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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE OCTUBRE DEL AÑO 2004 (28/10/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 16

PÆg. 279178 NORMAS LEGALES Lima, jueves 28 de octubre de 2004 nos No Policiales) designada por Resolución Ministerial Nº 1517-2004-IN de 6 de agosto de 2004 relacionada con la instauración de Proceso Administrativo Discipli- nario a los servidores de la Prefectura de Piura de laDirección General de Gobierno Interior que a continua- ción se señala: Martha Isabel Andrade Acosta, identifi- cada con DNI Nº 16489036, Abogado I - SPD; AlbeniaCeliza Soto Zevallos, identificada con DNI Nº 07452200, Especialista Administrativo I - SPD; Lucy Esperanza Al- varado León, identificada con DNI Nº 02683209, Técni-co en Ingeniería I - STB; Luis Ascue Zamalloa, identifica- do con DNI Nº 02676655, Trabajador de Servicios III - SAC; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 4501-2003-IN-1506 de 1 de diciembre de 2003, el Director Ejecutivo de la Dirección General de Gobierno Interior remitió a la Comisión Per-manente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior (Órganos No Policiales) en sete- cientos cincuenta y ocho (758) folios el expediente ad-ministrativo sobre ... “actos de indisciplina en el desem- peño de sus funciones constituyendo faltas de carácter disciplinario tipificadas en los incisos a), b), c), d) y j) del Art. 28º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sec- tor Público” ... cometidas, entre otros, por los servidores: Martha Andrade Acosta, Albenia Celiza Soto Zevallos, Lucy Esperanza Alvarado León, Luis Ascue Zamalloa; Que, el mencionado expediente incluyó la acumula- ción de los Expedientes Nº 010992, Nº 009116, Nº 011544, Informe Final Nº 42-2003-0407 - Prefectura de Piura formulado por la Oficina de Asuntos Internos, In-forme Nº 003-2003-IN-1503 e Informe Nº 021-2003-IN- 1503 formulados por la Oficina de Inspectoría de la Di- rección General de Gobierno Interior; Que, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 150º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, se procede a acumular al precitado expedien-te los expedientes que se señalan a continuación remiti- dos con Oficio Nº 3875-2003-IN-0903 de 11 de noviem- bre de 2003, Oficio Nº 254-2004-IN-0903 de 28 de enerode 2004, Oficio Nº 780-2004-IN-0903 de 24 de marzo de 2004, Oficio Nº 1253-2004-IN-1502 de 6 de abril de 2004, Oficio Nº 1372-2004-IN-1502 de 16 de abril de 2004,Oficio Nº 1431-2004-IN-0903 de 2 de junio de 2004, Ofi- cio Nº 1269-2004-IN-0903 de 20 de mayo de 2004, Ofi- cio 1476-2004-IN-0903 de 7 de junio de 2004, Oficio Nº1546-2004-IN-0903 de 14 de junio de 2004; Que, revisados los actuados se establece que la servidora Albenia Celiza Soto Zevallos no ha cumplidodiligentemente los deberes que impone el servicio públi- co, ha inobservado los horarios establecidos y ha mos- trado reiterada resistencia al cumplimiento de las órde-nes superiores por lo que habría incurrido en faltas de carácter disciplinario tipificadas en los incisos a) y b) del artículo 28º de la Ley de Bases de la Carrera Administra-tiva y de Remuneraciones del Sector Público y no haber dado cumplimiento a lo establecido en los incisos a) y c) del artículo 21º de la misma norma legal; Que, la Comisión Permanente de Procesos Adminis- trativos Disciplinarios del Ministerio del Interior (Órga- nos No Policiales) ha calificado como graves las faltasde carácter disciplinario que habría cometido la servido- ra Albenia Celiza Soto Zevallos y por unanimidad se ha pronunciado por la instauración de Proceso Administra-tivo Disciplinario; Estando a lo dictaminado por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior y de confor-midad con lo establecido en la Ley de Bases de la Carre- ra Administrativa y de Remuneraciones del Sector Públi- co, Decreto Legislativo Nº 276, y en los artículos 150º,151º, 152º, 163º, 166º y 167º del Reglamento de la Ca- rrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y