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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE OCTUBRE DEL AÑO 2004 (30/10/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 95

PÆg. 279497 NORMAS LEGALES Lima, sábado 30 de octubre de 2004 1. MATERIA Prórroga de la vigencia de los Acuerdos de Alcance Parcial de Renegociación Nºs. 20, 33, y de Complemen-tación Económica Nº 48 suscritos con Paraguay, Uru- guay y Argentina. 2. OBJETIVO Poner en aplicación efectiva las comunicaciones efec- tuadas por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, mediante los Facsímiles Nºs. 608, 607 y 619-2004-MIN- CETUR/VMCE/DNINCI. 3. BASE LEGAL Tratado de Montevideo de 1980 y Procedimiento INTA- PE.01.12 versión 2. 4. INSTRUCCIONES De conformidad con los Facsímiles Nºs. 608, 607 y 619-2004-MINCETUR/VMCE/DNINCI, de 13 y 18 de octubre de 2004, se comunica sobre la prórroga de la vigencia de los Acuerdos de Alcance Parcial de Rene-gociación Nºs. 20, 33 y de Complementación Económi-ca Nº 48, suscritos con Paraguay, Uruguay y Argentina,respectivamente; y en uso de las facultades conferidaspor la Resolución de Superintendencia Nº 122-2003/ SUNAT, se hace de conocimiento lo siguiente: 4.1 Entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2004, queda prorrogada la vigencia de las preferenciasarancelarias pactadas en los Acuerdos de Alcance Par-cial de Renegociación Nºs. 20 (TPI 120), 33 (TPI 133) y Acuerdo de Alcance Parcial de Complementación Eco- nómica Nº 48 (TPI 348), suscritos con Paraguay, Uru-guay y Argentina, respectivamente. 4.2 Asimismo, conforme al artículo 2º de los Decretos Su- premos Nºs. 019 y 021-2004-MINCETUR, se mantiene vigen-te lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 38-95-ITINCI, en tanto esté vigente la aplicación de las preferencias arancela- rias establecidas en el Acuerdo de Alcance Parcial de Rene-gociación Nºs. 20 y 33, a la importación de los productoscomprendidos en las subpartidas nacionales: 0402.10.10.00, 0402.10.90.00, 0402.21.11.00, 0402.21.19.00, 0402.21.91.00, 0402.21.99.00, 0402.29.11.00, 0402.29.19.00, 1006.20.00.00 y1006.30.00.00. 4.3 Procede la devolución de los derechos o de las fianzas que se hayan presentado por los derechos libe- rables en aplicación de los Acuerdos anteriormente cita- dos, siempre y cuando las mercancías se encuentrennegociadas, sean originarias y procedentes conforme alo establecido en cada Acuerdo. 4.4 Para el otorgamiento de las preferencias se de- berá presentar, además de los documentos de importa- ción, el Certificado de Origen adecuado a las Normas de Origen establecido para cada uno de los Acuerdos. 5. ALCANCE Las disposiciones previstas en la presente Circular serán aplicadas por las Intendencias de Aduana de la República, Intendencia de Fiscalización y Gestión de Recaudación Adua-nera y la Intendencia Nacional de Técnica Aduanera. 6. VIGENCIA La presente Circular rige conforme a lo señalado en el numeral 4.1. Atentamente,JOSÉ ARMANDO ARTEAGA QUIÑE Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas 19657 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LIMA Crean el Consejo Regional de la Infan- cia y Adolescencia de la Región Lima RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 272-2004-PRES Huacho, 26 de octubre del 2004.CONSIDERANDO: Que, el artículo IX del Código del Niño y del Adoles- cente señala que toda medida concerniente al niño y al adolescente que adopte el Estado a través de los Pode- res Ejecutivo, Legislativo y Judicial, del Ministerio Públi-co, los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y de-más instituciones, así como en la acción de la sociedad,se considerará el principio del interés superior del niño ydel adolescente y el respeto a sus derechos; Que, según la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales - es obligación del Gobierno Re-gional, fomentar el Desarrollo Regional integral sosteni-ble, promoviendo la inversión pública y privada y el em-pleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y laigualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuer- do con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo; Que, es necesario la creación del Consejo Regional, con participación de las sociedad civil, instituciones autóno-mas, instituciones de gobierno así como de los niños, ni-ñas y adolescentes para implementar políticas de protec- ción y respeto a la infancia y a la adolescencia Regional; Que, el referido Consejo conllevará a recoger las aspiraciones de los niños, niñas y adolescentes de laRegión mediante la formulación de planes de prevencióny protección hacia el infante y el adolescente; Con las visaciones de la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Desarrollo Social, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondiciona-miento Territorial y la Subgerencia Regional de AsesoríaJurídica del Gobierno Regional de Lima; En uso de las atribuciones y facultades conferidas por la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentraliza- ción - el inciso d) del artículo 21º e inciso a) del artículo 41º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de GobiernosRegionales -, modificada con la Ley Nº 27902; SE RESUELVE: Artículo Primero.- CRÉASE el Consejo Regional de la Infancia y Adolescencia de la Región Lima, el cualestará integrado por: - El Presidente del Gobierno Regional de Lima o su Representante, quien lo presidirá. - Un representante de la Dirección Regional de Tra- bajo y Promoción del Empleo. - Un representante de la Dirección Regional de Educa- ción. - Un representante de la Dirección Regional de Sa- lud. - Un representante de la Policía Nacional del Perú. - Un representante de los entes Descentralizados del MIMDES. - Un representante del Poder Judicial.- Un representante del Ministerio Público.- Un representante de la Defensoría del Pueblo. - Un representante de las Municipalidades Provin- ciales de la Región. - Un representante de las Municipalidades Distritales de la Región. - Un representante de las Organizaciones No Guber- namentales. - Un representante de la Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión. - Un representante de los Alcaldes Escolares.- Un representante de las Sociedades de Beneficen- cia Pública existentes en la Región Lima. - Un representante de la Mesa de Concertación para la lucha contra la pobreza de la Región Lima. - Un representante de la Iglesia Católica. Artículo Segundo.- La Gerencia General, la Geren- cia de Desarrollo Social, la Subgerencia de Administra-ción y la Oficina de Relaciones Públicas y Comunicacio- nes del Gobierno Regional de Lima, brindarán el apoyo necesario para el cumplimiento de los fines de este Con-sejo Regional. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL ÁNGEL MUFARECH NEMY Presidente 19697