Norma Legal Oficial del día 30 de octubre del año 2004 (30/10/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 95

MORDAZA, sabado 30 de octubre de 2004

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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1. MATERIA Prorroga de la vigencia de los Acuerdos de Alcance Parcial de Renegociacion Nºs. 20, 33, y de Complementacion Economica Nº 48 suscritos con MORDAZA, Uruguay y Argentina. 2. OBJETIVO Poner en aplicacion efectiva las comunicaciones efectuadas por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, mediante los Facsimiles Nºs. 608, 607 y 619-2004-MINCETUR/VMCE/DNINCI. 3. BASE LEGAL Tratado de Montevideo de 1980 y Procedimiento INTAPE.01.12 version 2. 4. INSTRUCCIONES De conformidad con los Facsimiles Nºs. 608, 607 y 619-2004-MINCETUR/VMCE/DNINCI, de 13 y 18 de octubre de 2004, se comunica sobre la prorroga de la vigencia de los Acuerdos de Alcance Parcial de Renegociacion Nºs. 20, 33 y de Complementacion Economica Nº 48, suscritos con MORDAZA, Uruguay y MORDAZA, respectivamente; y en uso de las facultades conferidas por la Resolucion de Superintendencia Nº 122-2003/ SUNAT, se hace de conocimiento lo siguiente: 4.1 Entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2004, queda prorrogada la vigencia de las preferencias arancelarias pactadas en los Acuerdos de Alcance Parcial de Renegociacion Nºs. 20 (TPI 120), 33 (TPI 133) y Acuerdo de Alcance Parcial de Complementacion Economica Nº 48 (TPI 348), suscritos con MORDAZA, Uruguay y MORDAZA, respectivamente. 4.2 Asimismo, conforme al articulo 2º de los Decretos Supremos Nºs. 019 y 021-2004-MINCETUR, se mantiene vigente lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 38-95-ITINCI, en tanto este vigente la aplicacion de las preferencias arancelarias establecidas en el Acuerdo de Alcance Parcial de Renegociacion Nºs. 20 y 33, a la importacion de los productos comprendidos en las subpartidas nacionales: 0402.10.10.00, 0402.21.19.00, 0402.29.11.00, 1006.30.00.00. 0402.10.90.00, 0402.21.11.00, 0402.21.91.00, 0402.21.99.00, 0402.29.19.00, 1006.20.00.00 y

Que, el articulo IX del Codigo del MORDAZA y del Adolescente senala que toda medida concerniente al MORDAZA y al adolescente que adopte el Estado a traves de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, del Ministerio Publico, los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y demas instituciones, asi como en la accion de la sociedad, se considerara el MORDAZA del interes superior del MORDAZA y del adolescente y el respeto a sus derechos; Que, segun la Ley Nº 27867 - Ley Organica de los Gobiernos Regionales - es obligacion del Gobierno Regional, fomentar el Desarrollo Regional integral sostenible, promoviendo la inversion publica y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo; Que, es necesario la creacion del Consejo Regional, con participacion de las sociedad civil, instituciones autonomas, instituciones de gobierno asi como de los ninos, ninas y adolescentes para implementar politicas de proteccion y respeto a la infancia y a la adolescencia Regional; Que, el referido Consejo conllevara a recoger las aspiraciones de los ninos, ninas y adolescentes de la Region mediante la formulacion de planes de prevencion y proteccion hacia el MORDAZA y el adolescente; Con las visaciones de la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Desarrollo Social, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y la Subgerencia Regional de Asesoria Juridica del Gobierno Regional de Lima; En uso de las atribuciones y facultades conferidas por la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion - el inciso d) del articulo 21º e inciso a) del articulo 41º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales -, modificada con la Ley Nº 27902; SE RESUELVE: Articulo Primero.- CREASE el Consejo Regional de la Infancia y Adolescencia de la Region MORDAZA, el cual estara integrado por: - El Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA o su Representante, quien lo presidira. - Un representante de la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo. - Un representante de la Direccion Regional de Educacion. - Un representante de la Direccion Regional de Salud. - Un representante de la Policia Nacional del Peru. - Un representante de los entes Descentralizados del MIMDES. - Un representante del Poder Judicial. - Un representante del Ministerio Publico. - Un representante de la Defensoria del Pueblo. - Un representante de las Municipalidades Provinciales de la Region. - Un representante de las Municipalidades Distritales de la Region. - Un representante de las Organizaciones No Gubernamentales. - Un representante de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA Carrion. - Un representante de los Alcaldes Escolares. - Un representante de las Sociedades de Beneficencia Publica existentes en la Region Lima. - Un representante de la Mesa de Concertacion para la lucha contra la pobreza de la Region Lima. - Un representante de la Iglesia Catolica. Articulo Segundo.- La Gerencia General, la Gerencia de Desarrollo Social, la Subgerencia de Administracion y la Oficina de Relaciones Publicas y Comunicaciones del Gobierno Regional de MORDAZA, brindaran el apoyo necesario para el cumplimiento de los fines de este Consejo Regional. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MUFARECH NEMY Presidente 19697

4.3 Procede la devolucion de los derechos o de las fianzas que se hayan presentado por los derechos liberables en aplicacion de los Acuerdos anteriormente citados, siempre y cuando las mercancias se encuentren negociadas, MORDAZA originarias y procedentes conforme a lo establecido en cada Acuerdo. 4.4 Para el otorgamiento de las preferencias se debera presentar, ademas de los documentos de importacion, el Certificado de Origen adecuado a las Normas de Origen establecido para cada uno de los Acuerdos. 5. ALCANCE Las disposiciones previstas en la presente Circular seran aplicadas por las Intendencias de Aduana de la Republica, Intendencia de Fiscalizacion y Gestion de Recaudacion Aduanera y la Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera. 6. VIGENCIA La presente Circular rige conforme a lo senalado en el numeral 4.1. Atentamente, MORDAZA MORDAZA MORDAZA QUINE Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas 19657

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Crean el Consejo Regional de la Infancia y Adolescencia de la Region MORDAZA
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 272-2004-PRES
MORDAZA, 26 de octubre del 2004.

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