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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE OCTUBRE DEL AÑO 2004 (28/10/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 10

PÆg. 279172 NORMAS LEGALES Lima, jueves 28 de octubre de 2004 la Propiedad Informal - COFOPRI con el objeto de brin- dar el servicio de Saneamiento Físico de las Instituciones Educativas incluidas en el Programa de Educación en Áreas Rurales - PEAR, en beneficio de las InstitucionesEducativas ubicadas en los departamentos de Ayacu- cho, Cusco y Huancavelica; Que el inciso a) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que están exoneradas de los pro- cesos de Licitación Pública, Concurso Público y Adjudi-cación Directa, según sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen entre entidades del Sec- tor Público, de acuerdo a los criterios de economía queestablece el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el artículo 106º del Reglamento de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado desarrolla los requisi- tos a que se refiere el inciso a) del artículo 19º de la Ley, indicando que debe estar sustentada en un Informe Técni-co Económico elaborado por la Entidad en el que se detalle y demuestre cuando menos que la adquisición o contrata- ción resulta ser más favorable y ventajosa en compara-ción con los precios del mercado, siempre y cuando ello no sea el resultado del uso o aprovechamiento por parte de la Entidad que participa como postor de ventajas o prerroga-tivas derivadas de su condición de Entidad del Estado que suponga colocar en situación de desventaja a los otros proveedores de los mismos bienes, servicios, obras, arren-damientos y seguros, así como que en razón de costos de oportunidad, resulta más eficiente adquirir o contratar con otra entidad del Estado y que la adquisición resulta técnica-mente idónea y viable; Que, en el Informe Técnico Económico Nº 001-A-2004- OINFE, la Oficina de Infraestructura Educativa sustenta lanecesidad de contratar los servicios de la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI para realizar el servicio de Saneamiento Físico de las Institu-ciones Educativas incluidas en el Programa en Educación Áreas Rurales - PEAR; Que, en razón de la experiencia y conveniencia económica que representa en comparación a los precios del mercado procede contratar los servicios de la Comi- sión de Formalización de la Propiedad Informal - COFO-PRI para el Saneamiento Físico de las Instituciones Educati- vas incluidas en el Programa de Educación en Áreas Rura- les - PEAR; Que de conformidad con el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las exoneraciones se aprobarán mediante Resolu-ción del Titular del Pliego de la Entidad y serán publicadas en el Diario Oficial El Peruano; asimismo, la copia de dicha Resolución y el informe que los sustenta deben remitirse ala Contraloría General de la República, bajo responsabili- dad del titular del pliego, dentro de los diez (10) días calen- dario siguientes a la fecha de su aprobación; Que, la Oficina de Asesoría Jurídica ha emitido opi- nión a través del Informe Nº 1069-2004-ME/SG-OAJ, conforme a lo dispuesto en el artículo 113º del Reglamen-to de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta- do, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, el Art. 114º del precitado Reglamento, señala que la facultad de aprobación de las Exoneraciones re- feridas en el segundo considerando no puede ser dele- gada por las autoridades que se indican en el Art. 20º delcitado Texto Único Ordenado; Que, en consecuencia resulta necesaria la emisión de la Resolución Ministerial mediante la cual se apruebela exoneración del proceso de selección correspondien- te, para contratar a través de la modalidad de Adjudica- ción de Menor Cuantía el citado servicio de Saneamien-to Físico de las Instituciones Educativas incluidas en el Programa de Educación en Áreas Rurales de las Institu- ciones Educativas ubicadas en los departamentos deAyacucho, Cusco y Huancavelica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, los DecretosSupremos Nºs. 51-95-ED, 002-96-ED, 012-2001-PCM, 013-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar al Ministerio de Educación del proceso de selección de Adjudicación Directa Selectiva por causal de contratación entre entidades del Sector Público, y autorizar la contratación de COFOPRI, a tra-vés de la modalidad de Adjudicación de Menor Cuantía, para realizar el servicio de Saneamiento Físico de las Instituciones Educativas incluidas en el Programa de Educación en Áreas Rurales - PEAR, por un valor refe-rencial de S/. 41, 234.58 (Cuarenta y Un Mil Doscientos Treinta y Cuatro y 58/100 Nuevos Soles). Artículo 2º.- La contratación que se efectúe en vir- tud de la presente Resolución, se realizará a través del Área de Logística y Licitaciones de la Oficina de Administración de la Comisión de Coordinación y Admi-nistración de la Ejecución de los Proyectos con Finan- ciamiento Externo - COMPFE, de conformidad con las normas del Texto Único Ordenado de la Ley de Contra-taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por De- creto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento, apro- bado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Artículo 3º.- El egreso que ocasione la presente Resolución se aplicará con cargo a la Fuente de Finan- ciamiento: 00, Recursos Ordinarios; Unidad Ejecutora:030, Programa de Educación en Áreas Rurales; Fun- ción: 09, Educación y Cultura; Programa: 027, Educa- ción Primaria; Subprograma: 0071, Enseñanza Prima-ria; Actividad/Proyecto: 216958, Programa de Educa- ción en Áreas Rurales; Componente: 300689, Fortaleci- miento Institucional; Meta: 00005; Correlativo de Cade-na: 0015, del Ministerio de Educación. Artículo 4º.- Copia de la presente Resolución y sus antecedentes serán remitidos a la Contraloría Generalde la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de suexpedición. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación 19413 Aprueban Directiva N” 127-2004, "Orientaciones para el desarrollo delproceso electoral de las APAFA de lasInstituciones Educativas Pœblicas" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0549-2004-ED Lima, 21 de octubre de 2004 CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a la Constitución Política los padres de familia tienen el deber de educar a sus hijos y elderecho de escoger los centros de educación, así como participar y colaborar en el proceso educativo de sus hijos; Que, la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, permite la participación conjunta del Estado y la Socie- dad en el desarrollo de la educación, así como el deberde los padres a educar y su derecho a participar en el proceso educativo; Que, por Decreto Supremo Nº 018-2004-ED, se aprueba el Reglamento General de Asociaciones de Padres de Familia - APAFAS de las Instituciones Educa- tivas Públicas; Que, resulta necesario dictar las disposiciones complementarias respecto al Capítulo V del D.S. Nº 018- 2004-ED, sobre el proceso electoral a fin que los inte-grantes del Consejo Directivo y Consejo de Vigilancia sean elegidos correctamente dentro de los plazos seña- lados, por lo que se requiere de la aprobación de unaDirectiva; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510, Decretos Su-premos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprueba Directiva Apruébese la Directiva Nº 127-2004 "Orientaciones para el desarrollo del proceso electoral de las APAFA de las Instituciones Educativas Públicas", que comprende