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PÆg. 279500 NORMAS LEGALES Lima, sábado 30 de octubre de 2004 del servidor y/o funcionario “Cumplir personal y diligente- mente los deberes que impone el servicio público” y “Lasdemás que le señalen las leyes o el reglamento”, conformese advierte del análisis del referido informe de control, al verse comprendidos en las observaciones siguientes: OB- SERVACIÓN Nº 01: sobre “RECOMENDACIÓN DE AUDI-TORÍA FUE SUPERADA POR “PRESCRIPCIÓN”; AL NOHABERSE DETERMINADO LAS SANCIONES DE CARÁC-TER DISCIPLINARIO; DEBIDO A QUE SE CONFORMÓEN FORMA EXTEMPORÁNEA LA COMISIÓN ESPECIAL DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS DISCIPLINARIOS DEL EX CTAR UCAYALI Y LA COMISIÓN ANTERIOR NOACTUÓ OPORTUNAMENTE. Puesto que de la revisiónefectuada a los informes de Seguimiento de Medidas Co-rrectivas emitidos por el Órgano de Control Institucional delGobierno Regional de Ucayali, referente a los años 2001, 2002 y 2003, se ha identificado una recomendación relacio- nada a Proceso Administrativo Disciplinario contenida en elInforme de Auditoría Nº 009-014-2000-GRCI-CTAR UCA-YALI, que fue superada por Prescripción, ya que conforme alos antecedentes, con fecha 26 de enero del 2001, medianteOficio Nº 034-2001/CTAR Ucayali, el Gerente Regional de Control Interno del ex CTAR Ucayali, remite el informe antes señalado al Titular del ex CTAR UCAYALI, Ing. FranciscoCavero Arista, documento que fue recepcionado con fecha30 de enero de 2001, a fin de que proceda a designar a losresponsables de superar las observaciones e implantar lasrecomendaciones, el mismo que mediante Memorando de fecha 31 de enero de 2001, remite el informe de control a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplina-rios de la sede central a fin de que tome las acciones admi-nistrativas correspondientes a efectos de deslindar las res-ponsabilidades a los servidores comprendidos en el informeantes citado; asimismo con fecha 17 de abril de 2001, el ex Gerente Regional de Control Interno solicita al nuevo Presi- dente de la Comisión Especial de Procesos AdministrativosDisciplinarios que cumpla con implantar las recomendacio-nes que se encontraban pendientes, al no encontrarse ac-cionar alguno nuevamente con fecha 28 de noviembre de2001, se solicita al Presidente de la Comisión Especial cum- pla con implantar las recomendaciones pendientes y en pro- ceso, y con fecha 11 de enero de 2002 el Presidente de laComisión Especial de Procesos Administrativos Disciplina-rios de esa fecha solicita al Presidente Ejecutivo del ex CTARUcayali, Feliciano Erasmo Paredes Torres, la reconforma-ción de la Comisión Especial de Procesos Administrativos, ya que los anteriores miembros habían cesado a sus car- gos como funcionarios y por ende a la Comisión, recién confecha 7 de febrero de 2002, se reconformó la nueva Comi-sión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios delex Ctar Ucayali, coligiéndose de ello que dado el tiempotranscurrido, la recomendación contenida en el Informe de Auditoria antes mencionado fue superada por Prescripción, puesto que al tiempo para emitir el pronunciamiento respec-to a la Apertura de Procesos Administrativo Disciplinario noexistía Comisión Especial de Procesos, advirtiéndose que elInforme de Auditoría fue puesto a conocimiento del Titular dela Entidad el 30 de enero de 2001, y a la fecha que la nueva Comisión Especial quiso aperturar proceso administrativo disciplinario, es decir al 7 de febrero de 2002, la acción admi-nistrativa contra los funcionarios y/o servidores comprendi-dos en ella ya había PRESCRITO. En la presente observa-ción se encuentra comprendido el ex Presidente Ejecutivodel EX CTAR Ucayali, Abog. Feliciano Erasmo Paredes To- rres, por no haber emitido oportunamente la Resolución res- pectiva designando a los miembros de la Comisión Especialde Procesos Administrativos del ex CTAR Ucayali. Con res-pecto a la OBSERVACIÓN Nº 03: EMISIÓN DE RESOLU-CIONES DE APERTURA DE PROCESOS ADMINISTRA-TIVOS DISCIPLINARIOS EN FORMA EXTEMPORÁNEA, HAN OCASIONADO QUE RECOMENDACIONES DE IN- FORMES DE AUDITORÍA, SEAN SUPERADAS POR“PRESCRIPCIÓN”. Puesto que de la revisión efectuada alos informes de Seguimiento de Medidas Correctivas emiti-dos por el órgano de Control Institucional del Gobierno Re-gional de Ucayali, y expedientes de los actuados de cada Informe de Auditoría por la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del ex CTAR UCAYALI duran-te los años 2001, 2002 y 2003, se han identificado recomen-daciones relacionadas a Procesos Administrativos Discipli-narios contenidas en Informes de Auditoría que fueron su-peradas por Prescripción; como son: Informe Nº 002-003- 2000-GRCI/CTAR UCAYALI, mediante Oficio Nº 229-2000/ CTAR UCAYALI, de fecha 23 de junio de 2000, el ex GerenteRegional de Control Interno remite dicho informe al titular delex CTAR UCAYALI, de ese entonces, el mismo