NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (14/09/2004)
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TEXTO PAGINA: 28
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G36/G33/G37/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 14 de setiembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de la Fiscalía de la Na- ción Nº 1240-2004-MP-FN de fecha 9 de setiembre del 2004 se autorizó el viaje y la asignación de viáticoscorrespondientes, a favor del doctor Oscar A. Zevallos Palomino, Fiscal Provincial Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios, del 13 al 16 de setiembredel presente año, a la ciudad de Guayaquil - Ecuador, a fin de participar en la diligencia de manifestación indaga- toria del ciudadano Alberto Farfán Castro, en el marcode la Ley Nº 27378, Ley de Colaboración Eficaz; Que, resulta necesario encargar el Despacho de la Segunda Fiscalía Especializada en Delitos de Corrup-ción de Funcionarios, mientras dure la ausencia del Fis- cal Titular; En uso de las atribuciones establecidas en el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Mi- nisterio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ENCARGAR el Despacho de la Segunda Fiscalía Especializada en Delitos de Corrup- ción de Funcionarios, al doctor Demetrio Díaz Huamán, Fiscal Adjunto Provincial Titular de la Segunda FiscalíaProvincial Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, mientras dure la ausencia del Fiscal Titu- lar. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Re- solución a la Gerencia de Registro de Fiscales, a la Fis- calía Superior Coordinadora de las Fiscalías Espe-cializadas, y a los Fiscales Titular y Adjunto de la Se- gunda Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, para su conocimiento y fi-nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 16562 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 INPE /G49/G6E/G69/G63/G69/G61/G6E/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G69/G73/G63/G69/G70/G6C/G69/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G61 /G73/G65/G72/G76/G69/G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G50/G65/G6E/G69/G2D/G74/G65/G6E/G63/G69/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G73/G61/G64/G6F/G73/G20/G50/G72/G69/G6D/G61/G72/G69/G6F/G73/G20 /G64/G65/G4C/G69/G6D/G61/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G73/G61/G64/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G50/G75/G65/G72/G74/G6F/G20/G4D/G61/G6C/G64/G6F/G2D /G6E/G61/G64/G6F RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 568-2004-INPE/P Lima, 5 de agosto de 2004 VISTO, el Informe Nº 087-2004-INPE-CPPAD de fe- cha 22 de julio de 2004 de la Comisión Permanente deProcesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Na- cional Penitenciario; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 1840-2004-INPE/10-02 de fecha 19 de julio de 2004, el Director de la Oficina de Recursos Humanos del Instituto Nacional Penitenciario comunica el abandono laboral en que ha incurrido elservidor Marco Antonio LINARES SANDOVAL del Establecimiento Penitenciario Procesados Primarios de Lima de la Dirección Regional Lima, al haber registradoinasistencias injustificadas por más de (3) días consecu- tivos;Que, del estudio y análisis de los Informes Nº s 049- 2004-INPE/OGA-ORH-URyD y 091-2004-INPE/OGA-ORH-URyD de fechas 19 de abril y 14 de julio de 2004 respectivamente y demás documentos que obran en el expediente, se advierte que el servidor Marco AntonioLINARES SANDOVAL ha incurrido en ausencias injusti- ficadas consecutivas, desde el 2 de marzo al 19 de julio de 2004 día del Oficio Nº 1840-2004-INPE/10-02, hacien-do un total de 46 servicios de seguridad, no habiéndose reincorporado a su centro de labores desde el 2 de mar- zo de 2004, fecha en que culminó la Licencia sin Gocede Haber que se le otorgó mediante Resolución Directo- ral Nº 317-2003-INPE-17, habiendo transgredido el nu- meral 10) del artículo 125º del Reglamento de Seguri-dad de los Establecimientos Penitenciarios del Instituto Nacional Penitenciario aprobado por Resolución de la Presidencia Nº 761-2003-INPE/P de fecha 25 de noviem-bre de 2003, así como los artículos 10º y 39º inciso b) del Reglamento de Control de Asistencia, Puntualidad y Permanencia para los Trabajadores del Instituto Nacio-nal Penitenciario, aprobado por Resolución de la Presi- dencia de la Comisión Reorganizadora Nº 503-98-INPE- CR-P el 16 de noviembre de 1998; Que, el servidor Marco Antonio LINARES SANDO- VAL, con sus inasistencias injustificadas ha incumplido sus obligaciones establecidas en los incisos a) y c) delartículo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Ba- ses de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y por lo tanto ha incurrido en faltas decarácter disciplinarias previstas en los incisos a) y k) del artículo 28º de la acotada norma legal; Estando a lo informado por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y contando con las visaciones de los miembros del Consejo Nacio- nal Penitenciario y de las Oficinas Generales de Aseso-ría Jurídica y Administración; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la CarreraAdministrativa y de Remuneraciones del Sector Público, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, ResoluciónMinisterial Nº 040-2001-JUS, Reglamento de Organiza- ción y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario, y en uso de las facultades conferidas por Resolución Su-prema Nº 037-2004-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- INSTAURAR proceso administrativo dis- ciplinario al servidor Marco Antonio LINARES SANDO-VAL del Establecimiento Penitenciario Procesados Pri- marios de Lima de la Dirección Regional Lima, Especia- lista en Tratamiento de Inconductas Sociales, Nivel SPF,por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- NOTIFÍQUESE la presente Resolución a través de la Oficina de Recursos Humanos del Institu- to Nacional Penitenciario, a efecto de que el servidor pre- sente su descargo ante la Comisión Permanente de Pro-cesos Administrativos Disciplinarios, en el término de 5 días. Regístrese y comuníquese. WILFREDO PEDRAZA SIERRA Presidente 16560 RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 602-2004-INPE/P Lima, 13 de agosto de 2004 VISTO, el Informe Nº 097-2004-INPE-CPPAD de fe- cha 2 de agosto de 2004 de la Comisión Permanente deProcesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Na- cional Penitenciario;