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PÆg. 279180 NORMAS LEGALES Lima, jueves 28 de octubre de 2004 VISTO: El Acta Nº 063-2004-IN-1300 de 23 de setiembre de 2004 de la Comisión Permanente de Procesos Adminis-trativos Disciplinarios del Ministerio del Interior (Órganos No Policiales) designada por Resolución Ministerial Nº 1517-2004-IN de 6 de agosto de 2004 relacionada con laconclusión del Proceso Administrativo Disciplinario ins- taurado al servidor William Edzar Alcántara Nación identi- ficado con DNI Nº 04063212 Técnico en Ingeniería I de laPrefectura de Junín destacado en la Prefectura de Pasco de la Dirección General de Gobierno Interior; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1631-2004- IN-1300 de 17 de agosto de 2004 se instauró Proceso Administrativo Disciplinario al servidor William Edzar Al- cántara Nación, Técnico en Ingeniería I - STB de la Pre-fectura de Junín destacado en la Prefectura de Pasco de la Dirección General de Gobierno Interior por haber faltado injustificadamente a su centro de trabajo los días10, 11, 12, 13 y 14 de mayo de 2004; Que, con Oficio Nº 199-2004-IN-1300 de 23 de agos- to de 2004, la Comisión Permanente de Procesos Admi-nistrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior solici- tó al Prefecto de Pasco se sirva notificar al mencionado servidor la mencionada Resolución Ministerial, diligenciaque se cumplió el mismo día; Que, el servidor procesado no ha presentado des- cargo escrito ni pruebas convenientes en su defensa,pero sí ha hecho uso de su derecho a la legítima defen- sa a través del Informe Oral efectuado ante la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinariosdel Ministerio del Interior (Órganos No Policiales), dili- gencia que se llevó a cabo el 14 de setiembre de 2004 de conformidad a lo establecido en el Oficio Nº 228-2004-IN-1300 de 10 de setiembre de 2004; Que, mediante Resolución Directoral Nº 000956-2001- IN-0904 de 25 de setiembre de 2001 se amonestó al men-cionado servidor por haber incurrido en forma reiterada en abandono de puesto durante el horario de labores; Que, la Comisión Permanente de Procesos Adminis- trativos Disciplinarios del Ministerio del Interior (Órga- nos No Policiales) determina que examinados todos los actuados, cumplidas todas las etapas y procedimientosestablecidos dentro de un proceso regular y que el ser- vidor procesado ha ejercido su derecho a la legítima defensa y no ha desvirtuado el cargo materia del pre-sente Proceso Administrativo Disciplinario ha recomen- dado por unanimidad se imponga la sanción de destitu- ción al servidor William Edzar Alcántara Nación; Estando a lo dictaminado por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior y de confor- midad con la Ley de Bases de la Carrera Administrativay de Remuneraciones del Sector Público, Decreto Le- gislativo Nº 276 y en los artículos 150º, 154º, 155º, 159º y 170º del Reglamento de la Carrera Administrativa apro-bado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370, Ley del Ministerio del Interior aprobado por Decreto Supremo Nº003-2004-IN; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Sancionar con destitución al servidor William Edzar Alcántara Nación identificado con DNI Nº04063212 Técnico en Ingeniería I de la Prefectura de Junín destacado en la Prefectura de Pasco de la Direc- ción General de Gobierno Interior por las razones ex-puestas en la parte considerativa de la presente Resolu- ción. Artículo 2º.- Disponer que la Oficina de Personal del Ministerio del Interior inserte copia de la presente Reso- lución Ministerial en el legajo personal del ex servidor William Edzar Alcántara Nación. Artículo 3º.- Disponer se remita copia de la presen- te Resolución Ministerial a la Presidencia del Consejo de Ministros para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro del Interior 19337RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 2166-2004-IN/1300 Lima, de 12 de octubre de 2004VISTO: El Acta Nº 060-2004-IN-1300 de 23 de setiembre de 2004 de la Comisión Permanente de Procesos Adminis- trativos Disciplinarios del Ministerio del Interior (Órga-nos No Policiales) designada por Resolución Ministerial Nº 1517-2004-IN de 6 de agosto de 2004 relacionada con la conclusión del Proceso Administrativo Disciplina-rio instaurado al servidor Ernesto Martín Benites Maris- selli, identificado con DNI Nº 09438359, Trabajador de Servicios III - SAC de la Secretaría General del Ministe-rio del Interior prestando servicios en la Oficina General de Administración del Ministerio del Interior; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 1632-2004- IN-1300 de 17 de agosto de 2004 se instauró Proceso Administrativo Disciplinario al servidor Ernesto Martín Benites Marisselli por ser presuntamente responsablede la pérdida de treinta y dos (32) teléfonos celulares y por haber hecho uso de vacaciones del 1 al 9 de octubre de 2003 sin estar autorizado por la Dirección General dela Oficina General de Administración; Que, con Oficio Nº 198-2004-IN-1300 de 23 de agos- to de 2004, la Comisión Permanente de Procesos Admi-nistrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior (Ór- ganos No Policiales) notificó personalmente al servidor Ernesto Martín Benites Marisselli la Resolución Ministe-rial anteriormente mencionada; Que, a mérito de la solicitud presentada por el servi- dor procesado, la Comisión Permanente de ProcesosAdministrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior (Órganos No Policiales) mediante el Oficio Nº 216-2004- IN-1300 de 31 de agosto de 2004 prorrogó excepcional-mente el plazo para la presentación del descargo escrito y pruebas convenientes en su defensa; Que, el servidor procesado ha presentado su res- pectivo descargo escrito y pruebas convenientes en su defensa y ha solicitado ejercer su derecho mediante el Informe Oral, diligencia que se llevó a cabo el 16 desetiembre de 2004 de conformidad a lo establecido en el Oficio Nº 231-2004-IN-1300 de 10 de setiembre de 2004; Que, con Oficio Nº 399-2004-IN-0403 de 22 de se- tiembre de 2004, el señor Ministro del Interior ha remitido copia del Informe Nº 015-2004-2-0282-IN/OCI-OAI-INV en el que se incluye una manifestación del servidor pro-cesado en la que señala haber utilizado para sí los telé- fonos celulares antes mencionados; Que, el servidor procesado ha desvirtuado el cargo de haber hecho uso de vacaciones del 1 al 9 de octubre de 2003 sin estar autorizado; Que, la Comisión Permanente de Procesos Administrati- vos Disciplinarios del Ministerio del Interior (Órganos No Policiales) determina que examinados todos los actuados, cumplidas todas las etapas y procedimientos establecidosdentro de un proceso regular y que el servidor procesado ha ejercido su derecho a la legítima defensa no ha desvirtuado el cargo materia del presente Proceso Administrativo Disci-plinario relativo a la pérdida y uso para sí de treinta y dos (32) teléfonos celulares confiados a su administración por lo que ha recomendado se imponga la sanción de destitución alservidor Ernesto Martín Benites Marisselli y se remitan los actuados al Procurador Público a cargo de los Asuntos Ju- diciales del Ministerio del Interior a fin de que inicie las accio-nes legales correspondientes por haber incurrido presunta- mente en delito tipificado en el artículo 387º del Código Penal; Estando a lo dictaminado por la Oficina General de Ase- soría Jurídica del Ministerio del Interior y de conformidad con la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, Decreto LegislativoNº 276 y en los artículos 150º, 155º, 159º y 170º del Regla- mento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y el Texto Único Ordenado delDecreto Legislativo Nº 370, Ley del Ministerio del Interior aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2004-IN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Sancionar con destitución al servidor Ernesto Martín Benites Marisselli, identificado con DNI