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PÆg. 279179 NORMAS LEGALES Lima, jueves 28 de octubre de 2004 público según lo establecido en el inciso a) del artículo 21º de la Ley, al no haber salvaguardado los intereses del Estado según lo establecido en el inciso b) del artículo 21º de la Ley, al haber mostrado negligencia en el desempeño de las fun-ciones según lo establecido en el inciso d) del artículo 28º de la Ley, al no haber actuado con corrección y justeza al rea- lizar los actos administrativos que le correspondía de con-formidad a lo establecido en el artículo 129º del Reglamento; Que, las faltas de carácter disciplinario en que habría incurrido la mencionada servidora acarrearían responsa-bilidad penal por haber incurrido presuntamente en delitos de Falsedad Genérica, Abuso de Autoridad en la modalidad de omisión, rehusamiento o demora de actos oficiales tipi-ficados en los artículos 438º y 377º del Código Penal y en delito de Defraudación Tributaria previsto en el artículo 1º de la Ley Penal Tributaria, Decreto Legislativo Nº 813; Que, a mérito de los dispositivos legales invocados la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disci- plinarios del Ministerio del Interior (Órganos No Policiales)por unanimidad se ha pronunciado por la instauración de Proceso Administrativo Disciplinario a la servidora Elizabe- th Judith Cruz Yamunaqué; Estando a lo dictaminado por la Oficina General de Ase- soría Jurídica del Ministerio del Interior y de conformidad con la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y deRemuneraciones del Sector Público, Decreto Legislativo Nº 276, y en los artículos 150º, 151º, 163º, 166º y 167º del Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado porDecreto Supremo Nº 005-90-PCM y el Texto Único Orde- nado del Decreto Legislativo Nº 370, Ley del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2004-IN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Instaurar Proceso Administrativo Disci- plinario a la servidora Elizabeth Judith Cruz Yamunaqué, identificada con DNI Nº 09639569, Inspectora de Migra-ciones I de la Dirección General de Migraciones y Natura- lización del Ministerio del Interior, por las razones expues- tas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- La servidora procesada tiene derecho a presentar su descargo escrito y las pruebas que esti- me convenientes para su defensa ante la Comisión Per-manente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior (Órganos No Policiales) dentro del plazo que establece la ley, a partir del día siguiente de lanotificación de la presente Resolución. Artículo 3º.- Remitir todos los actuados a la Comi- sión Permanente de Procesos Administrativos Discipli-narios del Ministerio del Interior (Órganos No Policiales) para que dentro del plazo de ley concluya el Proceso Administrativo Disciplinario instaurado a mérito de la pre-sente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro del Interior 19347 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 2036-2004-IN/0901 Lima, 1 de octubre del 2004 VISTO: El Acta Nº 057-2004-IN-1300 de 8 de setiembre de 2004 de la Comisión Permanente de Procesos Adminis- trativos Disciplinarios del Ministerio del Interior (Órga- nos No Policiales) designada por Resolución MinisterialNº 1517-2004-IN de 6 de agosto de 2004 relacionada con la instauración de Proceso Administrativo Discipli- nario a la servidora Giorni Mercedes Sardón Cipriani,identificada con DNI Nº 01234778, Inspectora de Migra- ciones I de la Dirección General de Migraciones y Natu- ralización del Ministerio del Interior; CONSIDERANDO: Que, con Oficio Nº 1142-2004-IN-1601-SG de 30 de marzo de 2004 el Director General de Migraciones y Naturalización remitió en ochenta y cinco (85) folios a laComisión Permanente de Procesos Administrativos Dis- ciplinarios del Ministerio del Interior (Órganos No Policia- les) el expediente administrativo en el que denunció la presunta comisión de faltas de carácter disciplinario porla servidora Giorni Mercedes Sardón Cipriani; Que, revisados los actuados se establece que la mencionada servidora no ha observado entre el 20 y 21de enero de 2004 los horarios establecidos de atención a los administrados para el Control Migratorio en el Puesto de Control Migratorio - Kasani, y no ha observado buentrato hacia el público; Que, la mencionada servidora habría incurrido en grave falta de carácter disciplinario tipificada en el incisoa) del artículo 28º de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, Decreto Legislativo Nº 276, en adelante la Ley, al nohaber observado los horarios establecidos de atención a los administrados y no haber observado buen trato al público en general según lo establecido en los incisos c)y e) del artículo 21º de la Ley y al haber impedido el funcionamiento del servicio público según lo establecido en el inciso e) del artículo 28º de la Ley. Que, una de las faltas de carácter disciplinario en que habría incurrido la mencionada servidora conlleva como efecto cerrar la frontera en forma unilateral y noautorizada, lo que contraviene el Decreto Supremo Nº 002-99-IN de 11 de mayo de 1999; Que, a mérito de los dispositivos legales invocados la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior (Órganos No Po- liciales) por unanimidad se ha pronunciado por la instau-ración de Proceso Administrativo Disciplinario a la servi- dora Giorni Mercedes Sardón Cipriano; Estando a lo dictaminado por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior y de confor- midad con la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, Decreto Le-gislativo Nº 276, y en los artículos 150º, 151º, 163º, 166º y 167º del Reglamento de la Carrera Administrativa apro- bado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y el TextoÚnico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370, Ley del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2004-IN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Instaurar Proceso Administrativo Disci- plinario a la servidora Giorni Mercedes Sardón Cipriani, identificada con DNI Nº 01234778, Inspectora de Migra-ciones I de la Dirección General de Migraciones y Natu- ralización del Ministerio del Interior, por las razones ex- puestas en la parte considerativa de la presente Resolu-ción. Artículo 2º.- La servidora procesada tiene derecho a presentar su descargo escrito y las pruebas que esti-me convenientes para su defensa ante la Comisión Per- manente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior (Órganos No Policiales) dentro delplazo que establece la ley, a partir del día siguiente de la notificación de la presente Resolución. Artículo 3º.- Remitir todos los actuados a la Comi- sión Permanente de Procesos Administrativos Discipli- narios del Ministerio del Interior (Órganos No Policiales) para que dentro del plazo de ley concluya el ProcesoAdministrativo Disciplinario instaurado a mérito de la pre- sente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro del Interior 19348 Sancionan con destitución a servido- res que prestaban servicios en la Pre-fectura de Pasco y en la Oficina Gene-ral de Administración RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 2165-2004-IN/1300 Lima, 12 de octubre de 2004