Norma Legal Oficial del día 14 de septiembre del año 2004 (14/09/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, martes 14 de setiembre de 2004

NORMAS LEGALES

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glamentos Tecnicos del INDECOPI, en la IV Ronda de Negociaciones para el TLCI; Que, por tanto, es necesario autorizar el viaje de dichos funcionarios a la MORDAZA de San MORDAZA, Estado Libre Asociado de Puer to Rico, para que, en representacion del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, participen en dichas Negociaciones; los gastos por concepto de pasajes y viaticos que genere el viaje de dichos funcionarios seran cubiertos con recursos del Presupuesto del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; De conformidad con la Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, Ley Nº 27619 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Ley Nº 27790 y Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje a la MORDAZA de San MORDAZA, Estado Libre Asociado de Puerto Rico, de los siguientes funcionarios del INDECOPI, para que en representacion del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, participen en la IV Ronda de Negociaciones para la suscripcion del Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos de Norteamerica, a realizarse en dicha ciudad: - Del 11 al 17 de setiembre de 2004 Sres. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Munoz-Najar y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Villacorta. - Del 11 al 18 de setiembre de 2004 Sr. MORDAZA MORDAZA Mello Romero. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema, estaran a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Sres. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Munoz-Najar y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Villacorta. Pasajes US$ 631,00 c/u x 2 = US$ 1 262,00 Viaticos US$ 1 440,0 c/u x 2 = US$ 2 880,00 Tarifa CORPAC US$ 28,24 c/u x 2 = US$ 56,48 Sr. MORDAZA MORDAZA Mello Romero. Pasajes US$ 733,00 Viaticos US$1 680,00 Tarifa CORPAC US$ 28,24 Articulo 3º.- Dentro de los quince dias calendario siguientes a la realizacion del viaje, los funcionarios autorizados mediante el Articulo 1º, presentaran al Titular del Sector Comercio Exterior y Turismo y del INDECOPI, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos en la reunion a la que asistiran y las correspondientes rendiciones de cuentas de acuerdo a Ley. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 16612

Delegan a la Camara de Comercio e Industria de Ilo la facultad de expedir Certificados de Origen a empresas exportadoras domiciliadas en la Region MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 304-2004-MINCETUR/DM

MORDAZA, 10 de setiembre de 2004 Vista la Carta s/n, de la Camara de Comercio e Industria de Ilo, solicitando se le delegue la facultad de expedir Certificados de Origen a las empresas exportadoras; CONSIDERANDO: Que, la Camara de Comercio e Industria de Ilo, es una entidad gremial inscrita en Ficha Registral Nº 356 del Registro de Personas Juridicas de Ilo, que tiene por objeto, entre otros, contribuir al desarrollo socioeconomico de la provincia de Ilo, de la Region MORDAZA y del pais; Que, conforme al inciso 5) del articulo 5º de la Ley Nº 27790 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, e inciso m) del articulo 39º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, a traves de la Direccion Nacional de Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales del Viceministerio de Comercio Exterior, es el organo competente para expedir los Certificados de Origen en el MORDAZA de los acuerdos suscritos por el Peru y/o esquemas preferenciales otorgados; Que, el MINCETUR tiene la facultad de delegar dicha funcion en personas juridicas del sector privado cuando existan circunstancias de indole tecnica, economica, social o territorial que lo hacen conveniente, en forma temporal, conforme se desprende del Articulo 67º en concordancia con el inciso 8) del Articulo I del Titulo Preliminar y Articulo 70º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, el Informe Nº 16-2004-MINCETUR/VMCE/DNINCI/DAB-SACO, de fechas 19 de MORDAZA de 2004, concluye que la Camara de Comercio e Industria de Ilo, cumple con los requisitos establecidos para la emision de Certificados de Origen, por delegacion; Que, por razones de orden tecnico y territorial, es conveniente otorgar a la Camara de Comercio y Produccion de Ilo la delegacion solicitada; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27790 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR y Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Delegar a la Camara de Comercio e Industria de Ilo, la facultad de expedir Certificados de Origen a las empresas exportadoras domiciliadas en la Region MORDAZA, por el periodo de tres (3) anos. Esta delegacion se ejercera de acuerdo a los terminos del Convenio que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial, y que debera suscribirse entre el MINCETUR y la Camara de Comercio e Industria de Ilo. Articulo 2º.- Autorizar al Viceministro de Comercio Exterior a suscribir, en representacion del MINCETUR, el convenio referido en el Articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 16581

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