Norma Legal Oficial del día 30 de octubre del año 2004 (30/10/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 91

MORDAZA, sabado 30 de octubre de 2004

NORMAS LEGALES

Pag. 279493

Modifican directorio de principales contribuyentes de las oficinas zonales de San MORDAZA, MORDAZA y Juliaca
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 255-2004/SUNAT MORDAZA, 29 de octubre de 2004 CONSIDERANDO: Que el ar ticulo 88º del Texto Unico Ordenado (TUO) del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF y normas modificatorias senala, que la declaracion tributaria es la manifestacion de hechos comunicados a la Administracion Tributaria en la forma y lugar establecidos por Ley, Reglamento, Resolucion de Superintendencia o MORDAZA de rango similar; Que, por su parte, el articulo 29º del Codigo MORDAZA citado establece que el pago se efectuara en la forma que senala la Ley, o en su defecto, el Reglamento, y a falta de estos, la Resolucion de la Administracion Tributaria, especificando asimismo que al lugar de pago fijado por la SUNAT para los deudores tributarios notificados como Principales Contribuyentes no le sera oponible el domicilio fiscal; Que, asimismo, de acuerdo con el articulo 1º de la Resolucion de Superintendencia Nº 100-97/SUNAT y normas modificatorias, los deudores tributarios notificados como Principales Contribuyentes efectuaran la declaracion y el pago de la deuda tributaria en las oficinas bancarias ubicadas en las Unidades de Principales Contribuyentes de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales, de las Intendencias Regionales u Oficinas Zonales de la SUNAT, en efectivo o mediante cheque; Que segun el mismo articulo, los deudores tributarios considerados Medianos y Pequenos Contribuyentes, efectuaran la declaracion y el pago de la deuda tributaria en las instituciones bancarias autorizadas, en efectivo o mediante cheque; Que, posteriormente, mediante la Resolucion de Superintendencia Nº 062-2003/SUNAT, se aprobaron las normas para que los Medianos y Pequenos Contribuyentes puedan realizar la declaracion y el pago de los tributos internos a traves de SUNAT Virtual; Que, de otro lado, de acuerdo a la Resolucion de Superintendencia Nº 192-2003/SUNAT y modificatoria, los Medianos y Pequenos Contribuyentes deben presentar sus Declaraciones originales, rectificatorias o sustitutorias generadas por los Programas de Declaracion Telematica (PDT) cuyo importe total a pagar sea igual a cero (0) a traves de SUNAT Virtual; Que resulta de interes fiscal modificar los directorios de Principales Contribuyentes de las Oficinas Zonales de San MORDAZA, MORDAZA y Juliaca; En uso de las facultades conferidas por los articulos 29º y 88º del TUO del Codigo Tributario, los articulos 5º y 11º del Decreto Legislativo Nº 501 y el inciso

q) del articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Incorporase a los directorios de Principales Contribuyentes de las dependencias que se senalan en la siguiente tabla, a los contribuyentes indicados en los anexos Nums. 1 a 5 de la presente resolucion, los mismos que deberan cumplir con sus obligaciones formales y sustanciales, iniciar procedimientos contenciosos y no contenciosos, asi como realizar todo MORDAZA de tramites referidos a tributos internos administrados y/o recaudados por la SUNAT, unicamente en el lugar senalado expresamente para cada dependencia en la citada tabla:
DEPENDENCIA OFICINA ZONAL SAN MORDAZA OFICINA ZONAL MORDAZA ANEXO Nº 1 2 3 LUGAR DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FORMALES Y SUSTANCIALES MORDAZA San MORDAZA de la MORDAZA Nº 160, distrito de Tarapoto, provincia y departamento de San Martin. MORDAZA 28 de MORDAZA Nº 990; distrito, provincia y departamento de Huanuco. Esquina 28 de MORDAZA s/n Edificio Estatal Nº 1, distrito de San MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de Pasco. MORDAZA 7 de junio Nº 575, distrito de Juliaca, provincia de San MORDAZA, departamento de Puno. MORDAZA MORDAZA Nº 126; distrito, provincia y departamento de Puno.

OFICINA ZONAL JULIACA

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Articulo 2º.- Excluyase del Directorio de Principales Contribuyentes de las Oficinas Zonales de San MORDAZA, MORDAZA y Juliaca a los contribuyentes que se detallan en el Anexo Nº 6, los cuales a partir de la entrada en vigencia de la misma, deberan presentar las declaraciones determinativas y efectuar sus pagos en efectivo o mediante cheque, en la Red Bancaria autorizada por la SUNAT o a traves de SUNAT Virtual, de corresponder. La MORDAZA de las declaraciones informativas, pago mediante documentos valorados, interposicion de procedimientos contenciosos y no contenciosos, asi como la realizacion de todo MORDAZA de tramites referidos a tributos internos administrados y/o recaudados por la SUNAT, deberan efectuarse en la dependencia de la SUNAT de su jurisdiccion o en los Centros de Servicios al Contribuyente habilitados por la SUNAT en la misma. Articulo 3º.- La SUNAT notificara el contenido de la presente resolucion a los contribuyentes senalados en los anexos. Articulo 4º.- La presente resolucion entrara en vigencia a partir del 1 de noviembre del 2004. Registrese, comuniquese y publiquese. NAHIL MORDAZA HIRSH MORDAZA Superintendente Nacional

ANEXO 1 RUC 10010850644 10010893840 10011144603 RUC 10218780879 20104103635 20321198750 RUC 20489117224 20531277466 20531280254 RUC 20531321970 20531348312 20531366132 RUC 20531369409 20531369743 20531401493

1 2 3

4 5 6

7 8 9

10 11 12

13 14 15

ANEXO 2 RUC 10224610152 20182362141 20321379975 20362812781 RUC 20404762614 20404911393 20404984439 20446950577 RUC 20447278031 20447322979 20447328586 20447338387 RUC 20447348854 20447350751 20447355982 20447373450 RUC 20447390389 20489250731 20489261937

1 2 3 4

5 6 7 8

9 10 11 12

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