Norma Legal Oficial del día 28 de octubre del año 2004 (28/10/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 28 de octubre de 2004

la Propiedad Informal - COFOPRI con el objeto de brindar el servicio de Saneamiento Fisico de las Instituciones Educativas incluidas en el Programa de Educacion en Areas Rurales - PEAR, en beneficio de las Instituciones Educativas ubicadas en los departamentos de MORDAZA, MORDAZA y Huancavelica; Que el inciso a) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico y Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen entre entidades del Sector Publico, de acuerdo a los criterios de economia que establece el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el articulo 106º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado desarrolla los requisitos a que se refiere el inciso a) del articulo 19º de la Ley, indicando que debe estar sustentada en un Informe Tecnico Economico elaborado por la Entidad en el que se detalle y demuestre cuando menos que la adquisicion o contratacion resulta ser mas favorable y ventajosa en comparacion con los precios del MORDAZA, siempre y cuando ello no sea el resultado del uso o aprovechamiento por parte de la Entidad que participa como postor de ventajas o prerrogativas derivadas de su condicion de Entidad del Estado que suponga colocar en situacion de desventaja a los otros proveedores de los mismos bienes, servicios, obras, arrendamientos y seguros, asi como que en razon de costos de oportunidad, resulta mas eficiente adquirir o contratar con otra entidad del Estado y que la adquisicion resulta tecnicamente idonea y viable; Que, en el Informe Tecnico Economico Nº 001-A-2004OINFE, la Oficina de Infraestructura Educativa sustenta la necesidad de contratar los servicios de la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI para realizar el servicio de Saneamiento Fisico de las Instituciones Educativas incluidas en el Programa en Educacion Areas Rurales - PEAR; Que, en razon de la experiencia y conveniencia economica que representa en comparacion a los precios del MORDAZA procede contratar los servicios de la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI para el Saneamiento Fisico de las Instituciones Educativas incluidas en el Programa de Educacion en Areas Rurales - PEAR; Que de conformidad con el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las exoneraciones se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad y seran publicadas en el Diario Oficial El Peruano; asimismo, la MORDAZA de dicha Resolucion y el informe que los sustenta deben remitirse a la Contraloria General de la Republica, bajo responsabilidad del titular del pliego, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, la Oficina de Asesoria Juridica ha emitido opinion a traves del Informe Nº 1069-2004-ME/SG-OAJ, conforme a lo dispuesto en el articulo 113º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, el Art. 114º del precitado Reglamento, senala que la facultad de aprobacion de las Exoneraciones referidas en el MORDAZA considerando no puede ser delegada por las autoridades que se indican en el Art. 20º del citado Texto Unico Ordenado; Que, en consecuencia resulta necesaria la emision de la Resolucion Ministerial mediante la cual se apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente, para contratar a traves de la modalidad de Adjudicacion de Menor Cuantia el citado servicio de Saneamiento Fisico de las Instituciones Educativas incluidas en el Programa de Educacion en Areas Rurales de las Instituciones Educativas ubicadas en los departamentos de MORDAZA, MORDAZA y Huancavelica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED, 002-96-ED, 012-2001-PCM, 013-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar al Ministerio de Educacion del MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva por causal de contratacion entre entidades del Sector Publico, y autorizar la contratacion de COFOPRI, a tra-

ves de la modalidad de Adjudicacion de Menor Cuantia, para realizar el servicio de Saneamiento Fisico de las Instituciones Educativas incluidas en el Programa de Educacion en Areas Rurales - PEAR, por un valor referencial de S/. 41, 234.58 (Cuarenta y Un Mil Doscientos Treinta y Cuatro y 58/100 Nuevos Soles). Articulo 2º.- La contratacion que se efectue en virtud de la presente Resolucion, se realizara a traves del Area de Logistica y Licitaciones de la Oficina de Administracion de la Comision de Coordinacion y Administracion de la Ejecucion de los Proyectos con Financiamiento Externo - COMPFE, de conformidad con las normas del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Articulo 3º.- El egreso que ocasione la presente Resolucion se aplicara con cargo a la Fuente de Financiamiento: 00, Recursos Ordinarios; Unidad Ejecutora: 030, Programa de Educacion en Areas Rurales; Funcion: 09, Educacion y Cultura; Programa: 027, Educacion Primaria; Subprograma: 0071, Ensenanza Primaria; Actividad/Proyecto: 216958, Programa de Educacion en Areas Rurales; Componente: 300689, Fortalecimiento Institucional; Meta: 00005; Correlativo de Cadena: 0015, del Ministerio de Educacion. Articulo 4º.- MORDAZA de la presente Resolucion y sus antecedentes seran remitidos a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su expedicion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA NADAL Ministro de Educacion 19413

Aprueban Directiva Nº 127-2004, "Orientaciones para el desarrollo del MORDAZA electoral de las APAFA de las Instituciones Educativas Publicas"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0549-2004-ED MORDAZA, 21 de octubre de 2004 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Constitucion Politica los padres de familia tienen el deber de educar a sus hijos y el derecho de escoger los centros de educacion, asi como participar y colaborar en el MORDAZA educativo de sus hijos; Que, la Ley Nº 28044, Ley General de Educacion, permite la participacion conjunta del Estado y la Sociedad en el desarrollo de la educacion, asi como el deber de los padres a educar y su derecho a participar en el MORDAZA educativo; Que, por Decreto Supremo Nº 018-2004-ED, se aprueba el Reglamento General de Asociaciones de Padres de Familia - APAFAS de las Instituciones Educativas Publicas; Que, resulta necesario dictar las disposiciones complementarias respecto al Capitulo V del D.S. Nº 0182004-ED, sobre el MORDAZA electoral a fin que los integrantes del Consejo Directivo y Consejo de Vigilancia MORDAZA elegidos correctamente dentro de los plazos senalados, por lo que se requiere de la aprobacion de una Directiva; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510, Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprueba Directiva Apruebese la Directiva Nº 127-2004 "Orientaciones para el desarrollo del MORDAZA electoral de las APAFA de las Instituciones Educativas Publicas", que comprende

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