Norma Legal Oficial del día 30 de octubre del año 2004 (30/10/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 30 de octubre de 2004

del servidor y/o funcionario "Cumplir personal y diligentemente los deberes que impone el servicio publico" y "Las demas que le senalen las leyes o el reglamento", conforme se advierte del analisis del referido informe de control, al verse comprendidos en las observaciones siguientes: OBSERVACION Nº 01: sobre "RECOMENDACION DE AUDITORIA FUE SUPERADA POR "PRESCRIPCION"; AL NO HABERSE DETERMINADO LAS SANCIONES DE CARACTER DISCIPLINARIO; DEBIDO A QUE SE CONFORMO EN FORMA EXTEMPORANEA LA COMISION ESPECIAL DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS DISCIPLINARIOS DEL EX CTAR UCAYALI Y LA COMISION ANTERIOR NO ACTUO OPORTUNAMENTE. Puesto que de la revision efectuada a los informes de Seguimiento de Medidas Correctivas emitidos por el Organo de Control Institucional del Gobierno Regional de Ucayali, referente a los anos 2001, 2002 y 2003, se ha identificado una recomendacion relacionada a MORDAZA Administrativo Disciplinario contenida en el Informe de Auditoria Nº 009-014-2000-GRCI-CTAR UCAYALI, que fue superada por Prescripcion, ya que conforme a los antecedentes, con fecha 26 de enero del 2001, mediante Oficio Nº 034-2001/CTAR Ucayali, el Gerente Regional de Control Interno del ex CTAR Ucayali, remite el informe MORDAZA senalado al Titular del ex CTAR UCAYALI, Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, documento que fue recepcionado con fecha 30 de enero de 2001, a fin de que proceda a designar a los responsables de superar las observaciones e implantar las recomendaciones, el mismo que mediante Memorando de fecha 31 de enero de 2001, remite el informe de control a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la sede central a fin de que MORDAZA las acciones administrativas correspondientes a efectos de deslindar las responsabilidades a los servidores comprendidos en el informe MORDAZA citado; asimismo con fecha 17 de MORDAZA de 2001, el ex Gerente Regional de Control Interno solicita al MORDAZA Presidente de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios que cumpla con implantar las recomendaciones que se encontraban pendientes, al no encontrarse accionar alguno nuevamente con fecha 28 de noviembre de 2001, se solicita al Presidente de la Comision Especial cumpla con implantar las recomendaciones pendientes y en MORDAZA, y con fecha 11 de enero de 2002 el Presidente de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de esa fecha solicita al Presidente Ejecutivo del ex CTAR Ucayali, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la reconformacion de la Comision Especial de Procesos Administrativos, ya que los anteriores miembros habian cesado a sus cargos como funcionarios y por ende a la Comision, recien con fecha 7 de febrero de 2002, se reconformo la nueva Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del ex Ctar Ucayali, coligiendose de ello que dado el tiempo transcurrido, la recomendacion contenida en el Informe de Auditoria MORDAZA mencionado fue superada por Prescripcion, puesto que al tiempo para emitir el pronunciamiento respecto a la Apertura de Procesos Administrativo Disciplinario no existia Comision Especial de Procesos, advirtiendose que el Informe de Auditoria fue puesto a conocimiento del Titular de la Entidad el 30 de enero de 2001, y a la fecha que la nueva Comision Especial quiso aperturar MORDAZA administrativo disciplinario, es decir al 7 de febrero de 2002, la accion administrativa contra los funcionarios y/o servidores comprendidos en MORDAZA ya habia PRESCRITO. En la presente observacion se encuentra comprendido el ex Presidente Ejecutivo del EX CTAR Ucayali, Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por no haber emitido oportunamente la Resolucion respectiva designando a los miembros de la Comision Especial de Procesos Administrativos del ex CTAR Ucayali. Con respecto a la OBSERVACION Nº 03: EMISION DE RESOLUCIONES DE APERTURA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS DISCIPLINARIOS EN FORMA EXTEMPORANEA, HAN OCASIONADO QUE RECOMENDACIONES DE INFORMES DE AUDITORIA, MORDAZA SUPERADAS POR "PRESCRIPCION". Puesto que de la revision efectuada a los informes de Seguimiento de Medidas Correctivas emitidos por el organo de Control Institucional del Gobierno Regional de Ucayali, y expedientes de los actuados de cada Informe de Auditoria por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del ex CTAR UCAYALI durante los anos 2001, 2002 y 2003, se han identificado recomendaciones relacionadas a Procesos Administrativos Disciplinarios contenidas en Informes de Auditoria que fueron superadas por Prescripcion; como son: Informe Nº 002-0032000-GRCI/CTAR UCAYALI, mediante Oficio Nº 229-2000/ CTAR UCAYALI, de fecha 23 de junio de 2000, el ex Gerente Regional de Control Interno remite dicho informe al titular del ex CTAR UCAYALI, de ese entonces, el mismo que fue

