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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE OCTUBRE DEL AÑO 2004 (30/10/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 97

PÆg. 279499 NORMAS LEGALES Lima, sábado 30 de octubre de 2004 GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE Conforman el Consejo Participativo Regional de Educación - COPARE ORDENANZA REGIONAL Nº 015-2004-GR.LAMB./CR. Chiclayo, 26 de octubre de 2004 El Presidente del Gobierno Regional de Lambaye- que; POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Lamba- yeque en su Sesión Extraordinaria de 25 de octubre de2004, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, Artículo 192º re- formado por Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucionaldel Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización; ensu inciso 7, establece la competencia de los GobiernosRegionales para promover y regular actividades y/o servi-cios, entre otros, en materia de educación, conforme a ley; Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentra- lización, conforme a cuyo Artículo 17º, inciso 17.1, esta-blece que " los gobiernos regionales y locales están obli- gados a promover la participación ciudadana en la for- mulación, debate y concertación de sus planes de desa- rrollo y presupuestos, y en la gestión pública "; Que, Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regio- nales, que dentro de las funciones específicas que ejercenlos gobiernos regionales en materia de educación, cultura,ciencia, tecnología, deporte y recreación, prevé en su Artí-culo 47º, inciso b), " el diseñar, ejecutar y evaluar el proyecto educativo regional, los programas de desarrollo de la cultu- ra, ciencia y tecnología y el programa de desarrollo del de- porte y recreación de la región, en concordancia con la política educativa nacional "; y, en su inciso h), " integrar los distintos programas educativos regionales en una política integral orientada, en lo económico, a la mejora en la productividad y competitividad de la región; en lo social, a propiciar la igualdad de oportunidades, la integración y la inclusión a nivel regional; en lo político, al afianzamiento de los mecanismos de participación ciudadana y rendición de cuentas en los distintos niveles de gobierno, y en lo cultural, al desarrollo de una cultura de paz y reconocimiento y res- peto a la diversidad "; Que, la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, al referirse al órgano de participación y vigilancia de la Direc-ción Regional de Educación en su Artículo 78º, señala que" el Consejo Participativo Regional de Educación, es una ins- tancia de participación, concertación y vigilancia en la elabo- ración, seguimiento y evaluación del Proyecto Educativo Regional. Está integrado por el Director Regional de Educa- ción y representantes de docentes, universidades e institu- tos superiores, sectores económicos productivos, comuni- dad educativa local e instituciones públicas y privadas de la región"; Que, atendiendo al marco normativo expuesto, es nece- sario que el Gobierno Regional de Lambayeque, proceda a la conformación del Consejo Participativo Regional de Edu-cación a cuyo efecto, la Comisión de Desarrollo Social, Edu-cación, Cultura y Recreación, Deporte, Vivienda y Sanea-miento del Consejo del Gobierno Regional de Lambayeque,ha emitido su dictamen correspondiente habiendo sido so- metido al pleno de este órgano colegiado para su aproba- ción; Por lo que estando a lo dispuesto por el Artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regiona-les, el Consejo Regional del Gobierno Regional Lambaye-que ha emitido la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- CONFORMAR el Consejo Partici- pativo Regional de Educación - COPARE del Gobierno Regional de Lambayeque, el mismo que quedará inte-grado de la siguiente manera: 1. El Director Regional de Educación2. El Director Regional de Salud 3. El Director Regional de Trabajo y Promoción del Empleo 4. El representante regional del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES 5. Los miembros de la Comisión de Desarrollo Social, Educación, Cultura y Recreación, Deporte, Vivienda ySaneamiento del Consejo del Gobierno Regional de Lam-bayeque 6. El Gerente Regional de Desarrollo Social como representante del Gobierno Regional de Lambayeque 7. Un representante de las universidades públicas y privadas 8. Un representante de las municipalidades provincia- les 9. Un representante de los institutos pedagógicos 10. Un representante de los institutos tecnológicos y SENATI 11. Un representante de las ONG que desarrollan labores educativas 12. Un representante de los sindicatos del sector13. Un representante de los sectores productivos 14. Un representante de la Iglesia 15. Representante del Instituto Nacional de Cultura - INC16. Representante del Instituto Peruano del Deporte - IPD 17. Representante de las instituciones educativas privadas. Artículo Segundo.- El Consejo Participativo Regio- nal de Educación una vez que sean definidos sus miem- bros, deberá proceder a la elaboración del Reglamento Interno que deberá regir la ejecución de los actos inhe-rentes a su función. POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. YEHUDE SIMON MUNARO Presidente Regional 19513 GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI Inician procedimiento administrativo disciplinario a ex funcionarios del ex CTAR UCAYALI RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 1344-2004-GRU-P Pucallpa, 21 de octubre de 2004 VISTO; El Informe Nº 013-2004-GRU-P-CAHPAD de la Comisión Ad Hoc de Procesos Administrativos Disci-plinarios, y demás antecedentes; CONSIDERANDO: Que, la Comisión AD HOC de Procesos Administrati- vos Disciplinarios de esta sede institucional y de la revisión del Informe Nº 001-2004-2-5354 denominado Examen Es- pecial sobre: Incumplimiento de implantación de recomen-daciones pendientes y en proceso resultantes de informesde acciones de control”, se ha determinado que los exPresidentes Ejecutivos del EX CTAR UCAYALI, Abog. Feli-ciano Erasmo Paredes Torres, Lizardo Caballero Delgado y el ex Secretario Técnico, Ángel Rogerio Lozada Ruiz, son presuntos responsables de las faltas administrativasprevistas en el Art. 28º Incs. a) y d) del Decreto LegislativoNº 276, que son como sigue: a) Incumplimiento de las nor-mas establecidas en la presente Ley y su reglamento, d)Negligencia en el desempeño de sus funciones; Que, asimismo se advierte indicios razonables de la co- misión de las faltas administrativas imputables por los exfuncionarios Abog. Feliciano Erasmo Paredes Torres, Lizar-do Caballero Delgado, como ex Presidentes Ejecutivos y elseñor Ángel Rogerio Lozada Ruiz, ex Secretario Técnico,tales como la omisión a sus deberes funcionales previstos en los incisos a) y h) del Art. 21º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remune-raciones del Sector Público, que señala como obligaciones