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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE OCTUBRE DEL AÑO 2004 (30/10/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 99

PÆg. 279501 NORMAS LEGALES Lima, sábado 30 de octubre de 2004 de implantar las recomendaciones derivadas de dichos in- formes, Formato que no fue remitido a la Contraloría Gene-ral de la República, simplemente y después del tiempo trans-currido dispuso la implementación de las recomendaciones derivadas de los mencionados informes mediante diversos memorandos. Dicha omisión ha ocasionado que tanto laContraloría General de la República y el Órgano de ControlInstitucional del Gobierno Regional de Ucayali, no puedanidentificar a los principales responsables de implantar lasrecomendaciones formuladas en los informes de Auditoría. En esta observación se encuentra comprendido el Abog. Feliciano Erasmo Paredes Torres - ex Presidente Ejecutivodel ex Ctar Ucayali; Que, de conformidad con el Art. 150º del D.S. Nº 005-90- PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Admi-nistrativa, se considera falta disciplinaria a toda acción u omisión voluntaria o no, que contravenga las obligaciones, prohibiciones y demás normatividad específica sobre losdeberes de servidores y funcionarios, establecidos en elArt. 28º y otros de la y el Reglamento. La Comisión de unafalta da lugar a la aplicación de la sanción correspondiente; Que la calificación de la gravedad de la falta es atribución de la autoridad competente o de la Comisión de Procesos Administrativos Disciplinarios, según corresponda confor-me lo prescribe el Art. 152º del referido reglamento; Que, el Art. 167º del D.S. en mención señala que el Proceso Administrativo Disciplinario será instaurado porResolución del titular de la entidad o del funcionario que tenga la autoridad delegada para tal efecto, debiendo notificarse a la ex funcionaria procesada en forma per-sonal o publicarse en el Diario Oficial El Peruano dentrodel término de setenta y dos (72) horas contadas a partirdel día siguiente de la expedición de dicha resolución; En uso de la facultad conferida por la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General,Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la CarreraAdministrativa y Remuneraciones del Sector Público yDecreto Supremo Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APERTURAR Proceso Administrati- vo Disciplinario a los señores; ABOG. FELICIANO ERAS- MO PAREDES TORRES, LIZARDO CABALLERO DELGA- DO Y ÁNGEL ROGERIO LOZADA RUIZ; por las presuntasfaltas administrativas cometidas durante el ejercicio de susfunciones como ex Presidentes Ejecutivos y ex SecretarioTécnico del ex Consejo Transitorio de Administración Regio-nal de UCAYALI, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución; Artículo Segundo.- DISPONER conforme a lo esta- blecido en el Art. 167º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, que los cargos contenidos en la presente Resolu-ción sean puestos en conocimiento oportuno de los pro-cesados, a fin de que pueda hacer efectivo su derecho a la defensa, de acuerdo con lo dispuesto en el Art. 169º del dispositivo legal antes aludido; Artículo Tercero.- NOTIFÍQUESE la presente reso- lución a los procesados conforme a ley. Regístrese y comuníquese. EDWIN VÁSQUEZ LÓPEZ Presidente Regional 19683 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Declaran fundada reconsideración y aprue- ban habilitación urbana de lote œnico de terreno ubicado en el distrito de Santa Anita DIRECCIÓN MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 530-2004-MML-DMDU Lima, 2 de setiembre de 2004EL DIRECTOR MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO VISTO, el Expediente Nº 63236-2002, Anexo Nº 3126- 2003 y Expediente Nº 81752S-2003, mediante los cua- les HARALD MAYROCK QUENTIN interpone recursode reconsideración contra