que fuerecepcionado con fecha 27 de junio de 2000, a fin de que proceda de acuerdo a sus atribuciones, a fin de superar lasobservaciones indicadas en ella, habiéndose remitido dichoinforme a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del ex CTAR UCAYALI, disponiendo se cum- pla con las recomendaciones del referido informe, y al evi-denciarse que no existe accionar alguno al respecto, el ór-gano de Control Interno de la entidad, solicita la implantaciónde las recomendaciones, reiterando dicho pedido con fecha8 de junio de 2001, advirtiendo que el informe en mención está por Prescribir, ante tal situación recién con fecha 8 de junio de 2001, dicha comisión se pronuncia sobre la aperturade Proceso Administrativo Disciplinario, en base a ello confecha 6 de julio de 2001, el Secretario Técnico de ese enton-ces resuelve aperturar proceso administrativo. Coligiéndo-se que el Informe de auditoria fue hecho a conocimiento del titular de la entidad el 27 de junio de 2000 y la resolución de apertura de proceso es de 6 de julio de 2001, habiendoprescrito la acción administrativa, al haberse emitido la reso-lución de manera extemporánea. En cuanto al Informe Nº003-002-2000-GRCI/CTAR UCAYALI; con fecha 23 de juniode 2000 el órgano de Control Interno de esta entidad, remite el referido informe al titular del ex CTAR Ucayali, a efectos de que proceda de acuerdo a sus atribuciones, el mismo quemediante memorando de fecha 7 de julio de 2000, fue remi-tido a la Comisión Especial de Procesos AdministrativosDisciplinarios a fin de que proceda de acuerdo a sus funcio-nes; y el Órgano de Control Institucional al no evidenciar accionar alguno reitera su pedido de dar trámite de dicho informe a la nueva Comisión de procesos e informa que elmismo está por prescribir, recién con fecha 8 de junio de2001 la comisión de procesos administrativos disciplinariosapertura proceso a los servidores comprendidos con res-ponsabilidad administrativa, en base a ello con fecha 9 de julio 2001 el Secretario Técnico del ex CTAR UCAYALI, emite la resolución aperturando proceso Administrativo Disciplina-rio, coligiéndose de ello que el proceso administrativo habíaprescrito. Y con respecto al Informe Nº 006-2001-2-4721;Con fecha 1 de octubre de 2001, el órgano de control institu-cional del ex CTAR UCAYALI, remite el informe referido al titular de la entidad de ese entonces a fin de que proceda de acuerdo a sus atribuciones, sin embargo no se evidencióaccionar alguno por parte del referido funcionario, ante talsituación el órgano de control interno solicita a la ComisiónEspecial de Procesos Administrativos Disciplinarios implan-te las recomendaciones formuladas en el informe de audito- ría, de igual forma hace de conocimiento de los informes que se encontraban en situación de pendientes y en proceso;recién con fecha 4 de octubre de 2002, emite la resoluciónde apertura de proceso administrativo disciplinario contralos servidores comprendidos con responsabilidad adminis-trativa en el informe de auditoria antes aludido, no eviden- ciándose accionar alguno sobre la conclusión del proceso, y al haberse hecho de conocimiento al titular de la entidad el 1de octubre de 2001, y que la emisión de la resolución en laque se apertura proceso administrativo disciplinario es defecha 4 de octubre de 2002, dicho proceso administrativohabía prescrito, ya que la emisión de la resolución fue ex- temporánea. En la presente observación se encuentran comprendidos los ex Funcionarios: Lisardo Caballero Del-gado - ex Presidente Ejecutivo del EX CTAR UCAYALI, y elseñor Ángel Rogerio Lozada Ruíz - ex Secretario Técnico,ambos por haber emitido resoluciones de apertura de pro-cesos administrativos disciplinarios en forma extemporá- nea. OBSERVACIÓN Nº 04: RETRASO EN LAS DISPOSI- CIONES DEL TITULAR A LOS RESPONSABLES DE IM-PLANTAR LAS RECOMENDACIONES DE INFORMES DEAUDITORÍA E INCUMPLIMIENTO EN LA ELABORACIÓN,APROBACIÓN Y REMISION A LA CONTRALORÍA GENE-RAL DE LA REPÚBLICA DEL FORMATO Nº 4 - “ACCIO- NES ADOPTADAS POR EL TITULAR” . Con respecto a esta observación, el Órgano de Control Institucional, luegode efectuar la revisión y evaluación a la documentación re-lacionada a la implementación de medidas correctivas con-signadas en los Informes de Auditoría, se ha evidenciadoque con respecto a los Informes Nº 006-2001-2-4721 sobre “Auditoría a los Estados Financieros practicado al Consejo Transitorio de Administración Regional de Ucayali” y en elInforme Nº 007-2001-2-4721, sobre “Utilización de Recur-sos en la Ejecución de Proyectos y Convenios - GerenciaRegional de Promoción de Inversiones, Dirección RegionalSectorial de Agricultura de Ucayali y Hospital Regional de Pucallpa”, que el Presidente Ejecutivo del ex CTAR UCAYA- LI, no cumplió con remitir el Formato Nº 4 y aprobar éstemediante Resolución Ejecutiva Regional, sobre los memo-randos correspondientes a cada uno de los responsables