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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE OCTUBRE DEL AÑO 2004 (28/10/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 12

PÆg. 279174 NORMAS LEGALES Lima, jueves 28 de octubre de 2004 Dirección de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil); CONSIDERANDO:Que, el Director General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Municiones y Explosivosde Uso Civil adjunto al Oficio Nº 18609-2003-IN-1706 de 16 de octubre de 2003 remite el Acta Nº 005-2003/IN- CFC.DISCAMEC de 3 de octubre de 2003 en la que seestablece que el 28 de mayo de 1985 una (1) pistola marca Browning calibre 9 mm corto serie Nº 425PY07173 fue inscrita con el código de usuario 34-5840; Que, la misma arma fue inscrita el 11 de julio de 1989 por otro propietario con declaración jurada simple y trans- ferida el 10 de febrero de 1998 a otro adquiriente, licen-cia de posesión y uso de arma de fuego que se ha reno- vado hasta el 29 de noviembre de 2003; Que, en el mencionado informe se ha establecido que existe una denuncia presentada el 26 de febrero de 1987 ante la 79 Comisaría - Chacarilla del Estanque por asalto y robo del vehículo con placa AQ-2359 en la quese encontraba la mencionada arma cuya licencia de pose- sión y uso era el Nº 62575; Que, del análisis de autos se establece que las presuntas irregularidades se han cometido hace quince (15) años y que el artículo 233º en el párrafo 233.1 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº27444 establece que en el caso de no estar determinado el plazo de prescripción, éste es de cinco (5) años computados a partir de la fecha en que se cometió lainfracción; Que, por los fundamentos expuestos la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinariosdel Ministerio del Interior (Órganos No Policiales) por unanimidad ha recomendado se declare prescrita la ac- ción administrativa a que se hace referencia en los con-siderandos anteriores; Estando a lo dictaminado por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior y de confor-midad con la Ley del Procedimiento Administrativo Ge- neral, Ley Nº 27444, y el artículo 173º del Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supre-mo Nº 005-90-PCM y el Texto Único Ordenado del De- creto Legislativo Nº 370, Ley del Ministerio del Interior aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2004-IN; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar prescrita, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Re- solución, la acción administrativa incoada contra los exfuncionarios y servidores de la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (ex Dirección deControl de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil) que participaron en 1989 en la irregular inscripción con declaración jura-da de la pistola marca Browning calibre 9 mm corto serie Nº 425PY07173 y en la posterior inscripción por transfe- rencia en 1998, sin tener en cuenta que existía una de-nuncia policial por robo de la misma arma presentada en 1987 por el usuario que solicitó la primera licencia de posesión y uso. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro del Interior 19341 Sancionan con destitución a servido- res del ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 2030-2004-IN/0901 Lima, 1 de octubre del 2004 VISTO: El Acta Nº 059-2004-IN-1300 de 23 de setiembre de 2004 de la Comisión Permanente de Procesos Adminis-trativos Disciplinarios del Ministerio del Interior (Órga- nos No Policiales) designada por Resolución Ministerial Nº 1517-2004-IN de 6 de agosto de 2004 relacionada con la conclusión de Proceso Administrativo Disciplina-rio instaurado a la servidora Ángela Yanina Belotti Rojo, identificada con DNI Nº 07977450, Asistente en Servicio Jurídico II - SPE de la Dirección General de Control deServicios de Seguridad, Control de Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1628-2004- IN-1300 de 17 de agosto de 2004 se instauró Proceso Administrativo Disciplinario a la servidora Ángela Yanina Belotti Rojo, por haber Insertado en su legajo personalun Grado Académico de Bachiller en Derecho y Cien- cias Políticas falso del que ha obtenido provecho perso- nal por cuanto lo presentó adjunto a la Solicitud de Pos-tulación, que tuvo el carácter de Declaración Jurada de conformidad a lo dispuesto a esa fecha por el artículo 5º de la Ley de Simplificación Administrativa, Ley Nº 25035,al cargo de Asistente en Servicio Jurídico II en el Con- curso de Selección de Personal para la Dirección Gene- ral de Control de Servicios de Seguridad, Control deArmas, Municiones y Explosivos de Uso Civil; Que, con Oficio Nº 193-2004-IN-1300 de 23 de agos- to de 2004, la Comisión Permanente de Procesos Admi-nistrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior (Ór- ganos No Policiales) notificó personalmente a la servido- ra Ángela Yanina Belotti Rojo; Que, a mérito de la solicitud presentada por la servi- dora procesada, la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior(Órganos No Policiales) mediante el Oficio Nº 213-2004- IN-1300 de 31 de agosto de 2004 prorrogó excepcional- mente el plazo para la presentación del descargo escritoy pruebas convenientes en su defensa; Que, la servidora procesada presentó su descargo escrito y pruebas convenientes en su defensa y solicitóhacer uso de su derecho al Informe Oral, diligencia que se llevó a cabo el 16 de setiembre de 2004 de conformi- dad al Oficio Nº 229-2004-IN-1300 de 10 de setiembrede 2004; Que, la Comisión Permanente de Procesos Adminis- trativos Disciplinarios del Ministerio del Interior (ÓrganosNo Policiales) determina que examinados todos los ac- tuados, cumplidas todas las etapas y procedimientos es- tablecidos dentro de un proceso regular y que la servido-ra procesada ha ejercido su derecho a la legítima defensa no ha desvirtuado el cargo materia del presente Proceso Administrativo Disciplinario por lo que ha recomendadose imponga la sanción de destitución a la servidora Ánge- la Yanina Belotti Rojo y se remitan los actuados al Procu- rador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Minis-terio del Interior a fin de que inicie las acciones legales correspondientes por haber incurrido presuntamente en delito tipificado en el artículo 427º del Código Penal; Estando a lo dictaminado por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior y de confor- midad con la Ley de Bases de la Carrera Administrativay de Remuneraciones del Sector Público, Decreto Le- gislativo Nº 276 y en los artículos 150º, 155º, 159º y 170º del Reglamento de la Carrera Administrativa aprobadopor Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370, Ley del Minis- terio del Interior aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2004-IN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Sancionar con destitución a la servido- ra Ángela Yanina Belotti Rojo, identificada con DNI Nº 07977450, Asistente en Servicio Jurídico II - SPE de la Dirección General de Control de Servicios de Seguri-dad, Control de Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil del Ministerio del Interior por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer que la Oficina de Personal del Ministerio del Interior inserte copia de la presente Reso- lución Ministerial en el legajo personal de la ex servidoraÁngela Yanina Belotti Rojo. Artículo 3º.- Disponer se remita copia de la presente Resolución Ministerial a la Presidencia del Consejo deMinistros para los fines correspondientes.