la Resolución Nº 118-2003-MML-DMDU de fecha 18 de marzo de 2003 y solicitaconsiderar como titular del procedimiento al nuevo pro-pietario del terreno la empresa MONTANA S.A.; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 118-2003-MML-DMDU de fecha 18 de marzo de 2003 (fs. 47 del Exp. Nº 63236-2002), se resolvió desaprobar la Habilitación Urbana deLote Único en Vías de Regularización del terreno de5,586.12 m² constituido por el Lote A-5 de la Zona Altadel ex Fundo Inquisidor, calificado como Zona de Indus- tria Elemental y Complementaria ”I-1” ubicado con frente a la Av. Cascanueces (antes Av. 27 de Abril), distrito deSanta Anita, provincia y departamento de Lima, por nocontar con factibilidad de servicios de agua potable yalcantarillado; Que, el terreno materia de habilitación se encuentra inscrito en la Ficha Nº 376487 - Partida Nº 45140555 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima yCallao (fs. 19 al 22 del Exp. Nº 63236-2002); Que, con Anexo Nº 3126-2003 de fecha 7 de mayo de 2003 (fs. 52 Exp. Nº 63236-2002), el administradointerpone recurso de reconsideración contra la Resolu- ción Nº 118-2003-MML-DMDU de fecha 18 de marzo de 2003; Que, mediante el Anexo Nº 7264-2003 de fecha 28 de octubre de 2003 (fs. 77 y 78 del Exp. Nº 63236-2002),HARALD MAYROCK QUENTIN hace de conocimiento aesta Corporación que el nuevo propietario del terreno de 5,586.12 m² constituido por el Lote A-5 de la Zona Alta del ex Fundo Inquisidor, calificado como Zona de Indus-tria Elemental y Complementaria ”I-1” ubicado con frentea la Av. Cascanueces (antes Av. 27 de Abril), distrito deSanta Anita, provincia y departamento de Lima, es laempresa MONTANA S.A.; Que, mediante Informe Nº 140-2003-MML-DMDU- DHU-AL de fecha 23 de mayo de 2003 (fs. 57 del Exp.Nº 63236-2002), emitido por el Área Legal de la Direc-ción de Habilitaciones Urbanas se evaluó la formalidaddel recurso y mediante Informe Nº 149-2003-MML-DMDU-DHU-DRD de fecha 13 de junio 2003 (fs.68 al 70 Exp. Nº 63236-2002), emitido por la División de Revisión de Diseño se evaluó la documentación técnica; Que, mediante Acuerdo Nº 02 tomado en Sesión Nº 010-2003 de fecha 23 de junio de 2003 (fs. 71 del Exp.Nº 63236-2002), la Comisión Metropolitana de Habilita-ciones Urbanas acordó aceptar el recurso de reconsi- deración y aprobar la habilitación urbana de lote único en vías de regularización del terreno de 5,586.12 m² cons-tituido por el Lote A-5 de la Zona Alta del ex Fundo Inqui-sidor, calificado como Zona de Industria Elemental yComplementaria ”I-1” ubicado con frente a la Av. Casca-nueces (antes Av. 27 de Abril), distrito de Santa Anita, provincia y departamento de Lima; Que, el administrado acredita la cancelación del défi- cit de aporte para Parques Zonales con el Recibo deIngresos Nº 41218 de fecha 21 de abril de 2004 (fs. 42del Expediente Nº 81752S), emitido por Serpar Lima,que asciende a la suma de US $ 23,471.35 dólares ame- ricanos; Que, el administrado acredita la cancelación del déficit de aporte para Renovación Urbana con el Recibo de CajaNº 05866 de fecha 30 de abril de 2004 (fs. 48 del Expe-diente Nº 81752S) emitido por EMILIMA, que asciende ala suma de US $ 25,137.00 dólares americanos; Que, con Informe Nº 251-2004-MML-DMDU-DHU- AL de fecha 18 de junio de 2004 (fs. 67 y 68 del Expe-diente Nº 81752S) emitido por el Área Legal de la Direc-ción de Habilitaciones Urbanas, se manifiesta que deberesolverse el recurso impugnativo declarándolo funda-do y aprobar la Habilitación Urbana de Lote Único en Vías de Regularización, en vista de haber subsanado las observaciones que fueron materia de desaproba-ción; sin embargo es necesario recordar que por LeyOrgánica de Municipalidades Nº 27972 vigente a partirdel 28 de mayo de 2004, la competencia y función paraconocer de las habilitaciones Urbanas en su etapa de aprobación corresponde a la Municipalidad Distrital, pero