el Texto Único Ordenado del DecretoLegislativo Nº 370, Ley del Ministerio del Interior, aproba- do por Decreto Supremo Nº 003-2004-IN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Instaurar Proceso Administrativo Disci- plinario a la servidora Albenia Celiza Soto Zevallos, iden- tificada con DNI Nº 07452200, Especialista Administrati- vo I - SPD de la Prefectura de Piura de la DirecciónGeneral de Gobierno Interior, por las razones expues- tas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- La servidora procesada tiene derecho a presentar su descargo escrito y las pruebas que esti-me convenientes para su defensa ante la Comisión Per- manente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior (Órganos No Policiales) dentro delplazo que establece la ley, a partir del día siguiente de la notificación de la presente Resolución. Artículo 3º.- Remitir todos los actuados a la Comi- sión Permanente de Procesos Administrativos Discipli- narios del Ministerio del Interior (Órganos No Policiales) para que dentro del plazo de ley concluya el ProcesoAdministrativo Disciplinario instaurado a mérito de la pre- sente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro del Interior 19346 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 2035-2004-IN/0901 Lima, 1 de octubre del 2004VISTO: El Acta Nº 056-2004-IN-1300 de 8 de setiembre de 2004 de la Comisión Permanente de Procesos Adminis- trativos Disciplinarios del Ministerio del Interior (Órga-nos No Policiales) designada por Resolución Ministerial Nº 1517-2004-IN de 6 de agosto de 2004 relacionada con la instauración de Proceso Administrativo Discipli-nario a la servidora Elizabeth Judith Cruz Yamunaqué, identificada con DNI Nº 09639569, Inspectora de Migra- ciones I de la Dirección General de Migraciones y Natu-ralización del Ministerio del Interior; CONSIDERANDO:Que, con Oficio Nº 2224-2003-IN-1601-SG de 31 de octubre de 2003 el Director General de Migraciones yNaturalización remitió en seis (6) folios a la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior (Órganos No Policiales) el ex-pediente administrativo en el que denunció la presunta comisión de falta de carácter disciplinario por la servido- ra Elizabeth Judith Cruz Yamunaqué; Que, con Oficio Nº 1493-04-IN/DIGEMIN-1601-SG de 26 de abril de 2004 se ha remitido un expediente complementario en doscientos setenta y siete (277) fo-lios, así como una (1) cinta de vídeo y siete (7) casetes que contienen grabaciones de entrevistas al personal de la Jefatura de Migraciones de Piura; Que, revisados los actuados se establece que la servidora Elizabeth Judith Cruz Yamunaqué ha adultera- do Declaraciones Generales de Vuelo insertando infor-mación falsa en las Declaraciones de Vuelos de las Com- pañías ICARO S.A. y UBESAIR, ha insertado informa- ción falsa en el Parte Diario de Llegada y Salida de losdías 23 de diciembre de 2002, 26 de diciembre de 2002 y 11 de enero de 2003 agregando indebidamente a tres (3) ciudadanos extranjeros, ha proporcionado informa-ción falsa al Sistema Estadístico e Informático de la Di- rección General de Migraciones y Naturalización, ha omitido su obligación de disponer el cobro de las Tasasde Extranjería, ha sellado la salida por permanencia con- cluida en los pasaportes de ciudadanos extranjeros sin que obre expediente alguno, ha conducido con negligen-cia la gestión administrativa de la Jefatura de Migracio- nes de Piura cuando ejerció el cargo de Jefa; Que, la mencionada servidora habría incurrido en grave falta de carácter disciplinario tipificada en el inciso a) del artículo 28º de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, Decreto Legislati-vo Nº 276, en adelante la Ley al no haber desempeñado sus funciones con eficiencia según lo establecido en el inciso d) del artículo 3º de la Ley y artículo 127º del Reglamento de laLey de Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supre- mo Nº 005-90-PCM en adelante el Reglamento, al no haber cumplido diligentemente los deberes que impone el servicio