiva del Con-curso Público para contratar el servicio de publicación de tres Encartes, bajo la modalidad de relación de ítems y a su vez, se autorice la exoneración del referido proceso deselección, para contratar a través de la modalidad de Adju- dicación de Menor Cuantía el citado servicio de publica- ción; Que, mediante Hoja de Coordinación Nº 890, 898, 899 -2004-ME/SPE-UP de la Unidad de Presupuesto opina fa- vorablemente con respecto a la disponibilidad presupuestalque se requiere para el cumplimiento de la presente Reso- lución; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, los Decretos Su- premos Nºs. 51-95-ED, 002-96-ED, 012-2001-PCM, 013- 2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Inclúyase el proceso de selección Concur- so Público para la Contratación del Servicio de Publicación de tres Encartes, en el Plan Anual de Adquisiciones yContrataciones 2004, bajo la modalidad de relación de ítems por un valor referencial total de S/. 506,896.04 nue- vos soles (Quinientos Seis Mil Ochocientos Noventa y Seis