recepcionado con fecha 27 de junio de 2000, a fin de que proceda de acuerdo a sus atribuciones, a fin de superar las observaciones indicadas en MORDAZA, habiendose remitido dicho informe a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del ex CTAR UCAYALI, disponiendo se cumpla con las recomendaciones del referido informe, y al evidenciarse que no existe accionar alguno al respecto, el organo de Control Interno de la entidad, solicita la implantacion de las recomendaciones, reiterando dicho pedido con fecha 8 de junio de 2001, advirtiendo que el informe en mencion esta por Prescribir, ante tal situacion recien con fecha 8 de junio de 2001, dicha comision se pronuncia sobre la apertura de MORDAZA Administrativo Disciplinario, en base a ello con fecha 6 de MORDAZA de 2001, el Secretario Tecnico de ese entonces resuelve aperturar MORDAZA administrativo. Coligiendose que el Informe de auditoria fue hecho a conocimiento del titular de la entidad el 27 de junio de 2000 y la resolucion de apertura de MORDAZA es de 6 de MORDAZA de 2001, habiendo prescrito la accion administrativa, al haberse emitido la resolucion de manera extemporanea. En cuanto al Informe Nº 003-002-2000-GRCI/CTAR UCAYALI; con fecha 23 de junio de 2000 el organo de Control Interno de esta entidad, remite el referido informe al titular del ex CTAR Ucayali, a efectos de que proceda de acuerdo a sus atribuciones, el mismo que mediante memorando de fecha 7 de MORDAZA de 2000, fue remitido a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios a fin de que proceda de acuerdo a sus funciones; y el Organo de Control Institucional al no evidenciar accionar alguno reitera su pedido de dar tramite de dicho informe a la nueva Comision de procesos e informa que el mismo esta por prescribir, recien con fecha 8 de junio de 2001 la comision de procesos administrativos disciplinarios apertura MORDAZA a los servidores comprendidos con responsabilidad administrativa, en base a ello con fecha 9 de MORDAZA 2001 el Secretario Tecnico del ex CTAR UCAYALI, emite la resolucion aperturando MORDAZA Administrativo Disciplinario, coligiendose de ello que el MORDAZA administrativo habia prescrito. Y con respecto al Informe Nº 006-2001-2-4721; Con fecha 1 de octubre de 2001, el organo de control institucional del ex CTAR UCAYALI, remite el informe referido al titular de la entidad de ese entonces a fin de que proceda de acuerdo a sus atribuciones, sin embargo no se evidencio accionar alguno por parte del referido funcionario, ante tal situacion el organo de control interno solicita a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios implante las recomendaciones formuladas en el informe de auditoria, de igual forma hace de conocimiento de los informes que se encontraban en situacion de pendientes y en proceso; recien con fecha 4 de octubre de 2002, emite la resolucion de apertura de MORDAZA administrativo disciplinario contra los servidores comprendidos con responsabilidad administrativa en el informe de auditoria MORDAZA aludido, no evidenciandose accionar alguno sobre la conclusion del MORDAZA, y al haberse hecho de conocimiento al titular de la entidad el 1 de octubre de 2001, y que la emision de la resolucion en la que se apertura MORDAZA administrativo disciplinario es de fecha 4 de octubre de 2002, dicho MORDAZA administrativo habia prescrito, ya que la emision de la resolucion fue extemporanea. En la presente observacion se encuentran comprendidos los ex Funcionarios: MORDAZA MORDAZA MORDAZA - ex Presidente Ejecutivo del EX CTAR UCAYALI, y el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - ex Secretario Tecnico, ambos por haber emitido resoluciones de apertura de procesos administrativos disciplinarios en forma extemporanea. OBSERVACION Nº 04: RETRASO EN LAS DISPOSICIONES DEL TITULAR A LOS RESPONSABLES DE IMPLANTAR LAS RECOMENDACIONES DE INFORMES DE AUDITORIA E INCUMPLIMIENTO EN LA ELABORACION, APROBACION Y REMISION A LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DEL FORMATO Nº 4 - "ACCIONES ADOPTADAS POR EL TITULAR" . Con respecto a esta observacion, el Organo de Control Institucional, luego de efectuar la revision y evaluacion a la documentacion relacionada a la implementacion de medidas correctivas consignadas en los Informes de Auditoria, se ha evidenciado que con respecto a los Informes Nº 006-2001-2-4721 sobre "Auditoria a los Estados Financieros practicado al Consejo Transitorio de Administracion Regional de Ucayali" y en el Informe Nº 007-2001-2-4721, sobre "Utilizacion de Recursos en la Ejecucion de Proyectos y Convenios - Gerencia Regional de Promocion de Inversiones, Direccion Regional Sectorial de Agricultura de Ucayali y Hospital Regional de Pucallpa", que el Presidente Ejecutivo del ex CTAR UCAYALI, no cumplio con remitir el Formato Nº 4 y aprobar este mediante Resolucion Ejecutiva Regional, sobre los memorandos correspondientes a cada uno de los responsables

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